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El Retorno Voluntario país origen. Requisitos. Pago único. Desistir del retorno.

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El Retorno Voluntario país origen. Requisitos. Pago único. Desistir del retorno.

Retorno voluntario 2018
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¿Qué es el retorno voluntario?. Tipos de ayudas para el retorno.

 El retorno voluntario tiene varias modalidades, la más conocida es el APRE, el pago anticipado y acumulado del paro a trabajadores extranjeros, que sigue estando en vigor durante el año 2018.

Durante los últimos años se han podido beneficiar de este pago único de la prestación más de 28.000 trabajadores. Ecuador, Colombia y Perú son los países a los que más han retornado los trabajadores extranjeros.

Tres modalidades de retorno voluntario:

1)- APRE (Abono anticipado de la prestación contributiva por desempleo).

2)- Retorno voluntario productivo.

3)- Retorno humanitario.

Analizaremos cada una de las modalidades:

1) APRE. Abono anticipado de la prestación contributiva por desempleo del SEPE:

 El APRE es el Retorno Voluntario que gestiona el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).

Cuando un trabajador extranjero (perteneciente a los países con los que hay convenio) se queda sin trabajo y tiene derecho a cobrar el paro, se le ofrece la posibilidad de cobrar toda la prestación por desempleo acumulada, sin tener que esperar a cobrarla mes a mes. Se hace un pago único con el compromiso de regresar a su país de origen y no retornar a España en el plazo de tres años.

Como vemos, el APRE es una ayuda para el retorno voluntario que únicamente pueden utilizar los extranjeros que tienen derecho a cobrar paro en España.  Para los que no tienen esta oportunidad, las opciones pueden ser el retorno voluntario productivo o el llamado “retorno humanitario”, que se explican más adelante.

Requisitos para cobrar el retorno voluntario del SEPE (APRE):

1. Ser nacional de un país que tenga Convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social:  Andorra, Argentina, Australia, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Federación Rusa, Filipinas, Japón, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Túnez, Ucrania, Uruguay, Venezuela, El Salvador, República de Corea y República de Cabo Verde.

Quedan excluidos, es decir, no pueden solicitar este retorno los nacionales de los países de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, Suiza, los apátridas y quienes tengan doble nacionalidad cuando una de ellas sea la de un país que tenga convenio bilateral con España en materia de Seguridad Social y la otra sea la española o la de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza. Los ciudadanos europeos tienen otras opciones para regresar a su país y cobrar el paro generado en España: la exportación del paro y la posibilidad de que en su país de origen se reconozcan las cotizaciones por desempleo en España para poder pedir allí prestaciones por desempleo.

2.    Tener residencia legal en España.

3.    Estar en desempleo e inscrito como demandante de empleo.

4.    Tener reconocido el derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo, es decir, tener concedido el paro y no estar compatibilizándolo con un trabajo a tiempo parcial.   Aunque son dos trámites distintos, primero pedir el paro y luego pedir el pago acumulado por retorno voluntario, se pueden hacer los dos al mismo tiempo si no se hubiera pedido el paro antes. También es posible pedir el retorno voluntario aunque ya se hubiera empezado a cobrar el paro (prestación contributiva).

5.    Asumir el compromiso de retornar al país de origen en el plazo máximo de 30 días naturales contando a partir de la fecha del primer pago en España y el de no retornar a España en el plazo de tres años.

6.    No estar incurso en los supuestos de prohibición de salida del territorio nacional previstos en la legislación de extranjería

Documentación necesaria para solicitar el APRE:

-El documento de solicitud, que está disponible en las oficinas de empleo o se puede descargar por internet (pulse aquí). Debe rellenarse antes de la presentación, poniendo especial cuidado en señalar la cuenta bancaria o domicilio del país de origen al que se enviará el cheque.

-Tarjeta de identidad de extranjero (original y fotocopia con el NIE).

-Certificados las empresas en las que hubiera trabajado en los últimos 6 meses. El certificado de empresa normalmente lo envían las empresas a través del sistema informático al SEPE y si no, lo entregan en mano.

La documentación y la solicitud se entregan en la oficina de empleo que corresponde al domicilio de residencia.

También cabe la opción de tramitarlo por Internet, desde la sede electrónica del SEPE.

¿Cómo se  hace el pago del retorno voluntario?:

En el retorno voluntario del SEPE, se paga el importe del paro que se ha reconocido al trabajador por sus cotizaciones, es decir, todo lo que corresponde a los días de derecho aprobados. Si ya se había empezado a cobrar el paro, se paga la cantidad que quedase pendiente de cobrar.

El pago se efectuará en dos plazos:

A) El 40% del importe en España, una vez reconocido el derecho.

