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junio
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Solicitud Padrón Ayuntamiento por Vía Telemática. Gestión Alta, cambio y Baja domicilio.
Desde que estamos en Estado de Alarma por el COVID-19 en España, se han incrementado las gestiones de Solicitudes de Alta, Cambio, Baja y demás trámites relacionados con el Padrón Municipal a través de nuestro despacho de abogados en Madrid centro, cuya gestión la efectuamos como abogados colegiados por la Sede Electrónica del Ayuntamiento correspondiente.
En el ámbito de la extranjería si un inmigrante desea regularizar su situación administrativa y obtener su documentación siempre le requerirán estar empadronado, ya sea para un trámite de ARRAIGO SOCIAL, LABORAL, FAMILIAR, TARJETA COMUNITARIA, PAREJA DE HECHO, REAGRUPACIÓN FAMILIAR, ASILO O PROTECCIÓN INTERNACIONAL y demás procesos que le requerirán el padrón individual o familiar, por lo que, lo podrá solicitar a través de Vía telemática con nuestro Despacho de Abogados en Madrid centro, solicitando Cita en el 915482289.
En tal sentido, toda persona que viva en España, está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente.
Quien viva en más de un municipio se inscribirá únicamente en el que resida durante más tiempo al año.
Cuando se produzca un cambio de domicilio dentro del término municipal de Madrid, el interesado debe solicitar la realización de dicho cambio en el Padrón.
Por tanto, si es extranjero y reside en España ya sea con su Tarjeta de Residencia o sea inmigrante y esté de manera indocumentada, pero desea tramitar su NIE, deberá efectuar diferentes trámites o solicitud dentro del ámbito de extranjería, civil, penal, fiscal o laboral donde es obligatorio que disponga de su Padrón de su domicilio, cuya solicitud y gestión la podemos efectuar Vía Online al ser abogados y estar autorizados.
Tanto si se quiere dar de Alta en el Padrón por primera vez, o darle de Alta a algún familiar o persona con la cual desee convivir, solicitar la Baja o cualquier otra gestión referida al Padrón Municipal de su Ayuntamiento, es importante que sea conocedor que existe la posibilidad de efectuar dicha tramitación o solicitud por Vía Telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, con la Autorización debida y demás documentación que le requerirá nuestro equipo de abogados colegiados para su debida gestión.
La documentación a aportar dependerá de cada caso particular, contemplando los siguientes apartados:
-Documentos en vigor que acreditan la identidad
-Documentos que acreditan la representación
-Documentos que acrediten el uso de la vivienda
Nuestro Despacho de abogados en Madrid centro ubicado en la Calle San Bernardo 13, 1º-Izquierda, esquina Gran Vía, abogados colegiados, le facilitaremos todos los Modelos, Impresos, Hoja Padronal para su firma o en su caso “Declaración de responsabilidad para que los datos incluidos en la hoja padronal que se acompaña se consideren veraces”; en caso de inscripción de menores el libro de familia o certificado de nacimiento, acompañado de alguno de estos documentos:
-Autorización del otro progenitor que se recogerá preferentemente en el espacio reservado a tal efecto en la hoja padronal..
-Guardia y custodia del menor en exclusiva otorgada a dicho progenitor por resolución judicial.
-Guardia y custodia compartida otorgada por resolución judicial. En este caso se requiere además autorización del otro progenitor, salvo que la resolución judicial fije el domicilio del menor, en cuyo caso se estará a lo que fije dicha resolución. Si la resolución judicial establece que la residencia del menor será de forma alternativa con ambos progenitores, necesitará autorización del otro progenitor o resolución judicial que establezca que el menor se empadronará con él.
-Certificado de empadronamiento (expedido con una antelación máxima de tres meses), en el que conste que el menor figura empadronado en el otro domicilio solo con el progenitor que solicita el empadronamiento (si el domicilio anterior es en Madrid, se comprobará de oficio).
-Menor que se empadrona con personas diferentes a sus progenitores: autorización de ambos progenitores o en casos de tutela o acogimiento la resolución judicial o administrativa donde se establezca.
En cuanto a los documentos que va a necesitar para el Uso de la Vivienda, le orientaremos según sea el caso y las circunstancias para que pueda aportar:
Documentos que acreditan el uso de la vivienda:
Última factura de compañía suministradora de telefonía fija, servicio de acceso a internet fijo (fibra o ADSL), agua (Canal de Isabel II o de empresas de lectura y facturación de agua), electricidad o gas o contrato de suministro formalizado dentro del año anterior a la fecha de la solicitud, donde figuren reflejadas la dirección del suministro y el nombre y apellidos del titular del suministro.
Escritura o contrato de compraventa (únicamente válido si no hay personas empadronadas con posterioridad a la fecha del contrato o la escritura) o contrato de arrendamiento en vigor (en contratos prorrogados, último justificante del pago del alquiler con nombre del arrendador, arrendatario, periodo de pago y domicilio del arrendamiento) o Nota del Registro de la Propiedad.
Siempre recuerde que el Ayuntamiento está facultado para pedir documentos adicionales acreditativos del uso del domicilio para comprobar la veracidad de los datos contenidos en el padrón municipal.
Para efectuar la correcta gestión de Alta, Cambio, Bajas y solicitudes diversas por Vía telemática en la Sede Electrónica del Ayuntamiento correspondiente debe llamarnos a los siguientes números de Teléfono:
Teléfonos Despacho Abogados: 915482289 y 807505577.
Correo electrónico: abogados@judithtabares.com
Página web:www.judithtabares.com