DIVORCIO EN ESPAÑA POR MUTUO ACUERDO O DIVORCIO JUDICIAL. SEPARACIÓN LEGAL. PROCESO.

El divorcio es una de las decisiones legales más importantes en la vida de una persona. Sin embargo, existe mucha desinformación. La más común es creer que existe el llamado “divorcio exprés”. Desde un punto de vista jurídico, el divorcio exprés no existe.
Lo que sí existe es un divorcio bien asesorado o un divorcio mal planteado, con consecuencias económicas y familiares graves, especialmente cuando hay hijos menores.
En Judith Tabares Abogados, como despacho especializado en divorcios y derecho de familia en Madrid, gestionamos cada procedimiento con un criterio claro: proteger a los menores, defender los derechos de nuestros clientes y evitar conflictos futuros.
TIPOS DE DIVORCIO EN ESPAÑA:
En España existen dos tipos de divorcio: el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio contencioso o judicial.
DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO:
El divorcio de mutuo acuerdo es la opción más recomendable cuando existe entendimiento entre las partes. No es rápido por arte de magia, es más ágil porque hay un trabajo jurídico previo bien hecho.
Requiere la redacción de un convenio regulador, donde se fijan, entre otras, las siguientes medidas:
Guarda y custodia de los hijos.
Régimen de visitas y comunicaciones.
Pensión de alimentos.
Uso de la vivienda familiar.
Gastos extraordinarios.
Pensión compensatoria, si procede.
Este convenio debe ser aprobado por un juez, quien comprobará que no perjudica el interés del menor, aunque ambos progenitores estén de acuerdo.
DIVORCIO CONTENCIOSO O JUDICIAL:
Cuando no hay acuerdo, el divorcio se tramita por vía judicial. En este caso, será el juez quien adopte las medidas tras valorar pruebas, informes y circunstancias familiares.
MEDIDAS QUE DEBEN REGULARSE EN TODO DIVORCIO:
Todo procedimiento de divorcio debe regular medidas claras. En derecho de familia no se puede improvisar.
MEDIDAS RELATIVAS A LOS HIJOS MENORES:
El interés superior del menor es el eje central del procedimiento.
MEDIDAS ECONÓMICAS ENTRE LOS CÓNYUGES:
El divorcio tiene consecuencias patrimoniales que deben regularse correctamente.
CÓMO DEBE GESTIONARSE CORRECTAMENTE UN DIVORCIO:
Un divorcio debe gestionarse con análisis jurídico personalizado, asesoramiento realista, prevención de conflictos futuros y defensa firme.
DIVORCIO NOTARIAL EN ESPAÑA: ¿CUÁNDO Y CÓMO SE PUEDES HACER?
El divorcio notarial, también conocido como divorcio ante notario, es una vía legal para poner fin al matrimonio de forma rápida cuando existe mutuo acuerdo entre los cónyuges y se cumplen determinados requisitos legales. Se formaliza mediante escritura pública ante notario, sin necesidad de acudir a un juzgado.
Requisitos para el divorcio notarial:
Para poder divorciarse ante notario es necesario:
– Que exista mutuo acuerdo entre ambos cónyuges.
– Que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
– Que no existan hijos menores de edad comunes ni hijos mayores con discapacidad que dependan legalmente de los progenitores.
– Que ambos cónyuges comparezcan asistidos por abogado en ejercicio.
– Que se aporte un convenio regulador válido y conforme a Derecho.
¡MUY IMPORTANTE! Si existen hijos menores o dependientes, el divorcio deberá tramitarse obligatoriamente por vía judicial, aunque exista acuerdo.
El convenio regulador:
El elemento central del divorcio notarial es el convenio regulador. En él se recogen los acuerdos alcanzados por las partes sobre:
– Uso de la vivienda familiar.
– Pensión compensatoria, si procede.
– Reparto de gastos y cargas comunes.
– Liquidación del régimen económico matrimonial, si se decide realizar en ese momento.
Es importante distinguir entre divorcio y liquidación de gananciales. El divorcio disuelve el vínculo matrimonial, pero la liquidación del régimen económico puede hacerse en el mismo acto o con posterioridad.
Ventajas del divorcio notarial:
El divorcio notarial destaca por su rapidez, menor coste emocional y mayor agilidad administrativa. Al no existir conflicto ni intervención judicial, el procedimiento resulta más sencillo siempre que esté correctamente planteado.
Separación sin divorcio: qué implica legalmente:
Separarse no siempre significa divorciarse. Desde el punto de vista jurídico existen dos realidades distintas.
Separación de hecho:
La separación de hecho se produce cuando los cónyuges dejan de convivir sin formalizar legalmente la situación. En este caso:
– El matrimonio sigue vigente.
– Pueden existir consecuencias económicas relevantes, especialmente en regímenes de gananciales.
– No existen medidas oficiales que regulen vivienda, pensiones o cargas.
– Se genera inseguridad jurídica y riesgo de conflictos futuros.
Separación legal:
La separación legal puede formalizarse judicialmente o ante notario, siempre que se cumplan los requisitos exigidos. Sus efectos principales son:
– No se disuelve el matrimonio.
– Se regula oficialmente la convivencia, el uso de la vivienda y las obligaciones económicas.
– Se establece un marco jurídico claro para ambas partes.
La separación legal es una opción válida cuando existen razones personales, religiosas o estratégicas para no divorciarse, pero no elimina el vínculo matrimonial.
Diferencias esenciales entre separación y divorcio:
La separación legal mantiene el matrimonio, mientras que el divorcio lo extingue.
En ambos casos pueden regularse medidas económicas y patrimoniales, pero solo el divorcio permite volver a contraer matrimonio.
Hijos menores:
Cuando existen hijos menores de edad o dependientes, cualquier separación o divorcio debe tramitarse necesariamente por vía judicial, con control judicial de las medidas adoptadas.
Conclusión:
El divorcio notarial y la separación legal son instrumentos útiles cuando existe acuerdo y se busca una solución ordenada. La elección de una u otra opción debe hacerse con asesoramiento jurídico especializado para evitar errores que puedan generar conflictos futuros.
EL PAPEL NUESTRO COMOS ABOGADAS EXPERTAS EN DIVORCIOS Y SEPARACIÓN:
Como abogadas no nos limitamos a a tramitar un divorcio, nuestra máxima función es dar soluciones, hacer un buen Convenio Regulador, mediar entre las partes y proteger al menor en todo este proceso.
jurídicas estables.
Si ya está decidido y hay acuerdo: divorcio notarial (si se puede) suele ser la vía más eficiente.
Si no queréis divorciaros pero sí protegeros legalmente: separación legal con medidas, no “separación de hecho”.
Si hay bienes o hipoteca: revisa bien el régimen económico y decide si conviene liquidar gananciales ya o después.
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DIVORCIOS EN MADRID
Judith Tabares Abogados.
Calle Gran Vía 61, 1º–3ª, Madrid.
Teléfono 915 48 22 89.
