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Despido de empleadas de hogar en España (2026): normativa actual, indemnización y derechos.

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Despido de empleadas de hogar en España (2026): normativa actual, indemnización y derechos.

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El régimen laboral de las empleadas de hogar en España ha experimentado cambios clave en los últimos años, especialmente tras las últimas reformas legales en materia laboral y de prevención de riesgos.

Si eres empleador o trabajadora del hogar, es fundamental conocer cómo despedir correctamente, qué indemnización corresponde y qué derechos existen, ya que un error puede suponer sanciones o un despido improcedente.

 

Novedades legales:

Las empleadas de hogar tienen actualmente derechos equiparables al resto de trabajadores, con algunas particularidades:

-Seguridad y salud laboral.
Desde noviembre de 2025 será obligatorio realizar una evaluación de riesgos laborales en el domicilio, así como proporcionar formación en prevención y vigilancia de la salud.

-Contrato y salario.
La relación laboral debe formalizarse obligatoriamente por escrito. El salario no puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional.

-Jornada y descansos.
La jornada máxima es de 40 horas semanales, con un descanso semanal mínimo de 36 horas consecutivas.

-Derecho al paro.
Se reconoce el derecho a la prestación por desempleo, siendo obligatorio cotizar por desempleo y FOGASA.

 

¿Cómo despedir a una empleada de hogar correctamente?

El despido de una empleada del hogar debe realizarse siguiendo estrictamente la normativa vigente. De lo contrario, puede ser declarado improcedente.

Existen varias formas de extinción del contrato:

 

Despido disciplinario:

Se produce cuando existe un incumplimiento grave y culpable por parte de la trabajadora, como ausencias injustificadas, robos o falta de puntualidad reiterada.

Debe realizarse obligatoriamente por escrito, detallando los hechos, indicando fechas y concretando el momento en que el despido tiene efectos.

Si no se cumplen estos requisitos, el despido podrá ser declarado improcedente.

 

Extinción por causas objetivas:

Actualmente ya no se puede finalizar el contrato sin causa. Es necesario justificar el despido por motivos como disminución de ingresos, cambios en las necesidades familiares o pérdida de confianza.

Es obligatorio entregar una carta por escrito indicando claramente la causa.

Debe respetarse un preaviso de 20 días si la relación ha durado más de un año, o de 7 días si ha sido inferior. En caso de no respetarse, deberá abonarse el salario correspondiente.

La indemnización es de 12 días por año trabajado, con un máximo de seis mensualidades.

 

Despido durante el periodo de prueba:

El periodo de prueba puede durar hasta dos meses y debe constar por escrito en el contrato.

Durante este periodo, cualquiera de las partes puede finalizar la relación sin necesidad de indemnización.

 

Otras causas de extinción:

El contrato también puede finalizar por mutuo acuerdo, fin de contrato temporal, dimisión del trabajador o fallecimiento del empleador.

En este último caso, corresponde una indemnización equivalente a un mes de salario(fallecimiento del empleador).

 

Indemnización por despido:

La indemnización dependerá del tipo de despido:

En el despido por causas objetivas corresponde una indemnización de 12 días por año trabajado, con un máximo de seis mensualidades.

Si el despido es improcedente, la indemnización será de 20 días por año trabajado, con un máximo de doce mensualidades.

En caso de despido disciplinario procedente, no existe derecho a indemnización.

 

El finiquito:

El finiquito es obligatorio y debe incluir todas las cantidades pendientes: salario, vacaciones no disfrutadas y pagas extraordinarias.

Debe abonarse en el momento de la finalización del contrato. La trabajadora puede firmarlo como “no conforme” si no está de acuerdo.

Empleadas internas

Cuando la trabajadora reside en el domicilio familiar, existe una protección adicional.

La legislación española, específicamente tras la reforma del Real Decreto-ley 16/2022 y el Real Decreto 1620/2011, establece una protección especial para las empleadas del hogar en régimen interno, incluyendo limitaciones horarias específicas para el despido para garantizar la dignidad y seguridad de la trabajadora que reside en el domicilio.
 
Aquí se detallan los puntos clave sobre esta protección:
  • Limitación horaria de despido (17:00 a 8:00): La normativa protege a la trabajadora interna estableciendo que no puede ser despedida entre las 17:00 y las 8:00 horas, salvo en casos de extrema gravedad.
  • Excepción de extrema gravedad: Solo se permite la extinción contractual en esta franja horaria nocturna por causas muy graves o de desobediencia manifiesta que impidan la continuidad inmediata de la relación laboral, debiendo quedar justificado de forma fehaciente.
  • Abandono del domicilio: Si el despido se produce incumpliendo esta protección horaria, la empleada tiene derecho a abandonar el domicilio familiar sin consecuencias negativas y pudiendo reclamar la improcedencia del despido.
  • Derecho a descanso nocturno: La interna tiene derecho a un descanso nocturno, el cual se entiende como el periodo de pernocta sin trabajar (generalmente 12 horas entre jornadas).
  • Comunicación por escrito: Todo despido o desistimiento debe comunicarse por escrito, detallando las causas justificadas, y con la antelación de preaviso requerida (7 días si la antigüedad es menor a un año, 20 días si es superior).
     
Esta protección busca evitar situaciones de desamparo, donde la trabajadora, al ser también su lugar de vivienda, quede sin hogar de manera abrupta en horario nocturno.

 

Derecho a prestación por desempleo:

Las empleadas de hogar tienen derecho a paro siempre que hayan cotizado al menos 360 días.

La prestación será del 70% de la base reguladora durante los primeros seis meses y entre el 50% y el 60% posteriormente.

 

Baja en la Seguridad Social:

La baja debe tramitarse en un plazo máximo de tres días naturales desde la finalización del contrato.

Si la trabajadora realiza más de 60 horas mensuales, la gestión corresponde al empleador. En caso contrario, puede gestionarse por cualquiera de las partes.

 

Errores comunes que deben evitarse:

No realizar el despido por escrito
No justificar la causa
No respetar el preaviso
No abonar la indemnización o el finiquito

Cualquiera de estos errores puede convertir el despido en improcedente y generar importantes costes económicos.

 

En nuestro Despacho de Abogados expertos y especialistas en Derecho Laboral, vamos a ayudarle e informarle en cuanto a los derechos y obligaciones, tanto como trabajador o empleador dedl servicio doméstico y los temas de extranjería

Si estás ante un despido o necesitas realizarlo correctamente, es fundamental contar con asesoramiento legal especializado.

Analizamos tu caso, redactamos la carta de despido, calculamos indemnizaciones y defendemos tus derechos en todo el proceso.

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