Es posible saber cuándo se ha aprobado la ayuda consultando el estado de la solicitud a través de internet. Cuando le aprueben la ayuda, se lo comunicarán  mediante una carta enviada al domicilio que usted haya comunicado al SEPE. Conserve bien ese documento, ya que lo necesitará en su país para cobrar el segundo plazo.

Cuando se ha recibido este primer pago en España (que lleva descuento del IRPF) comienza el plazo de 30 días para abandonar el país. Es posible consultar en las distintas asociaciones colaboradoras  la posibilidad de pedir ayudas para costear los billetes de avión.

Importante: Una vez que se ha hecho el primer pago no se admitirá la renuncia al Retorno Voluntario. 

Si el solicitante tiene deudas con la administración del Estado (Hacienda, Seguridad Social etc) se descontarán del importe a recibir.

B) El 60% del importe restante en el país de origen al cabo de 30 días naturales desde la fecha del primer pago abonado en España y en el plazo máximo de 90 días desde aquel.

Para este segundo pago, el trabajador deberá comparecer personalmente en la representación diplomática o consular española de su país para acreditar su retorno, entregando en ese momento su tarjeta de identificación (NIE, tarjeta de residencia etc) y presentando el resguardo de la aprobación de su solicitud.

El Ministerio de Asuntos Exteriores comunicará esta comparecencia al Servicio Público de Empleo (SEPE -INEM), que dará la orden de pago mediante cheque o transferencia bancaria.

Además del pago acumulado del paro ¿hay otras ayudas para el viaje de retorno?:

Son escasas y limitadas pero hay algunas ayudas para el pago del billete internacional desde España, para los gastos de desplazamiento del domicilio a la ciudad de salida y una ayuda de viaje de 50 € a cada miembro de la unidad familiar.  Una vez que el SEPE ha aprobado el pago acumulado y anticipado, en el teléfono 902 88 21 20 dan más información sobre estas ayudas, que no las paga directamente el SEPE, sino que dependen de que haya recursos y disponibilidad presupuestaria.

Consecuencias una vez que se ha recibido el pago anticipado APRE:

La prestación por desempleo se considerará extinguida.

No se podrán obtener los subsidios por agotamiento de dicha prestación.

No se podrá acceder a las prestaciones y subsidios por desempleo en un período de, al menos, tres años que empezará a contarse transcurridos treinta días naturales a partir de la fecha del primer pago de la prestación.

Una vez que se ha reconocido el derecho al abono, la autorización de residencia, quedará extinguida, transcurridos 30 días naturales contados a partir de la fecha de realización del primer pago en España, sin necesidad de otro procedimiento administrativo.

Si el beneficiario del abono acumulado y de forma anticipada tiene familiares reagrupados con él, sin una autorización de residencia independiente, estos también perderán sus autorizaciones de residencia, en los términos previstos en la normativa en materia de extranjería.

No podrán concederse autorizaciones de residencia o de residencia y trabajo a quienes hubieran sido beneficiarios de esta ayuda mientras no haya transcurrido un período de tres años.

En la actualidad, estamos viendo muchos casos de desistimiento en el país de origen del retorno voluntario. Al inicio del retorno el extranjero tiene que entregar el NIE en el Consulado español pertinente, por diferentes motivos, el mismo, en un corto plazo decide regresar a España, lo que supondrá múltiples consecuencias negativas, ya que se ha firmado un “Compromiso de No Retorno a España en el término de TRES años”, por tanto, es importante que sepan lo que puede suceder en caso de que en plena fase del retorno quieran regresar a España.

2) Programa de retorno voluntario productivo:

 Este programa de retorno voluntario está dirigido a inmigrantes extracomunitarios no sujetos a la obligación de retornar, que deseen emprender un proyecto empresarial en su país. Es un programa para aquellos extranjeros que no tienen derecho al paro y por lo tanto, que no pueden cobrar el pago único y que sin embargo tienen un plan de empresa sólido para el que solicitan ayuda. Se entregan hasta 1.500 euros a fondo perdido y se dan algunas ayudas de viaje.

3) Programa de retorno voluntario asistido o retorno humanitario: 

Destinado a personas inmigrantes que se encuentran en condiciones de especial necesidad y en riesgo de exclusión social.

Tiene el objetivo de cubrir económicamente el viaje de regreso al país de procedencia de aquellas personas inmigrantes extracomunitarios que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad social y no cuenten con los recursos económicos suficientes para regresar a su país.

Para ello, deberán reunir determinados requisitos, junto con la acreditación de que efectivamente se encuentran en riesgo de exclusión social.

El retorno humanitario se gestiona, al principio, por organizaciones no gubernamentales e internacionales especializadas en la atención a personas inmigrantes, las cuales facilitarán ayuda para el viaje de vuelta y determinados gastos durante el trayecto.

