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Ruptura Matrimonio Comunitario. Situación Administrativa

Información sobre ruptura matrimonio comunitario situación administrativa
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Si somos residentes en España con una tarjeta comunitaria que depende de nuestra pareja o cónyuge, debe saber, que en caso de ruptura matrimonial o disolución de pareja de hecho antes de los 3 años de haberse casado o registrado como pareja, puede perder su residencia legal.

Nuestro equipo de abogados le ayudará para que no pierda su residencia legal en España.

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Ruptura matrimonio comunitario. Situación administrativa

Información sobre ruptura matrimonio comunitario situación administrativa

Actuando juntos, alcanzaremos tu verdad.

Situación en caso ruptura pareja o divorcio:

Supuesto de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de inscripción como pareja registrada; el cónyuge podrá mantener su condición de residente comunitario, cuando se acredite uno de los siguientes supuestos:

  • Duración de tres años del matrimonio o situación de pareja registrada, hasta el inicio del procedimiento judicial de nulidad o divorcio, o de  la cancelación de inscripción de pareja. Deberá acreditarse que, en esos tres años, se ha producido un año de convivencia en España.
  • Otorgamiento por mutuo acuerdo o decisión judicial de la custodia de los hijos del ciudadano de la Unión, al ex cónyuge o ex pareja registrada.
  • Concurrencia de circunstancias especialmente difíciles, tales como haber sido víctima de violencia de género o haber sido sometido por su cónyuge o pareja a trata de seres humanos durante el matrimonio o situación de pareja.
  • Resolución judicial o acuerdo mutuo que determine el derecho de visita, al hijo menor, del ex cónyuge o ex pareja, cuando dicho menor resida en España.

Validez y vigencia de la tarjeta:

  • Se debe comunicar a la Oficina de extranjería correspondiente la variación de circunstancias, o sea, se tiene que presentar el testimonio del divorcio y la baja en el registro de pareja de hecho mediante un escrito fundamentado ( lo hacemos nosotros en el despacho), en ese caso, se mantendrá por el extranjero, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión que tenga concedida hasta la vigencia de la misma, siendo documentado en su renovación con una tarjeta en la que no habrá referencia al familiar que le otorgó el derecho.
  • Dicha tarjeta no otorgará derechos a terceros en régimen comunitario, aunque si podrá hacerlo en régimen general, previo cumplimiento de los requisitos exigibles.
  • Exclusión de padres e hijos en caso de divorcio o ruptura pareja de hecho:
  • En el supuesto de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de  inscripción como pareja registrada; quedan excluidos del ámbito de aplicación del régimen comunitario los ascendientes(padres) y los descendientes(hijos) directos del familiar de nacionalidad extracomunitaria, así como el ex cónyuge o ex pareja que no cumpla los requisitos exigidos en el artículo 9.4 del Real Decreto 240/2007, salvo que, en este último caso, ya fueran titulares de una tarjeta de residencia permanente en régimen comunitario.
  • En estos supuestos, para continuar residiendo legalmente en España, el extranjero deberá obtener una autorización de residencia o de residencia y trabajo, al amparo de lo dispuesto en la normativa del régimen general de extranjería (artículo 200.3 del Real Decreto 557/2011), disponiendo de un plazo para la presentación de la solicitud de tres meses a computar desde la fecha en que se produce el hecho que motiva la extinción del derecho de residencia en régimen comunitario.

¿Quieres saber sobre tu situación administrativa después de un divorcio o separación ?

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