RESOLUCIONES DEL B.O.E. DE ASILO O PROTECCIÓN INTERNACIONAL DENEGACIÓN O CONCESIÓN. RECURSO DE REPOSICIÓN.
La Subdirección General de Protección Internacional, NOTIFICA a los solicitantes de Asilo o de Protección Internacional, a través del Boletín Oficial del Estado, según lo dispuesto en los artículos 42 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que en resumen establece, que en caso de no ser posible practicar el aviso, por causas no imputables a la Administración, en el domicilio comunicado por los interesados, se procede a la notificación de la resolución del reconocimiento de las Razones Humanitarias, por el BOE. Si está DENEGADO o es DESFAVORABLE su solicitud...
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