Desistir del Retorno Voluntario una vez concedido:

1. La prestación por desempleo se considerará extinguida (el extranjero así tenga el NIE en vigor, como está incumpliendo la Ley al regresar antes de tiempo, no podrá regularizar su situación administrativa, ni recuperar estando en España su NIE).

2. No se podrán obtener los subsidios por agotamiento de dicha prestación.

3. No se podrá acceder a las prestaciones y subsidios por desempleo en un periodo de, al menos tres años que comenzará a contarse transcurridos 30 días naturales a partir de la fecha del primer pago de la prestación.

4. Una vez que ya se ha reconocido al trabajador este programa, el retorno voluntario, la autorización de residencia de la que fuera titular quedará extinguida, transcurridos 30 días naturales contados a partir de la fecha de realización del primer pago en España, sin necesidad de otro procedimiento administrativo.

Es decir, que si nos conceden el retorno voluntario nuestra tarjeta ya no tendrá valor aunque no abandonemos el territorio nacional, lo que supone que estaremos en una situación administrativa irregular.

También hay que tener en cuenta las posibles sanciones que los organismos de la Seguridad Social pueden imponernos al no cumplir la salida del territorio nacional, se estaría incurriendo en una infracción grave de la ley de extranjería al estar en territorio nacional sin la correspondiente autorización de residencia y/o trabajo.

La consecuencia más directa de encontrarse irregular es la posible imposición del procedimiento administrativo sancionador, es decir, una multa o en casos más graves, una orden de expulsión, que en la actualidad se están ejecutando en 72 horas.

Por tanto, es importante que el extranjero que decida regresar por medio del Programa de Retorno Voluntario, esté muy seguro de lo que va a firmar y que no podrá regresar a España en tres años.

Le sugiero que investigue un poco cómo está la situación en su país en cuanto a sus perspectivas familiares, laborales, sociales, etc, ya que una vez firmado el compromiso ante el SEPE, no podrá regresar antes de los tres años y si lo hace, lo hará estando en una situación de irregularidad, así se case con español, o sea pareja o tenga un hijo de nacionalidad española, no le admitirán recuperar su NIE.

Además, deben tener en cuenta que si el retornado está en trámite de nacionalidad antes de su partida, no podrá continuar con el mismo, aparte de que en la actualidad  están exigiendo que renuncie al trámite antes de efectuar el retorno. Por otro lado, si le conceden la nacionalidad estando fuera de España, no podrá adquirirla, porque lo más seguro es que se le habrá vencido su NIE y al decidir retornar, está renunciando a residir de manera estable y permanente en España.

Preguntas frecuentes sobre el retorno voluntario:

 Si me marcho con las ayudas del retorno voluntario ¿puedo regresar a España en el futuro?

Únicamente se podrá regresar a España una vez transcurrido el periodo de compromiso de no retorno de 3 años y previa solicitud de nuevo de las autorizaciones de trabajo y de residencia en España.

En ningún caso se podrá volver a España antes de los tres años  para residir y/o realizar una actividad lucrativa o profesional.

Transcurrido el período de tres años desde la salida de España, tendrás un derecho preferente para incorporarte al contingente de personas trabajadoras extranjeras no comunitarias, siempre que acredites los requisitos exigidos en la normativa vigente en materia de extranjería e inmigración.

¿Qué sucede si el solicitante del retorno voluntario tiene un familiar español o comunitario?

Se han recibido en el SEPE algunas comunicaciones de sus lectores comentando que les denegaron el retorno voluntario por tener familiares españoles o comunitarios. Por ejemplo, un ciudadano ecuatoriano al que deniegan el retorno voluntario por estar casado con una ciudadana de nacionalidad española. Este es el texto de una de las resoluciones denegatorias  del SEPE:

Hechos: Es Ud. familiar de un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado que forma parte del Espacio Económico Europeo y tiene tarjeta de residente comunitario.

Fundamentos: Al ser familiar de un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado que forma parte del Espacio Económico Europeo está incluido, cualquiera que sea su nacionalidad, dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre Entrada, Libre Circulación y Residencia en España de Ciudadanos de Estados Miembros de la UE, y tiene derecho, previo el cumplimiento de las formalidades previstas por dicha norma, a residir libremente en territorio español, por lo que no precisa para ello ser titular de alguna de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo o de residencia permanente a las que se refiere el Real Decreto 1800/2008, de 3 de noviembre , que desarrolla el Real Decreto-Ley 4/2008, de 19 de septiembre , sobre abono acumulado y de forma anticipada de la prestación contributiva por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que retornen voluntariamente a sus países de origen y, por tanto no le pueden ser exigibles los compromisos y condiciones que figuran en esas normas.

Sin embargo, aunque se tenga un familiar comunitario, recomendamos presentar siempre la solicitud.

¿Pierdo mis derechos de residencia si me acojo al Retorno Voluntario?

