Declaración de la Renta Ejercicio 2024-2025. Novedades. Deducciones. Plazos.

Novedades y cambios en la Renta 2024 – 2025.
En nuestro despacho de Abogados en Madrid Centro, le vamos a orientar, es viable o no, a que tenga que efectuar la Declaración de la Renta del ejercicio 2024, que se debe presentar en el 2025.
Muy importante, las Empleadas de Hogar que el año 2024 trabajaron, ya sea, con un solo pagador o varios, hay que valorar los límites de ingresos anuales, de esta manera, se efectuará de manera correcta, siempre con nuestro asesoramiento.
Fechas presentación online de la declaración de la Renta:
Desde el 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025, los contribuyentes podrán hacer su declaración de la Renta por Internet a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Esta es la forma más rápida y utilizada por los ciudadanos para completar el proceso.
6 de mayo – 30 de junio: presentación por teléfono (cita previa desde el 29 de abril).
2 de junio – 30 de junio: atención presencial en oficinas de Hacienda (cita previa desde el 29 de mayo).
25 de junio: último día para presentar declaraciones con domiciliación bancaria.
Siempre lo recomendable es revisar el borrador de la Renta por si a Hacienda se le hubiera olvidado incluir algún dato.
La obligación de presentar la declaración de la Renta depende de los ingresos obtenidos durante el ejercicio 2024. De manera general:
Personas con ingresos del trabajo superiores a 22.000 euros de un solo pagador.
Contribuyentes con ingresos superiores a 15.876 euros, si tienen varios pagadores cuando la suma del segundo y siguientes no supere los 1.500 euros.
Autónomos: todos están obligados a presentar la declaración, independientemente de sus ingresos.
Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital: están obligados a presentar la declaración, aunque no tributen.
Desempleados que perciban prestaciones por más de 15.876 euros anuales.
Por otro lado, algunos contribuyentes están exentos de presentar la declaración si cumplen ciertos requisitos, como ingresos inferiores a los límites establecidos o determinados rendimientos exentos.
Novedades:
Pago de la renta a través de Bizum. Los contribuyentes podrán pagar su declaración del IRPF mediante Bizum, además, de los métodos tradicionales como domiciliación bancaria, cargo en cuenta, NRC (Número de Referencia Completo) o pago en oficina bancaria.
Cuidado, pues, cada entidad bancaria establece límites de uso para Bizum, por lo que, es recomendable comprobar las condiciones antes de realizar el pago.
Otra cuestión importante, es que, los perceptores de prestaciones por desempleo (parados), no están obligados a presentar la declaración este año.
Cambios en la reducción por rendimientos del trabajo en 2025:
La reducción fiscal máxima para trabajadores con rentas inferiores a 19.747,5 euros aumenta a 7.302 euros, frente a los 6.498 euros del año anterior. Esta medida beneficia principalmente a trabajadores con ingresos bajos y medios.
Además, con la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) a 16.576 euros anuales en 14 pagas (1.184 euros mensuales), las empresas comenzarán a aplicar retenciones de IRPF a sus trabajadores.
Este cambio solo afectará a aproximadamente el 20% de los beneficiarios y será visible para la renta el próximo año.
Cambios en la deducción por alquiler de vivienda:
A partir de 2024, los propietarios que alquilen su vivienda pueden aplicar diferentes reducciones fiscales en función de la fecha del contrato y ciertas condiciones.
Para contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023, se mantiene la reducción del 60%. Para contratos firmados entre el 26 de mayo y el 31 de diciembre de 2023, la reducción varía entre un 90%, 70%, 60% o 50% según las condiciones del alquiler.
Para contratos firmados desde el 1 de enero de 2024, la reducción puede llegar hasta el 90% si el alquiler está en una zona de mercado residencial tensionado y el propietario ha rebajado la renta en más de un 5%. También se aplica una reducción del 70% si es la primera vez que se alquila y el inquilino tiene entre 18 y 35 años. En otros casos, la reducción oscila entre el 60% y el 50%.
