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Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura 2024. Solicitud de Autorización de Residencia y Trabajo en España.

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Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura 2024. Solicitud de Autorización de Residencia y Trabajo en España.

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En nuestro Despacho de Abogados en Madrid Centro, le vamos a tramitar la AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA al trabajador que quiere venir a España a trabajar legalmente, aportando a la Oficina de Extranjería, de cualquier parte del España, todos los requisitos exigidos para este tipo de autorización.

Recuerden que PERÚ  y CHILE tienen acuerdo con España y por tanto, se les exime a sus nacionales, de aplicar el Catálogo de difícil Cobertura para que pueda solicitar la autorización de residencia y trabajo, así como, los SUPUESTOS ESPECÍFICIOS del Artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

 

Resolución de 22 de diciembre de 2023, de  la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se publica el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura para el primer trimestre de 2024.

El artículo 65 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, en la versión aprobada por el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, por el que se modifica este reglamento, dispone que, a los efectos de determinar la situación nacional de empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal elaborará, con periodicidad trimestral, de acuerdo con la información suministrada por los servicios públicos de empleo autonómicos y previa consulta de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, un Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura para cada provincia o demarcación territorial que, en su caso, establezca la correspondiente administración autonómica, así como para Ceuta y Melilla.

En las provincias insulares, el catálogo podrá establecerse para cada isla o agrupación de ellas.

La reforma del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, constituyó una oportunidad para mejorar el proceso de elaboración y el contenido del Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura. A tal efecto, ha cobrado especial relevancia desde entonces la labor de los grupos de trabajo en el seno de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración, en los que se trata la determinación de la situación nacional de empleo. Para la confección de este catálogo, el Servicio Público de Empleo Estatal ha tenido en cuenta criterios técnicos acerca del impacto sobre el empleo de la inclusión de las ocupaciones relacionadas con el sector de Marina Mercante, así como de los entrenadores y deportistas profesionales. Estos criterios se han establecido conjuntamente con las unidades de la Administración General del Estado, que por su ámbito de actividad tienen autoridad y conocimiento sobre las materias relacionadas con dichas ocupaciones.

La calificación de una ocupación como de difícil cobertura implica la posibilidad de tramitar la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena dirigida al extranjero. Así conforme a la competencia que el mencionado artículo 65 confiere al Servicio Público de Empleo Estatal, esta Dirección General ha elaborado el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, con vigencia para el primer trimestre de 2024, habiendo sido consultada la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.

En su virtud, dispongo: La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, incluyéndose su contenido en el anexo adjunto. Madrid, 22 de diciembre de 2023.–El Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, Gerardo Gutiérrez Ardoy.

 

ANEXO Definitivo Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura

CATÁLOGO DIFICIL COBERTURA DESGLOSADO POR PROVINCIA 2024

1.er trimestre 2024

Código Ocupación Comunidad Autónoma/Provincia 3721.

 

104.4 Deportistas profesionales.

3722.102.9 Entrenadores deportivos.

3151.101.4 Frigoristas navales. Ocupaciones aprobadas, a propuesta de la Administración General del Estado, en el sector de la Marina Mercante, que aparecen en todas las provincias costeras, más LLeida y Madrid.

3151.102.5 Jefes de máquinas de buque mercante.

3151.103.6 Maquinistas navales.

3151.104.7 Mecánicos de litoral.

3151.105.8 Mecánicos navales.

3152.104.4 Pilotos de buques mercantes.

3152.106.6 Sobrecargos de buques.

3833.101.5 Oficiales radioelectrónicos de la marina mercante.

5110.101.5 Cocineros de barco.

5821.101.8 Auxiliares de buques de pasaje.

5821.103.6 Camareros de barco.

5821.104.5 Mayordomos de buque.

8192.101.0 Caldereteros (maestranzas).

8192.102.1 Engrasadores de máquinas de barcos.

8340.101.5 Bomberos de buques especializados.

8340.102.6 Contramaestres de cubierta (excepto pesca).

8340.103.7 Marineros de cubierta (excepto pesca).

8340.104.8 Mozos de cubierta.

7132.101.3 Carpinteros de aluminio, metálico y PVC.

 

Ocupaciones para todas las provincias.