Si eras residente temporal en España y decides volver legalmente al cabo de los tres años verás continuada tu situación de residencia a efectos de completar el período que te faltase para obtener, en su caso, la residencia permanente. El período de ausencia fuera de España no se computará para la obtención del permiso de residencia permanente.

Si tenías residencia permanente en España y regresas tras finalizar el plazo de 3 años, podrás recuperar tu condición de residente permanente a través de un procedimiento simplificado.

RECOMENDACIONES:

Nuestro despacho de abogados especialista en extranjería, laboral, penal y civil le ayudará en toda la orientación, solicitud y gestiones propias del retorno voluntario.

Llámanos al teléfono cita del despacho 915482289.

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AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO EN ESPAÑA.

118 Comentarios

  • Jose Antonio Bustamante Solis
    Responder 14 marzo, 2018 at 2:59 am

    Mi consulta es la siguiente, retorne a mi país (Bolivia) en agosto del 2015, salí de España dentro del plazo permitido, el problema fue al entregar la tarjeta al consulado, sin mucha historia, me demore como 15 días, si me la recibieron pero me dijeron el 60% restante de mis aportaciones no me las darian, expuse mi caso y se lo plantee a un funcionario, pero al ver mi caso ya no me respondió mas a los e-mails de contacto por el cual yo me comunicaba con el. Queria saber si ese dinero ya no lo puedo recuperar, e intentado por todos medios comunicarme con el consulado o con otros funcionarios del consulado pero nadie me responde. Por favor le pido su orientación. gracias de antemano.

  • Miriam tituaña
    Responder 23 marzo, 2018 at 1:07 pm

    Buen día mi nombre es miriam Tituaña nosotros retornamos a ecuador en el año 2013x retorno voluntario han pasdo cinco años y queremos regresar a España podríamos a cojernos ala recuperación d la targeta.yo tenia la segunda targeta mi esposo la permanente y mi hija es nacida en España q debemos hacer doctorita .le ruego me pueda responder x mesenller gracias doctorita buena tarde

    • Angel
      Responder 23 mayo, 2019 at 10:03 am

      Bueno días yo me acojo al retorno en el año 2011 y regrese en el 2014 puedo acogerme nueva mente al retorno ya que e trabajado cuatro años y estoy sin trabajo ahora gracias espero su respuesta

  • Andres silva
    Responder 1 agosto, 2018 at 1:07 am

    Realice el retorno voluntario con tarjeta temporal de residencia y trabajo segunda renovacion, regrese a España nuevamente despues del compromiso de 3 años..ahora tengo una tarjeta de residencia no lucrativa inicial por un año..es posible para renovar la tarjeta acceder a la tarjeta de larga duracion en el supuesto de los 5 años teniendo en cuenta segun entiendo se computa el tiempo anterior de residencia al retorno…si me podrian informar..

  • Daniel Iturrizaga
    Responder 12 septiembre, 2018 at 10:44 pm

    Hola Judith, una consulta yo regrese a Perú por el retorno voluntario APRE. actualmente ya tengo 5 años desde que regrese a Perú. mi consulta era por lo cotizado en la seguridad social. puedo solicitarlo para que el dinero aportado sea transferido La Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que existe en mi país? cuando solicite el retorno voluntario me indicaron que debería esperar 5 años para poder solicitarlo. pero ahora cuando me acerco al AFP me indican que no es posible hacer eso. Muchas gracias por tu ayuda

  • Roberto gonzales
    Responder 26 septiembre, 2018 at 8:44 pm

    Hola soy ecuatoriano tengo 3 años q regrese a Ecuador me he casado con una española puedo regresar a España y obtener mis papeles

    • YINa Orozco periñan
      Responder 16 febrero, 2023 at 5:34 am

      Hola soy YINa y ya pasaron los tres años que debían pasar tras un retorno voluntario a Colombia desde España siendo turista

  • cesar olivares
    Responder 15 octubre, 2018 at 10:37 am

    hola buen dia, soy de venezuela, actualmente no logre cotizar los 365 dias , lo cual no tuve derecho a paro,
    mi pregunta es la siguiente, no existe un metodo que sea un pago unico para el subsidio,,, gracias

      • ANNELIESE SCHOLLER FOLTZ
        Responder 21 junio, 2019 at 7:57 am

        buenos dias.. me acogi al rerorno voluntario en 2014 con tarjeta residencia temporal, y escrito autorizacion tarjeta larga duracion, que no llegue a tramitar xq ya llego la fecha de mi viaje. Alli en Paraguay no pude cobrar los 60% del paro xq vivia en el interior. Ahora he vuelto a España xq creia q desde aqui debo tramitar mi NIE . Lo puedo hacer desde aqui? o solo desde pais de origen

