Este recurso puede interponerse contra:
Nuestra sugerencia es que acuda a nuestro despacho para que pueda obtener consejo sobre la conveniencia y oportunidad de entablar acciones judiciales a la vista de cada caso.
En principio, las partes deben intervenir en el procedimiento contencioso-administrativo obligatoriamente asistidas por un abogado, siendo opcional la representación mediante procurador. Cuando el Procurador no interviene, las notificaciones se le entregarán al abogado.