 

7132.102.4 Montadores de carpintería metálica, aluminio y PVC.

7510.101.5 Instaladores electricistas de edificios y viviendas.

7510.103.3 Instaladores electricistas, en general. 8332.105.2 Conductores-operadores de grúa en camión.

8332.106.3 Conductores-operadores de grúa fija, en general.

8332.107.4 Conductores-operadores de grúa móvil.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 5 Viernes 5 de enero de 2024 Sec. III. Pág. 1732

cve: BOE-A-2024-322

Verificable en https://www.boe.es

 

IMPORTANTE:

Cualquier empresa puede contratar a un trabajador extranjero, siempre que resida fuera de España, y que la ocupación esté en el Catálogo de Difícil Cobertura; en este sentido, se hará un proceso de solicitud de Autorización Inicial de Residencia y Trabajo, ya no tendrá que pedir autorización al SEPE para cubrir dicho puesto, por tanto, a través de esta vía, cualquier extranjero puede residir legalmente en España.

 

En nuestro Despacho de Abogados en Madrid centro, calle Gran Vía 61, 1-3, Madrid, le vamos orientar, gestionar y solicitar todo el proceso de Solicitud de Autorización de residencia y Trabajo de un extranjero que quiera residir en España, ya sea de Perú y Chile, o dicho si, dicho puesto, se encuentra en el referido Catálogo de Difícil Cobertura 2024 o está dentro del artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000, que se establece a continuación: 

Artículo 40. Supuestos específicos de exención de la situación nacional de empleo.

 

1. No se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo cuando el contrato de trabajo vaya dirigido a:

a) Los familiares reagrupados en edad laboral, o el cónyuge o hijo de extranjero residente en España con una autorización renovada, así como al hijo de español nacionalizado o de ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Espacio Económico Europeo, siempre que estos últimos lleven, como mínimo, un año residiendo legalmente en España y al hijo no le sea de aplicación el régimen comunitario.

b) Los titulares de una autorización previa de trabajo que pretendan su renovación.

c) Los trabajadores necesarios para el montaje por renovación de una instalación o equipos productivos.

d) Los que hubieran gozado de la condición de refugiados, durante el año siguiente a la cesación de la aplicación de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951, sobre el Estatuto de los Refugiados, por los motivos recogidos en el supuesto 5 de la sección C de su artículo 1.

e) Los que hubieran sido reconocidos como apátridas y los que hubieran perdido la condición de apátridas el año siguiente a la terminación de dicho estatuto.

f) Los extranjeros que tengan a su cargo ascendientes o descendientes de nacionalidad española.

g) Los extranjeros nacidos y residentes en España.

h) Los hijos o nietos de español de origen.

i) Los menores extranjeros en edad laboral con autorización de residencia que sean tutelados por la entidad de protección de menores competente, para aquellas actividades que, a criterio de la mencionada entidad, favorezcan su integración social, y una vez acreditada la imposibilidad de retorno con su familia o al país de origen.

j) Los extranjeros que obtengan la autorización de residencia por circunstancias excepcionales en los supuestos que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, cuando se trate de víctimas de violencia de género o de trata de seres humanos.

k) Los extranjeros que hayan sido titulares de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada, durante dos años naturales, y hayan retornado a su país.

l) Los extranjeros que hayan renunciado a su autorización de residencia y trabajo en virtud de un programa de retorno voluntario.

2. Tampoco se tendrá en cuenta la situación nacional de empleo, en las condiciones que se determinen reglamentariamente para:

a) La cobertura de puestos de confianza y directivos de empresas.

b) Los profesionales altamente cualificados, incluyendo técnicos y científicos contratados por entidades públicas, universidades o centros de investigación, desarrollo e innovación dependientes de empresas, sin perjuicio de la aplicación del régimen específico de autorización aplicable de conformidad con la presente Ley.

c) Los trabajadores en plantilla de una empresa o grupo de empresas en otro país que pretendan desarrollar su actividad laboral para la misma empresa o grupo en España.

d) Los artistas de reconocido prestigio.

 

TELÉFONO CITA: 915482289

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www.judithtabares.com

2 Comentarios

  • Pavel
    Responder 30 marzo, 2024 at 1:33 am

    Hola soy de Cuba, busco trabajo en españa, como me pueden ayudar a lograrlo, califico para algunos puestos de difícil cobertura, no importa donde sea, saludos

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