  • alveiro
    Responder 15 octubre, 2018 at 9:14 pm

    crodial saludo,
    me acoji al retorno voluntario en 2012, este dinero del pago unico esta libre de irpf? porque he regresado ahora en 2018 y hacienda me esta cobrando 7600 euros , porque no declare renta, me embargaron la cuenta bancaria, las notificaciones me llegaron en el 2013 y 2014 pero claramente no estaba en españa , tengo que recurrir hasta antes del 3 de noviembre de este año, pero quisiera saber si en alguna parte esta que ese dinero esta libre de declarar en hacienda o de irpf, quisiera contar con sus servicios para recurrir a hacienda. gracias

  • Ivan sanchez
    Responder 17 octubre, 2018 at 1:12 pm

    Doctora buenos días…llevo 11 meses en España de manera irregular igual q no esposa ahora ella este en embarazo quisiéramos saber q puede pasar con nuestro bebe

  • alveiro
    Responder 22 octubre, 2018 at 1:46 pm

    he regresado a españa despues de 6 años de acogerme al retorno voluntario y me encuentro que hacienda me embarga por 7600 euros ya que dicen que debia declarar en el año que recibi la prestacion , si se supone que descontaban todo, que puedo hacer en este caso, en algun decreto o articulo esta que no se declara el irpf? gracias

  • Rolando david adorno gomez
    Responder 24 octubre, 2018 at 9:11 am

    Hola una pregunta cuanto tardan en pagarte osea darte el 40 porciento al hacer el retorno voluntario

  • Maria
    Responder 2 noviembre, 2018 at 1:49 am

    Mi esposo y mis dos hijos salieron con translado voluntario ..son venezolanos y quieren regresar a España que deben hacer ellos no tenían documentos en españa

  • Nancy
    Responder 23 noviembre, 2018 at 1:21 pm

    Hola …mi consulta es la sgte..en el 2013 pedi ayuda de retorno para inmigrantes sin papeles en ese entoncs tenia una bebe pequeña y mi hija mayor nos concedieron la ayuda y nos pagaron el pasaje …el tema que al cavo de los tres años volvimos como turistas y nos quedamos a provar d nuevo suerte pero me gustaria volver porq no nos va bien y me encuentro desesperada …hace un año 3 meses que volvimos …me podria acojer de nuevo al retorno o ya no ??le agradeceria una respuesta..

    • Diego Fernando betancourt
      Responder 18 octubre, 2022 at 12:55 pm

      Buenas tardes dra. Quería comentarle mi caso para ver como. Me puedes colaborar… Llegue a España el 15 de sep. Pero desde ahí no he podido conseguir trabajo en nada… La pregunta es de que forma aquí en España me pueden colaborar para el tema de regreso ya que me quedé sin dinero…..? Gracias.

  • deimar giraldo
    Responder 2 diciembre, 2018 at 2:55 pm

    hola cordial saludo. estuve de manera irregular en España. me acogí al programa de retorno voluntario productivo. el compromiso de los tres años por estar irregular me garantiza algún documento para volver a España. Sirve de algo haber tenido padrón y tarjeta sanitaria. o si puedo volver antes por otro país. distinto a España. muchas gracias

  • Amina
    Responder 3 diciembre, 2018 at 1:14 pm

    Hola dra yudith soy venezolana pero tambien tengo d un pais d la union m quiero regresar a vlza no se si tengo este derecho..actualmentw cobro un subaidio por desempleo y tengo tambien cotizado 8 meses..no m importaria star fuera 3 años y perder la residencia tendre este derecho gracias dra

  • Segundo
    Responder 13 diciembre, 2018 at 7:06 pm

    Hola un saludo mira e viajado con el retorno voluntario en 2014 y e venido dicienbre 2017 ya cunpli un año aqui y ahora me llega una carta de ajencia tributaria que tengo que pagar 1400 euros si cuando me dieron el dinero me descontaban el irpf y ademas ya 2014 ya no e trabajado porque viaje en mayo

  • Sara ortiz
    Responder 20 diciembre, 2018 at 1:16 am

    Hola somos una familia de 3 ENTRE ELLOS UNA NIÑA DE 2 AÑOS nos vinimos a España hullendo de amenazas por ser testigos de un asesinato .
    Llevamos 3 meses . Y la estamos pasando muy mal .. queremos acceder al retorno humanitario … mi pregunta es con 3 MESES SE PUEDE ??? .. NO TENEMOS DONDE VIVIR.

  • Sara ortiz v
    Responder 20 diciembre, 2018 at 1:18 am

    Hola quiero saber si para retorno humanitario .. podemos pedirlo si sólo llevamos 3 meses .. somo 3 uno de ellos es menor de 2 años . La estamos padando uy mal porfavor

  • Eugenia Planás Hellión
    Responder 8 enero, 2019 at 2:41 pm

    Buenas, mi madre retorno en agosto del 2018 a Paraguay, fue al consulado y le dijeron que en 3 a 4 meses estaría cobrando el 60% restante, pero le dieron un teléfono y una dirección de email que no existen para consultar sobre su cheque. a donde podríamos recurrir?