Nuevo sistema de corrección de errores en la declaración:
Desde 2025, Hacienda introduce un sistema único de corrección de autoliquidaciones, este nuevo sistema permitirá a los contribuyentes modificar, completar o rectificar su declaración sin necesidad de esperar una resolución administrativa.
Aumento de la deducción por maternidad:
Las madres trabajadoras podrán aumentar la deducción en 1.000 euros adicionales por gastos de guardería del hijo menor de tres años, también se aplicará a guarderías sin autorización educativa, siempre que cuenten con la autorización de apertura y funcionamiento.
Exención de impuestos para afectados por la DANA. Las personas damnificadas por la DANA no tendrán que tributar por las ayudas recibidas.
Las ayudas exentas de IRPF incluyen:
Ayudas por desalojo de vivienda habitual:
Compensaciones por daños personales y materiales.
Si el importe de la indemnización supera el valor del daño, se considerará ganancia patrimonial, pero estará exenta de gravamen. Para los autónomos afectados, se aplicará una reducción del 25% del rendimiento neto de módulos en IRPF y la posibilidad de renunciar a módulos en la declaración de 2024.
Si el importe total de las ayudas y de la indemnización del Consorcio supera el valor de adquisición del bien dañado, se considerará ganancia patrimonial, pero estará exenta de gravamen si no supera el importe recibido. Si las ayudas no alcanzan el valor del daño, se registra una pérdida patrimonial.
Las ayudas de los empleadores a empleados por daños personales o materiales estarán exentas de IRPF, salvo que el importe supere el valor acreditado de los daños, en cuyo caso el exceso sí tributa.
Para los autónomos en módulos en zonas afectadas, se mantiene una reducción del 25% adicional sobre el rendimiento neto, además del 5% general de 2024, y también se aplica al IVA en régimen simplificado.
Excepcionalmente se permite a estos autónomos renunciar al régimen de módulos en la declaración 2024, optando por estimación directa simplificada, sin necesidad de cumplir los requisitos formales habituales.
Devolución a mutualistas: nuevo sistema en 2025:
Los mutualistas jubilados que tienen derecho a la devolución del IRPF deberán estar atentos a los cambios normativos anunciados por Hacienda, ya que podrán solicitar toda la cantidad que les corresponde en un único pago durante 2025.
Inicialmente, la reforma fiscal contemplaba que estas devoluciones debían pedirse de forma fraccionada, es decir, año a año entre 2025 y 2028, por los importes abonados de más en los ejercicios fiscales de 2019 a 2022, tal como establecía una sentencia del Tribunal Supremo.
Hasta ese momento, los mutualistas podían reclamar la totalidad de lo pagado en exceso con una sola solicitud dirigida a la Agencia Tributaria. Sin embargo, el nuevo procedimiento previsto en la reforma limitaba esta opción, obligando a presentar una declaración por cada año afectado dentro del calendario correspondiente.
Entre las deducciones más importantes que se mantienen en la renta 2025 destacan:
Deducciones por donaciones a ONGs:
Se amplían los beneficios fiscales para donaciones a ONGs, los primeros 250 euros donados podrán deducirse en un 80% (antes solo 150 euros), y para importes superiores, la deducción pasa del 35% al 40%, pudiendo llegar hasta el 45% si se dona a la misma entidad durante varios años consecutivos.
Empleadas de Hogar:
En el caso de las empleadas de hogar hay que considerar dos tramos a la hora de cumplir con sus obligaciones fiscales.
Las empleadas de hogar cuyos ingresos hayan superado los 22.000 euros en 2024, con un único pagador están obligadas a realizar y presentar su Declaración de la Renta.
Las empleadas de hogar que hayan tenido más de un pagador están obligadas a presentar su declaración si se dan dos circunstancias. Si han ganado más de 15.876 euros, si has tenido más de un pagador.
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