Alquiler de una habitación. Requisitos. Impago. Contrato arrendamiento.
El alquiler de habitaciones se regula por el Código Civil en materia de arrendamiento (artículos 1.542 a 1.582), o bien pueden asimilarse, en algunos casos, al denominado derecho de “uso o habitación” que también está regulado genéricamente por el Código Civil (artículos 523 a 529, y reglas del usufructo); a diferencia del alquiler de viviendas completas, que lo hace mediante la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La principal implicación del alquiler de una habitación es que la duración del contrato, será exactamente la que se pacte en el contrato, no habiendo derecho a prórroga por parte del inquilino, como ocurre en el...
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