    Desde ya, muchas gracias,

  • Jaime Deluque Lopez
    Responder 22 enero, 2019 at 1:46 am

    Buenas;
    Yo me acogí al plan de retorno voluntario luego de vivir 1 año en españa, sin tener NIE ni DNI, firme un compromiso de no retornar a españa por 3 años, y desde el mes de marzo del 2018 me regrese a mi pais pero quiero saber si puedo entrar como turista a otro pais de la union europea, ya que mi madre y mi padre son ciudadanos españoles y queremos reencontrarnos en un pais de la UE de visita. es posible hacer este viaje y no tendre inconveniente al ingresar a algun pais de la UE por este compriomiso? ya que ne la carta solo se aclara que no puedo ingresar a españa?

  • Jose martinez
    Responder 26 enero, 2019 at 6:46 pm

    Hola mi nombre es jose martinez llevo 8 meses en españa en situacion irregular sin papeles, mi pregunta es yo puedo acogerme a algun retorno voluntario.

  • Lissette Ferreras
    Responder 30 enero, 2019 at 2:13 pm

    Hola tengo cinco meses en situación irregular retornaré a mi país.
    Pudiera solicitar nuevamente la entrada a cualquier país de la ue
    Entre cómo turista a través de Italia

  • Lourdes Villalba
    Responder 4 febrero, 2019 at 6:17 pm

    Holaa… Buenas quisiera saber si actualmente tengo trabajo puedo pedir retorno voluntario? Quisiera ir a montar un mini negocio en mi país( paraguay) tengo la tarjeta de larga duración. Gracias

  • JOHN JAIRO HENAO POSADA
    Responder 11 febrero, 2019 at 7:52 pm

    Hola, mi nombre es John Jairo Henao, me acogí al retorno voluntario en el 2012, en compañía de mis 2 hijos y mi esposa, después de 3 años de vivir en España, mi pregunta es: si vuelvo a España a vivir y trabajar con un contrato laboral, puedo regresar con mi familia al mismo tiempo y no esperar reagrupación familiar? Muchas gracias por tu colaboración

  • Jorge luis montoya
    Responder 12 febrero, 2019 at 6:48 pm

    Mi nombre es jorge me fui de España en septiembre del 2012 con el retorno voluntario regrese en el 2017 quisiera saber si puedo acoge de nuevo al retorno voluntario gracias

  • Andres silva
    Responder 14 febrero, 2019 at 1:33 pm

    Hola buenos dias realice el retorno voluntario en su momento tenia la tarjeta temporal de residencia y trabajo segunda renovacion me faltaban tan solo un mes para completar los cinco años de residencia legal en españa…regrese nuevamente a España tras el compromiso de no retorno con una tarjeta temporal inicial no lucrativa…puedo solicitar la tarjeta de larga duracion en el supuesto de cinco años ya que segun la normativa se computa el tiempo de residencia anterior…gracias

  • Yndira Padrón
    Responder 15 febrero, 2019 at 9:46 am

    Buen día he decidido retornar a mi país Venezuela, pero estoy casada con un italo venezolano, aun no hemos podido sacar ni residencia por carencia de contratos ni medios propios, y tampoco he podido sacar papeles italianos, en caso podría aplicar a retorno voluntario? Fui solicitante de protección internacional pero me di de baja para poder renovar mi pasaporte y tramitar mi papeles italianos.

  • Jilfren Alberto Valera jimenez
    Responder 20 febrero, 2019 at 12:19 pm

    Hola doctora actualmente tengo un año cumplido en España sin papeles ni trabajo estable me he visto muy mal con la adaptación y he decidido regresar a mi país venezuela donde tengo una familia que debido a la situación del país está enfermando quiero regresar por voluntad propia como podría ayudarme sólo necesito salir de España y regresar con mis familias pero no tengo ingresos monetarios y donde estoy viviendo cada mes que pasa me consumen las deudas

  • Aydalina Hernandez
    Responder 28 febrero, 2019 at 1:03 pm

    Hola ..
    Buenos dias

    Mi caso es el siguiente
    Actualmente tengo 9 meses de estar en España estoy sin documentacion , no tengo trabajo … decidi por cuenta propia e ir a las instalaciones de MURCIA ACOJE para que ayuden a retornar a mi pais Nicaragua ya que no cuento con dinero para comprar el billete de viaje, ; firme un documento para no retornar a España en el tiempo que establece la ley.
    Mi pregunta es
    ¿Cuanto tiempo demora para poder retornar a mi pais de origen?

