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Proceso de Divorcio o Disolución Pareja de Hecho. Medidas paterno-filial. Mantenimiento o Modificación de la Tarjeta Comunitaria.

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Proceso de Divorcio o Disolución Pareja de Hecho. Medidas paterno-filial. Mantenimiento o Modificación de la Tarjeta Comunitaria.

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Existen dos tipos de Divorcio: el solicitado por ambos cónyuges o con el consentimiento del otro, o interesado por uno de los cónyuges unilateralmente.

En ambos casos, la intervención como abogados especialistas, ubicados en la calle Gran Vía 61, 1º-3, Madrid centro, podrá facilitar llegar a un ACUERDO entre las partes, con la preparación de un Convenio regulador, en el que se consignan los efectos del divorcio, en cuanto a la disolución del matrimonio, entre ellos: el uso y disfrute del domicilio conyugal, la disolución y liquidación en su caso, del régimen económico del matrimonio, y si, existieran hijos menores de edad, las estipulaciones necesarias sobre el ejercicio de la patria potestad, guarda y custodia de los menores hijos,  régimen de comunicación y visitas, pensión de alimentos, y por último, pensión compensatoria, al otro cónyuge, si uno de ellos lo hubiera solicitado.

Medidas sobre guarda y custodia, visitas y pensión de alimentos:

El despacho cuenta con una amplia experiencia en la tramitación de procedimientos de Familia sobre “Medidas Paterno-Filiales”, respecto de hijos nacidos de uniones no matrimoniales, cuando se produce la separación de la pareja y, resulta necesario, para encauzar y lograr la normalidad de la vida familiar, regular todas las cuestiones relativas al ejercicio de la patria Potestad, la Guarda y custodia del menor, el régimen de comunicación y visitas, y la pensión de alimentos. Todas esas cuestiones han de ser sometidas a aprobación judicial para garantizar el interés superior del menor.

A pesar de la sensibilidad que suponen los temas de familia, la intervención del abogado puede facilitar el acercamiento de las partes y lograr un acuerdo satisfactorio que es la principal garantía de su ejecución posterior.

Cuando no se consigue ese acuerdo, gran parte de la labor de asistencia del abogado se centra en la conducción adecuada y en la preparación de las pruebas para acreditar las circunstancias familiares y el mejor derecho del cliente, especialmente en el tema del reparto de funciones en el ejercicio de la patria potestad sobre los hijos, el régimen de visitas más adecuado para el menor, y la cuantía de la pensión de alimentos en proporción a la capacidad económica del alimentante y a las necesidades de los hijos, y en beneficio de estos últimos.

Temas como el consentimiento de ambos padres para la salida del país del menor, o el cambio de lugar habitual de residencia o domicilio a otra ciudad, o la autorización para la expedición de pasaporte y documento de identidad, son cuestiones esenciales que también se dirimen en este tipo de procedimiento.

Ruptura Matrimonio Comunitario. Situación Administrativa:

Si somos residentes en España, con una tarjeta comunitaria que depende de nuestra pareja o cónyuge, debe saber, que en caso de ruptura matrimonial o disolución de pareja de hecho antes de los 3 años de haberse casado o registrado como pareja, puede perder su residencia legal.

Nuestro equipo de abogados, especialistas en Extranjería, le ayudará para que no pierda su residencia legal en España.

Situación en caso ruptura pareja o divorcio:

Supuesto de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de inscripción como pareja registrada; el cónyuge podrá mantener su condición de residente comunitario, cuando se acredite uno de los siguientes supuestos:

  • Duración de tres años del matrimonio o situación de pareja registrada, hasta el inicio del procedimiento judicial de nulidad o divorcio, o de la cancelación de inscripción de pareja.

Además, debe acreditarse que, en esos tres años, se ha producido un año de convivencia en España.

  • Otorgamiento por mutuo acuerdo o decisión judicial de la custodia de los hijos del ciudadano de la Unión, al excónyuge o expareja registrada.
  • Concurrencia de circunstancias especialmente difíciles, tales como haber sido víctima de violencia de género o haber sido sometido por su cónyuge o pareja a trata de seres humanos durante el matrimonio o situación de pareja.
  • Resolución judicial o acuerdo mutuo que determine el derecho de visita, al hijo menor, del excónyuge o expareja, cuando dicho menor resida en España.

Validez y vigencia de la tarjeta:

  • Se debe comunicar a la Oficina de extranjería correspondiente la variación de circunstancias, o sea, se tiene que presentar el testimonio del divorcio y la baja, en el registro de pareja de hecho, mediante un escrito fundamentado (lo hacemos nosotros en el despacho), en ese caso, se mantendrá por el extranjero, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión que tenga concedida hasta la vigencia de la misma, siendo documentado en su renovación con una tarjeta en la que no habrá referencia al familiar que le otorgó el derecho.
  • Dicha tarjeta no otorgará derechos a terceros en régimen comunitario, aunque si podrá hacerlo en régimen general, previo cumplimiento de los requisitos exigibles.
  • Exclusión de padres e hijos en caso de divorcio o ruptura pareja de hecho:
  • En el supuesto de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de  inscripción como pareja registrada; quedan excluidos del ámbito de aplicación del régimen comunitario los ascendientes(padres) y los descendientes(hijos) directos del familiar de nacionalidad extracomunitaria, así como el ex cónyuge o ex pareja que no cumpla los requisitos exigidos en el artículo 9.4 del Real Decreto 240/2007, salvo que, en este último caso, ya fueran titulares de una tarjeta de residencia permanente en régimen comunitario.
  • En estos supuestos, para continuar residiendo legalmente en España, el extranjero deberá obtener una autorización de residencia o de residencia y trabajo, al amparo de lo dispuesto en la normativa del régimen general de extranjería (artículo 200.3 del Real Decreto 557/2011), disponiendo de un plazo para la presentación de la solicitud de tres meses a computar desde la fecha en que se produce el hecho que motiva la extinción del derecho de residencia en régimen comunitario.

 

Pareja de hecho. Ruptura o separación:

 

Siempre que tenga una Tarjeta Comunitaria, por ser pareja de hecho de un español o comunitario, debe mantenerse en ese estatus legal de convivencia legal con su pareja, hasta pasado los 3 años de inscripción en el registro de uniones de hecho.

 

En caso de ruptura y anulación en el registro de dicha unión, si no cumple el requisito de los 3 años, va a perder su residencia comunitaria.

 

En nuestro despacho de abogados, le vamos orientar en todo el proceso de divorcio o disolución del vínculo con su pareja; además, efectuamos la comunicación a extranjería del cambio de su Status y le podemos tramitar una modificación de su Tarjeta de Residencia Comunitaria, si el vínculo no ha durado más de 3 años, en ese caso, podrá seguir residiendo en España de forma legal, para ello, podemos solicitar la autorización de residencia o residencia y trabajo (artículo 200.3 del Real Decreto 557/2011), siempre disponemos, de un plazo de 3 meses para la presentación de la solicitud desde el divorcio.

 

TELÉFONO DE CITA: 915482289

WHATSAPP: +34 636979399

CALLE GRAN VÍA 61, 1º-3, 28013, MADRID.

 

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