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Contrato de Alquiler o Subarrendamiento de habitaciones. Motivos para dar por finalizado el Contrato arrendamiento. Gastos y Requisitos.

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Contrato de Alquiler o Subarrendamiento de habitaciones. Motivos para dar por finalizado el Contrato arrendamiento. Gastos y Requisitos.

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Los principales motivos, por los que, el casero (ARRENDADOR), y el inquilino (ARRENDATARIO), pueden romper un Contrato de Alquiler.

¿Qué pasa si el casero se entera que el inquilino de la vivienda está alquilando habitaciones sin su consentimiento?

Cuando nuestra intención es alquilar un piso, como vivienda habitual, es importante tener en cuenta, todas las cláusulas, que interesan tanto al dueño de un piso o arrendador, cómo al inquilino o arrendatario.

Lo más conveniente, es efectuar un Contrato de alquiler de un piso o de subarrendamiento de habitaciones, lo redacte un abogado especialista, como nosotros, ya que, en el mismo, se asumen derechos y obligaciones de ambas partes; así evitamos cláusulas abusivas, cómo que el inquilino tenga que abonar los gastos de la comunidad sin su consentimiento, IBI, facturas de suministros desproporcionada y otros servicios no regulados en el Contrato, en muchos casos.

¿Cuáles son los motivos más frecuentes por parte del arrendador para extinguir el contrato de alquiler?

1.- Que el inquilino deje de pagar el alquiler.

La LAU (Ley de Arrendamiento Urbano), establece, que las partes pueden pactar libremente, el número de mensualidades impagadas que motiven la RESOLUCIÓN del contrato.

Por ejemplo, el impago de dos mensualidades consecutivas o tres alternativas durante un año, pueden pactarse como objeto de extinción.

2.- Falta de pago de la fianza, la LAU determina UN MES de renta+2 contractual, en su caso, que se debe devolver una vez se finalice el contrato.

3.- Otros como daños causados por el inquilino en la vivienda, por obras no consentidas por el propietario; tener animales en casa sin autorización del dueño, realizar en él actividades ilícitas, molestas, peligrosas o nocivas, entre otros.

4.- Que la vivienda no se destine a vivienda habitual, sino, a negocios ilegales.

5.- Sobre todo, si no se pacta expresamente que el Inquilino está AUTORIZADO para subarrendar parte de la vivienda a un tercero o la vivienda en su totalidad.

Debemos matizar, que alquilar habitaciones a un tercero no es ilegal, pero debe contar en el Contrato de arrendamiento una CLAUSULA que especifica dicho consentimiento.

Si no se concreta, el casero, podrán dar por finalizado de pleno derecho en contrato de alquiler.

Por otra parte, si el inquilino no está autorizado y alquila una habitación o varias, el casero puede ser sancionado fiscalmente y le puede recaer una multa y los inquilinos, pueden perder sus derechos, como la protección ante un desahucio.

La ley impone restricciones sobre el precio del subarriendo, el cual establece que el importe NO PUEDE SUPERAR la renta que el propio inquilino paga al arrendador. 

6.- Si el casero necesita recuperar su vivienda para su uso personal de manera permanente o para sus familiares de primer grado de consanguinidad o para su cónyuge en caso de separación o divorcio. Para que esto suceda debe haber transcurrido el primer año del contrato y debe notificarlo al inquilino con DOS MESES de antelación.

¿Cuándo puede resolver el Contrato el Inquilino?

1.- Si el arrendador se niega a realizar reparaciones necesarias en la vivienda para que esté habitable, sin derecho a por ello a elevar la renta al inquilino.

2.- Pasado los SEIS MESES, desde la firma del contrato, el inquilino puede DESISTIR del mismo, solo debe comunicarlo con 30 días de antelación; siendo lo más probable que tenga que indemnizar al casero con UNA MENSUALIDAD por cada anualidad del Contrato que reste por cumplir, que puede ser hasta 3 años con prorroga.

¿Cuándo avisar del fin del contrato de alquiler?

  1. El propietario debe hacer un preaviso al inquilino con cuatro meses de antelación a la fecha de finalización del contrato.
  2. El inquilino debe realizar un preaviso al inquilino con dos meses de antelación a la fecha de finalización del contrato.

Importante:

Cuando se termina el contrato de alquiler y el inquilino no se quiere ir, el propietario debe presentar una demanda de desahucio para recuperar su vivienda. Una vez se ha presentado la demanda, el juzgado debe admitirla a trámite, lo que puede tardar aproximadamente un mes.

¿Qué paga el casero y qué el inquilino?

Propietario o casero: debe pagar el IBI, la comunidad de vecinos, el seguro de continente de la casa y de alquiler por posibles impagos, actos de violencia, gastos jurídicos. 

Inquilino: debe pagar todo lo que puede medirse con contadores individuales, es decir, los gastos como el agua, la luz, el gas, el teléfono, suministros, tasa basura.

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RECOMENDACIONES:

En nuestro despacho de abogados en Madrid centro, somos especialistas en Extranjería, Laboral, Penal y Civil; por lo que, podemos confeccionar un buen CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, ya sea propietario de su piso o inquilino que pretende arrendar el piso o habitaciones.

En el Contrato de arrendamiento o Subarrendamiento de su piso o habitaciones, vamos a plasmar, todas las cláusulas legales establecidas y llegar a un justo acuerdo o pacto entre las partes para el buen funcionamiento del alquiler.

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