  • Lourdes
    Responder 14 marzo, 2019 at 3:07 pm

    Hola judit, una consulta. Me han concedido el paro único para llevar a mi país ya me han pagado el 40 % de lo que me corresponde ya paso el plazo de salir de España, tengo a mis hijos y mi mujer que le está llevando una entidad para hacer el retorno y ahun no hay ninguna contestación del dicha entidad, en que me afectaría si sigo aquí en España. Gracias !!

  • Wilson paz
    Responder 15 marzo, 2019 at 9:57 pm

    Tengo una duda llevo dos meses estando en españa, puedo solicitar el retorno voluntario?

  • Cristian paz
    Responder 17 junio, 2019 at 2:56 am

    Hola que tal doctora, realicé el retorno voluntario en el año 2009 hacia mi país Argentina. En ese momento tenia la tarjeta temporal de residencia y trabajo segunda renovación. Estoy interesado en volver a España para que mi hijo de 15 años termine sus estudios allí y después vaya a la universidad. Leí que entre los requisitos para volver necesito un contrato de trabajo. Mi pregunta es: ¿que tipo de contrato, indefinido o temporal?
    También estuve leyendo que es posible que le deba a hacienda por no haber hecho la declaración en ese año por el pago del retorno voluntario, cosa que acabo de descubrir solo por leer los comentarios, por lo que creo que estaría debiendo mas de lo que me pagaron hace 10 años. Hay alguna forma de averiguar esto? Muchas gracias

      • Cristian paz
        Responder 19 junio, 2019 at 9:18 pm

        Muchas gracias Judith

  • Juan Martin Patiño Moreno
    Responder 6 agosto, 2019 at 2:24 am

    Doctora mi caso es el siguiente,soy Colombiano residi y trabaje en España desde Julio de 2007 a Junio de 2012
    .Me acogi al retorno voluntario regresando a mi pais el 21 de Junio de 2012,la tarjeta que entregue en el consulado fue la segunda renovacion la cual se vencia el 09-Agosto de 2012.
    Quiero saber como puedo recuperar los derechos sin tener que conseguir un contrato de trabajo.
    Agradezco su atencion.

  • William Ballesteros
    Responder 15 agosto, 2019 at 4:51 pm

    Retorne a mi país Colombia dentro de los términos q me dieron entregue mi Nie en la fecha estipulada,regrese en el 2012 q debo hacer para regresar a España agradezco su informacion

  • luis miguel
    Responder 25 agosto, 2019 at 5:16 pm

    hola q tal doctora mi nombre es luis mi problema es sobre q stoy aki en españa madrid y kiero retornar a peru mi pais de origen pero no tengo dinero para mi billete de vuelo de retorno x q entre como turista y no e podido encontrar trabajo y kiero entrar en el programa de retorno voluntario me podrian ayudar y como tendria q aser q requisitos necesito por favor necesito su consejo ya q me encuentro sin dinero y no se que hacer gracias.

  • Elena Fernández
    Responder 13 septiembre, 2019 at 3:36 pm

    Hola, soy de Uruguay..me vine hace 2 años en un retorno voluntario, quería volver como turista a Madrid..tendré algún problema? Mi compromiso fue de 2 años de no volver.

      • henrrycontreras274@gmail.com
        Responder 2 enero, 2023 at 9:55 pm

        Hola necesito ayuda necesito regresar a mi pais soy de Honduras

  • Alejandra
    Responder 24 septiembre, 2019 at 8:34 am

    Buenas!!quisiera saber si desisto del retorno antes de entregar la documentación puedo tener problemas al quedarme estando irregular (sin papeles)y si lo hago habiendo entregado ya la solicitud?Agradezco su prontpronta respuesta

  • Renee Alejandra benavides ayaucan
    Responder 26 noviembre, 2019 at 4:17 pm

    Ola yo voy a cumplir dos meses aquí y aun sin trabajo puedo pedir el retorno voluntario

  • Stephany
    Responder 10 diciembre, 2019 at 1:26 pm

    Buenas tardes, tengo una consulta… Tengo tres años en España tengo residencia temporal, pero me están ofreciendo una buena oferta de trabajo en Panamá, entonces, puedo optar por el retorno voluntario? Me gustaría salir de España e ir directamente a Panamá y no a mi país (Venezuela) y aun teniendo la residencia tendría que estar 3 años sin venir? o la perdería? muchas gracias.

