Judith Tabares Abogados

Citas 915 48 22 89

Consultas 807 50 55 77

c/Gran Vía 61, 1º Local 3, Madrid 28013

 

DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE REPOSICIÓN EN PROCESO DE ASILO DENEGADO PARA OBTENER SU RESIDENCIA POR EL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERIA. ARRAIGOS Y VÍA EXCEPCIONAL.

Bufete de abogados | Judith Tabares Abogados > Abogados Madrid  > DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE REPOSICIÓN EN PROCESO DE ASILO DENEGADO PARA OBTENER SU RESIDENCIA POR EL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERIA. ARRAIGOS Y VÍA EXCEPCIONAL.

DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE REPOSICIÓN EN PROCESO DE ASILO DENEGADO PARA OBTENER SU RESIDENCIA POR EL NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERIA. ARRAIGOS Y VÍA EXCEPCIONAL.

Solicitantes de asilo y nuevo reglamento
Compartir Artículo

¿Cómo renunciar al Recurso de Reposición de su asilo denegado, de manera legal, para que pueda solicitar una Residencia por Circunstancias Excepcionales por razón de arraigo?

Si iniciaste un proceso de solicitud de asilo, te lo han denegado y has presentado un Recurso de Reposición, que sigue en tramitación y deseas REGULARIZAR tu situación legal en España y ser residente, es muy importante, que efectuemos un DESISTIMIENTO LEGAL de dicho Recurso, antes del 20/05/2025, que entra en vigor el Nuevo Reglamento de Extranjería, Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; a través de dicho Desistimiento, podemos solicitarte algún tipo de autorización por razón de arraigo establecidos en dicho reglamento.

Según establece el nuevo reglamento de extranjería, para que dichos solicitantes de asilo, puedan solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales, a través de las figuras de los “arraigos”, deben cumplir determinados requisitos, entre ellos, acreditar SEIS MESES DE SITUACIÓN IRREGULAR EN ESPAÑA, inmediatamente anterior a la presentación de dicha solicitud.

Esta solicitud de autorización por razón de arraigo, podrá ser solicitada durante los DOCE MESES siguientes a la entrada en vigor del nuevo reglamento de extranjería, por tanto, desde el 20/05/2025 hasta el 20/05/2026; aunque dicho plazo puede ser prorrogado, si así lo dispone el Consejo de Ministros.

La solicitud de DESISTIMIENTO del RECURSO DE REPOSICIÓN por DENEGACIÓN DEL ASILO, emitido por el Ministerio del Interior, lo podemos efectuar en nuestro despacho de abogados en Madrid centro, como abogados colegiados y especialistas.

Procedimiento de Desistimiento del recurso de reposición antes del 20 de mayo de 2025 que entra en vigor el Nuevo Reglamento de Extranjería:  

En términos generales, tras presentar el recurso de reposición, por denegación de su asilo, la persona recurrente, puede decidir no continuar con su tramitación desistiendo del mismo.

Las vías para efectuar legalmente dicho desistimiento del Recurso de Reposición, pueden ser mediante, en un principio, mediante un escrito dirigido al Ministerio de Interior (OAR); donde nos conste su Justificante de presentación de dicha solicitud o mediante un “Formulario de desistimiento”, específico, que ostenta el Ministerio de Interior en su Sede electrónica, donde la Administración dictará una Resolución Firme, aceptándolo de pleno,  emitirá un Certificado de desistimiento, para que pueda servir, a los efectos de que pueda optar a algunas de las  diferentes vías de regularización legalmente establecidas. 

Si se opta por la vía de solicitar el Desistimiento de su Recurso de Reposición a través de la sede legal del Ministerio de Interior, una vez presentada dicha solicitud, para obtener la “Resolución firme” de Desistimiento de su recurso, deberá esperar 72 horas y acceder a través del formulario específico para la “Descarga de resolución de desistimiento de recurso de reposición”.

 Desistir un recurso de reposición significa apartarse del mismo, no continuar con su tramitación procediendo la administración a su archivo”.

