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Jubilaciones

Información y requisitos para presentar un recurso contencioso-administrativo
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En nuestro despacho de abogados le podemos ayudar a tramitar y orientar sobre su jubilación. Si es extranjero residente en España o ya ha obtenido la nacionalidad española y ha cotizado tanto en su país, como en España, tendrá derecho a una jubilación computando las cotizaciones de los dos países.

La jubilación es una prestación que sustituye las rentas del trabajo por una pensión vitalicia, única e imprescriptible, cuando el trabajador a causa de la edad cesa total o parcialmente en su actividad laboral.

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Jubilaciones

Información y requisitos para la jubilación en España

Atendemos tus problemas, encontramos la solución.

Para cobrarla se deberá: tener cumplida la edad ordinaria, salvo excepciones, tener cotizados un mínimo de 15 años, de los cuales al menos dos deberán estar comprendidos dentro de los quince años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. La cantidad a cobrar estará en dependencia de los años cotizados

La pensión se abona mensualmente con dos pagas extraordinarias (junio y noviembre), además está sujeta IRPF. La tramitación de la pensión tardará un máximo de tres meses.

Prestaciones y ayudas

Servicio Público de Empleo Estatal INSS y Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas 
Prestaciones Contributivas: Paro (cuantía variable en dependencia de los días de cotización). Puede solicitarse de tres maneras:

  • La más usual para cobrar mensualmente.
  • Pago único.
  • Para el retorno voluntario de los extranjeros con residencia legal en España.
Pensión contributiva:
Es la jubilación propiamente dicha, que se resolverá favorablemente si reúne los requisitos que la Ley exige al respecto.
Subsidios: Cuantía de 426€ mensuales.

  • Subsidio por insuficiencia de cotización. Para trabajadores que han perdido el empleo y su cotización no llega al año.
  • Subsidio de ayuda familiar. Para parados sin rentas y con responsabilidades familiares, que han agotado la prestación por desempleo o no tienen derecho a otra ayuda.
  • Subsidio para mayores de 45 años. Para quienes hayan agotado el paro, tengan más de 45 años, carencia de rentas y no tengan responsabilidades familiares.
  • Subsidio para mayores de 55 años. El trabajador en paro la cobrará hasta alcanzar la edad de jubilarse, momento en el que dejará de recibir el subsidio para pasar a cobrar la pensión a que tenga derecho.
  • Subsidio por pérdida de pensión de incapacidad permanente. Para aquellas personas a las que por mejoría se les retira una pensión de invalidez absoluta y tienen carencia de rentas.
  • Ayudas para emigrantes retornados: Para personas que hayan trabajado fuera de España. Se requiere estar inscrito durante un mes como demandante de empleo, carecer de rentas, haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde tu última salida de España y se requiere de un Certificado de emigrante retornado.
  • Subsidio para liberados de prisión.
  • Subsidio por revisión de incapacidad.
“Salarios sociales” o rentas mínimas de integración de las Comunidades Autónomas. Para personas que ya han agotado todas las prestaciones del INEM.
 Ayudas Extraordinarias:

  • Renta Activa de Inserción (RAI), para parados de larga duración mayores de 45 años, discapacitados, víctimas de violencia de género o emigrantes retornados.
  • El Plan Prepara. Para parados con carencia de rentas que acaban de agotar su última prestación o subsidio y no han recibido antes otras ayudas.
  • La ayuda para parados de larga duración con responsabilidades familiares. También llamada Programa de Activación para el Empleo.
Pensión No Contributiva: Para los trabajadores que no reúnan los requisitos suficientes para solicitar la pensión de Jubilación, podrán solicitar una pensión no contributiva, siempre y cuando cumplan algunos requisitos.

Trámites de la Seguridad Social

El despacho ofrece una serie de servicios ante los distintos organismos relacionados con la seguridad social, tales como INSS, Tesorerías, Servicios Sociales de Comunidades Autónomas, etc. Algunos de los servicios son los siguientes:

  • Tramitación de Altas y bajas.
  • Modificación de datos de los inscritos.
  • Solicitud de informes de bases de cotización.
  • Asesoramiento en materia de bajas de la Seguridad Social.

¿Se acerca tu jubilación? 

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