Judith Tabares Abogados

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Herencias

Información y procedimiento en las herencias

La herencia está integrada tanto por los bienes y derechos del difunto como por sus deudas, y  estas últimas se transmiten a los herederos al igual que los bienes.

La condición de heredero se acredita mediante testamento o declaración de herederos. En el testamento también se puede disponer a título particular a favor del legatario.

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Herencias

Información y procedimiento en las herencias

Tu mejor experiencia será confiar en nosotros.

La labor principal y de mayor utilidad del abogado reside en la orientación de los pasos a seguir para acreditar la condición de heredero, y realizar la partición de la herencia que es el reparto de los bienes del fallecido entre los herederos en proporción a la cuota que a cada uno de ellos corresponde según la ley, y que puede ser voluntaria, judicial, o realizada por contador-partidor.

Si es voluntaria por acuerdo de los herederos podrá obtener el asesoramiento necesario en nuestro despacho sobre el contenido de la escritura, y sobre la obligación de inscripción posterior en los respectivos Registros, así como el pago de los impuestos.

La actuación del abogado es fundamental para la correcta preparación del juicio en relación con el inventario completo de todos los bienes que integran la masa hereditaria, tanto los bienes y derechos, como las deudas, y la indicación del valor, así como, de la cuota que a cada heredero corresponde, incluyendo la liquidación de la sociedad de gananciales, y la propuesta de adjudicación.

La herencia se divide en legítima, mejora y libre disposición, y son herederos en cada caso, los hijos y descendentes, y a falta de estos padres y ascendientes.

El viudo o viuda heredará en la forma expresamente establecida en la ley en cuanto al derecho de usufructo.

El tercio de legítima se reparte entre los hijos y descendientes a partes iguales. A falta de descendientes, los ascendientes heredarán la legítima a partes iguales. Y el tercio de mejora se debe repartir entre hijos y descendientes pero no necesariamente a partes iguales. El tercio de libre disposición es aquel en que el testador decide con absoluta libertad y puede dejarlo a quien quiera (puede ser otro heredero o un extraño).

¿Te enfrentas a un proceso de desahucio? 

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