  • jorge eliut chara
    Responder 19 diciembre, 2019 at 8:25 pm

    Buenas tardes Doctora
    mi nombre es jorge soy colombiano yo estuve en España desde el 2008 al 2011 con tarjeta temporal y yo realice retorno voluntario con mis propios medios, la pregunta es que en estos momentos tengo una oferta para ir nuevamente a España, es posible que pueda recuperar la residencia temporal con este contrato que me están ofreciendo, si se puede iniciar un proceso que documentos se requiere
    Agradezco su colaboración prestada

  • Nicol
    Responder 15 marzo, 2020 at 11:14 am

    Hola queria saber yo llevo 2 meses ak
    i en españa podria pedir el retorno voluntario pero en cuanto tiempo se tardaría para poder regresar a mi país

  • Javy ramirez
    Responder 18 abril, 2020 at 8:18 pm

    Hola
    Me acogi al retorno voluntario (APRE) , Todo correcto, los pagos, entrega de tarjeta etc, no soy residente desde el 10 de junio 2019…
    En mi caso acumule 2 años de paro (el maximo), asi que el 40% del importe total que recibi en España (paro desde abril 2019 hasta enero 2020) y el 60% (feb2020 hasta marzo 2021) sumando asi un periodo de dos años. Me retuvieron IRPF ya antes de hacer los pagos. unos 3500€.
    Ahora resulta que he hecho una consulta para hacer mi declaracion de la renta del ejercicio del año 2019 desde el extranjero (no estoy en España), y resulta que me reclaman casi 2000€, ya que en el borrador me contabilizan la suma en bruto de todo el paro de dos años como retribucion dineraria correspondiente al ejercicio del año 2019. Es esto Correcto de esta manera?
    Gracias.

  • Jose
    Responder 10 agosto, 2020 at 8:27 am

    Hola, una consulta, miré en 2014 hice los trámites para el retorno voluntario a Perú, a mediados de agosto más o menos, ese mismo año me salió positivo y en diciembre de ese mismo año retorne a mi país, resulta que ahora en 2020 que he regresado a España, me encuentro con que hacienda me está cobrando un total de 5200€ por la declaración de la renta 2014, es legal esto? Me han embargado la nómina.

  • Sandra Milena Correa Echeverri
    Responder 15 septiembre, 2020 at 2:26 pm

    Buenas tardes mi pregunta para solicitar el retorno voluntarioa mi pais debo antes renunciar al asilo o cuando me aprueben

  • Juan carlos
    Responder 4 diciembre, 2020 at 9:10 pm

    Hola buenas noches q hay q haser para q hasienda no le cobre a uno nada y no le descuente del 60 % después de uno regresar al país de origen

      • Adonis
        Responder 26 mayo, 2023 at 8:40 am

        Hola quiero pedir el pago unico al sepe y volver a mi pais, tengo la segunda tarjeta de 2 años temporl, pero actualmente tengo la nacionalidad concedida pero todavia no he jurado, mi pregunta es si esposible solicitar el pago unico? Y si quiero retornar a españa despues de los.3 años, recuperaria la nacionalidad concedida o tengo que iniciar nuevamente el tramite de residencia o iniciaria el tramite con la nacionalidad?

          • valeria
            31 mayo, 2023 at 6:21 pm

            hola estuve en España por 3 meses había pedido asilo pero solo tuve la primera cita asi q no tenia papeles ni nada tuve q tomar retorno voluntario por razones familiares y me.toco volver a venezuela de urgencia actualmente han pasado año y medio podría volver a españa.como turista?? o sii voy a otro país de Europa y mi vuelvo hace escala en España que pasa?

  • Maria
    Responder 12 junio, 2023 at 4:01 am

    Hola buenas hace un año solicite retorno voluntario a mi país Venezuela y tengo el compromiso de no retorno por 3 años, mi consulta es si puedo entrar como turista a España?

  • Yolimar
    Responder 24 junio, 2023 at 4:51 am

    Hola estoy en España desde el 2021 y tengo un compromiso de no retorno que finaliza el 2024, ya llevo 2 años viviendo aquí de forma irregular, si espero a el 2024 puedo solicitar arraigo laboral? ya que en el 2024 finaliza mi compromiso y tengo entendido que para solicitar el arraigo un requisito es no encontrarme en compromiso de no retorno. Por eso mi duda es si ya finalizado en el 2024 y ya no encontrarme en el periodo de compromiso, me cuentan los 3 años que estuve viviendo en tiempo de no retorno para el arraigo?

  • Diana Yurany Agredo Delgado
    Responder 24 junio, 2023 at 5:03 pm

    Hola, hace 10 años retorne de forma voluntaria a mi Pais Colombia, yo tuve residencia tempora y trabaje 4 años de forma regular como enfermera, en ese momento tenia una deuda con Hacienda. Mi pregunta es. Puedo retornar a España y consegui un visado de trabajo, ya que tengo mi titulo homologado

  • jesus saucedo
    Responder 1 julio, 2023 at 6:06 pm

    hola buenas tarde una consulta yo tengo residencia de larga duracion y quisiera pedir retorno voluntario e pedido la prestacion de paro e tenido un problema en trafico e estado en los juzgado tengo q aser trabajo de servicio ala comunidad ,mi pregunta es me consederian el retono voluntario

  • jonel carrillo
    Responder 21 noviembre, 2023 at 12:26 pm

    hola si pido mi retorno voluntario puedo volver a españa solo como turista

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