Guía práctica sobre el Cambio de Contrato o empleador con el Arraigo Sociolaboral. Requisitos. Plazos.

Cuando una persona extranjera obtiene la residencia temporal por arraigo sociolaboral, la tranquilidad inicial suele ir acompañada de una gran duda:
👉 ¿Qué ocurre si cambia mi contrato o mi empleador?
El trabajo en España no siempre es estable. Empresas que cierran, empleadores que no cumplen, cambios de condiciones… Y la pregunta clave es si estos cambios pueden poner en riesgo tu autorización de residencia.
En este artículo encontrarás una guía práctica y actualizada sobre qué hacer en caso de cambio de contrato o de empleador, basada en el criterio más reciente de la Dirección General de Gestión Migratoria y en el nuevo Reglamento aprobado por Real Decreto 1155/2024.
- ¿Qué es el arraigo sociolaboral?
El arraigo sociolaboral es una autorización de residencia temporal que se concede a personas extranjeras que cumplen, entre otros requisitos:
-Aportar uno o varios contratos de trabajo que garanticen al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o lo previsto en el convenio colectivo.
-Que la suma de esos contratos represente una jornada mínima de 20 horas semanales.
-Este permiso permite residir y trabajar en España, pero su punto clave es el contrato de trabajo presentado en la solicitud.
Y ahí aparece el problema: ¿qué pasa si ese contrato se rompe o cambia?
- El criterio oficial sobre cambios de contrato o empleador:
La Dirección General de Gestión Migratoria ha establecido reglas claras para evitar la inseguridad jurídica en estos casos:
🔹 Si has trabajado más de 3 meses con tu primer empleador:
Puedes cambiar de empleador sin problemas y no necesitas notificarlo a Extranjería.
Esto da flexibilidad para mejorar condiciones laborales o adaptarte a nuevas oportunidades.
🔹 Si llevas menos de 3 meses o tu arraigo está en trámite:
Aquí la situación es más delicada. Sí es obligatorio comunicar el cambio a la Oficina de Extranjería en el plazo de 2 meses, en casos como:
-Solicitud de arraigo aún en trámite.
-Autorización concedida pero sin alta en Seguridad Social en el plazo de un mes.
-Alta y baja en Seguridad Social dentro del mes siguiente a la concesión.
Cuando el contrato no puede ejecutarse por causas ajenas al trabajador.
🔹 Recurso de reposición:
Si tu autorización está en vía de recurso, también es posible cambiar de empleador. Si el recurso se estima, tienes 2 meses para notificar el nuevo contrato.
🔹 Requisitos del nuevo contrato:
En todos los supuestos, el nuevo contrato o contratos deben cumplir:
-Jornada mínima de 20 horas semanales.
-Salario proporcional al SMI o al convenio aplicable.
-Alta en Seguridad Social dentro de los plazos establecidos.
- Plazos importantes que no puedes olvidar:
Dos meses para comunicar el cambio cuando tu solicitud está en trámite o no han pasado tres meses con tu primer empleador.
Un mes para aportar nuevo contrato si el empleador no pudo darte de alta tras la concesión.
Dos meses tras la estimación de un recurso de reposición.
Cumplir los plazos es clave: un retraso puede suponer que tu autorización quede en riesgo.
- Preguntas frecuentes que generan inquietud: ¿Qué pasa si no notifico a Extranjería un cambio cuando es obligatorio?
¿Me puede afectar en la renovación futura de mi permiso?
¿Puedo tener varios contratos para llegar a las 20 horas mínimas?
¿Qué ocurre si mi empleador me da de baja al poco tiempo de haberme dado de alta?
¿Pierdo mi residencia si me despiden en los primeros meses?
Si te has hecho alguna de estas preguntas, lo mejor es que busques asesoramiento inmediato. Cada caso tiene matices y un error puede ser muy costoso.
¿Por qué necesitas asesoría legal en estos casos?
La normativa cambia, los criterios de Extranjería no siempre son fáciles de interpretar y cada oficina puede aplicar matices diferentes.
Nuestro despacho de abogados en Madrid centro, somos especialistas en extranjería, por lo que, podemos Revisar tu contrato y tus plazos, Preparar la documentación necesaria para Extranjería, Evitar que pierdas tu autorización por un error de forma, Definir la mejor estrategia para mantener tu residencia estable, sólo debes llamarnos y así resolveremos todas tus inquietudes.
Conclusión:
El cambio de contrato o empleador en el arraigo sociolaboral no significa perder tu autorización, pero sí requiere actuar con cuidado. La clave está en conocer los plazos, cumplir los requisitos y presentar la documentación adecuada cuando sea necesario.
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