En nuestro despacho de abogados, le podemos gestionar y tramitar dicha solicitud de desistimiento por la sede electrónica, con nuestro carné de abogados, dirigido para aquellos solicitantes de asilo, que tengan un Recurso de reposición, ya que permite solicitar y obtener la resolución firme de desistimiento del recurso de forma ágil y eficaz.

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD EN LA SEDE ELECTRÓNICA CON PODER PARA ABOGADOS:

Para realizar correctamente la solicitud de desistimiento de su recurso de reposición y así obtener su Resolución Firme de desistimiento, nos puede APODERAR como abogados colegiados, ya sea a través del Portal APODERA, para ello, debe tener su Certificado Digital o ante el Notario pertinente, que le vamos a recomendar.

 ACCESO EN NOMBRE PROPIO

Para presentar la solicitud de desistimiento del recurso de reposición en su propio nombre deberá acreditar su identidad accediendo con Cl@ve o certificado.

 ACCESO REPRESENTANTE

Para presentar la solicitud de desistimiento del recurso de reposición en nombre de otra persona (como REPRESENTANTE) deberá acreditar su identidad accediendo con Cl@ve o certificado.

 Para acreditar su representación debe estar registrado en el Registro Electrónico de Apoderamientos (REA).

Las resoluciones dictadas en los procedimientos de protección internacional son recurribles en vía administrativa pudiendo presentar un recurso de reposición en los siguientes casos:

1.- Resoluciones desfavorables de solicitudes presentadas en territorio español.

2.- Resoluciones desfavorables de solicitudes presentadas en puestos fronterizos o centros de internamiento de extranjeros tramitadas por el procedimiento ordinario.

3.- Resoluciones que desestimen las peticiones de reexamen de las solicitudes presentadas en puestos fronterizos o centros de internamiento de extranjeros.   

El recurso de reposición es un recurso de carácter potestativo. Eso significa que la persona interesada puede decidir si hace uso de él, sin que, sea obligatorio presentarlo como requisito para interponer posteriormente un recurso judicial contra la resolución que denegó la protección solicitada.

Por tanto, en la actualidad, los organismos pertinentes, están redactando las INSTRUCCIONES o DIRECTIVAS INTERNAS para concretar y desglosar los requisitos que se van a exigir en todos los supuestos que se establecen en el nuevo reglamento de extranjería.

No obstante, lo importante, es que tanto los solicitantes de asilo a los que todavía NO LES HA LLEGADO la Resolución de su solicitud, cómo aquellos, que ya han RECURRIDO en Reposición su denegación, deben estar bien informados, pues a partir del 20/05/2025 se establece una VÍA EXCEPCIONAL de UN AÑO, o sea, hasta el 20/05/2026, para que en determinados supuestos, puedan obtener su residencia, siempre que acrediten SEIS MESES DE IRREGULARIDAD; por lo que, cabría la opción de DESISTIR LEGALMENTE de su Recurso de reposición y que opte a alguna vía de solicitud de residencia por razón de determinados arraigos, como son el arraigo social, socio-laboral o socio-formativo.

Para aquellos solicitantes de asilo que le denieguen su trámite después del 20/05/2025 o los que DESISTAN del Recurso de Reposición, después de dicha fecha, ya tendrán que esperar DOS AÑOS ESTANDO IRREGULAR para que puedan optar a una autorización de Residencia y Trabajo por razón de arraigo.

RECOMENDACIONES:

Pida cita en nuestro despacho de abogados colegiadas en Madrid centro, somos especialistas en extranjería y así veremos su situación administrativa en España y opciones viables, para que pueda obtener una autorización de residencia y trabajo por las diferentes vías del nuevo Reglamento de Extranjería.

TELÉFONO CITA: 915482289

TELÉFONO CONSULTAS: 807505577

DIRECCIÓN DESPACHO: CALLE GRAN VÍA 61, 1-3, 28013, MADRID.

INSTAGRAM: @abogadosjudithtabares

No Comments

Leave a Comment

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Este sitio Web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia de navegación, realizar tareas de análisis y ofrecer un mejor servicio. Al pulsar el botón aceptar da su consentimiento a nuestra política de cookies. política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies