PUBLICACIÓN B.O.E DE RESOLUCIONES DE ASILO O PROTECCIÓN INTERNACIONAL. RECURSOS ANTE DENEGACIÓN. NUEVA VÍA RESIDENCIA EN ESPAÑA.

La Subdirección General de Protección Internacional, NOTIFICA a los solicitantes de Asilo o de Protección Internacional, a través del Boletín Oficial del Estado, según lo dispuesto en los artículos 42 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que en resumen establece, que en caso de no ser posible practicar el aviso, por causas no imputables a la Administración, en el domicilio comunicado por los interesados, se procede a la notificación de la resolución del reconocimiento de las Razones Humanitarias, por el BOE.
Si está DENEGADO o es DESFAVORABLE su solicitud de Asilo, según el caso, dispone de UN MES, para que le presentemos ante la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), un excelente RECURSO DE REPOSICIÓN, donde debemos tomar Medidas para SUSPENDER LA EXPULSIÓN DE ESPAÑA; además, le aplicamos la DIRECTIVA COMUNITARIA para que PUEDA SEGUIR TRABAJANDO (CERTIFICADO DE TRABAJO); le solicitamos una AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA POR RAZONES HUMANITARIAS, para que esté legal en España y por último, le vamos a gestionar su CERTIFICADO DE ACTOS PRESUNTOS para que le restituyan su Tarjeta Roja o Hoja Blanca, hasta que podamos solicitar el ARRAIGO SOCIAL o para la Formación, entre otras opciones.
En la actualidad, proponemos efectuar un RECURSO DE REPOSICIÓN si su solicitud se lo han archivado, inadmitido a trámite o DENEGADO a los pocos meses de efectuarlo; en el caso, de que se DENIEGUEN antes del 20 de mayo de 2025, fecha en que entra en vigor el NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA, nuestro consejo, es que NO EFECTÚE EL RECURSO DE REPOSICIÓN, para poder ACCEDER A LA VÍA EXTRAORDINARIA DE REGULARIZACIÓN que se establece en el mismo.
En diversos casos, siempre le podemos solicitar un CERTIFICADO DE ACTOS PRESUNTOS, como estrategia para que le RESTITUYAN sus DERECHOS como solicitante de Asilo o Protección Internacional.
Además, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aceptado el criterio del Defensor del Pueblo, expresado en un informe, y ha dictado instrucciones para que la Seguridad Social no dé de baja en el sistema a los solicitantes de protección internacional a los que se les haya denegado el asilo de manera provisional y no con una resolución definitiva.
No habiendo sido posible practicar la notificación en el domicilio comunicado por los interesados a tal efecto, por el presente anuncio, se procede a la notificación del Requerimiento de la documentación que es necesaria para poder continuar con el procedimiento de reconocimiento de la protección internacional iniciado por las personas que se relacionan:
Regularización temporal para solicitantes de Asilo que se queden irregulares a partir de la entrada en vigor del Reglamento de Extranjería:
El Reglamento de Extranjería que entra en vigor el 20/05/2025, establece una NUEVA VÍA EXCEPCIONAL TEMPORAL DE UN AÑO, para los Solicitantes de asilo, os dejamos su transcripción: Reglamento de Extranjería.
Aquellas personas extranjeras que en el momento de la entrada en vigor de este reglamento se encuentren en situación irregular como consecuencia de una resolución denegatoria o desestimatoria firme en sede administrativa y, en su caso, judicial de su solicitud de protección internacional, y reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en el capítulo I del título VII excepto el de permanencia, podrán solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razones de arraigo siempre que hayan permanecido en territorio español en situación irregular al menos los seis meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de esta autorización.
Esta solicitud de autorización por razón de arraigo podrá ser solicitada durante los DOCE MESES siguientes a la entrada en vigor de este reglamento. El Consejo de Ministros podrá acordar la prórroga de los plazos señalados en esta disposición transitoria.
Requisitos exigidos:
Es un proceso temporal que pueden acceder los solicitantes de Asilo, solo hasta el 20 de mayo de 2026.
- Debes llevar en España 6 meses irregular. Este periodo de irregularidad debe ser inmediatamente anterior a la solicitud del arraigo, o sea, tienen un plazo para acreditar dicha «irregularidad», hasta el 19/11/2025.
- Deberás tener una Resolución denegatoria o desestimatoria de tu Asilo, bien en vía judicial o administrativa.
- Y además cumplir los requisitos generales y específicos de los Arraigos, salvo el requisito de la permanencia. Podrás elegir entre el arraigo social, sociolaboral, socio-formativo o familiar, según sea las circunstancias del solicitante de asilo.
Recuerden que el tiempo como solicitante de asilo, no se computa para la nacionalidad, ni para las figuras de los diferentes tipo de arraigo».
Disposición de la Resolución en la Carpeta Ciudadana:
Para poder descargar la Resolución, ya sea FAVORABLE o NO FAVORABLE, debe disponer de la CARPETA CIUDADANA, que es la vía que utiliza la administración para Notificarle su resolución.
Para ello, debe obtener el CERTIFICADO DIGITAL, cl@ve pin y cl@ve permanente.
En nuestro despacho de Abogados en Madrid centro, calle Gran Vía 61, Piso 1, Oficina 3, le vamos a realizar todo el proceso de activación y gestión de la cita en Hacienda, para que le den su CLAVE y así habilitar su Carpeta Ciudadana, de esa manera podrá acceder a sus notificaciones y Descargar la Resolución pertinente.
A continuación le adjuntamos los diferentes Listados del BOE, que han notificado en el 2024-2025, para que pueda verificar, si su Solicitud de Asilo o Protección Internacional está denegada o concedida.
LISTADOS COMPLETOS B.O.E. DE LA RESOLUCIÓN DE SOLICITUD DE ASILO O PROTECCIÓN INTERNACIONAL.
BOE 2025:
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMACIÓN DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 22 de enero de 2025 en procedimiento de Protección Internacional. 01 DE FEBRERO DE 2025.
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMACIÓN DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 9 de enero de 2025 en procedimientos de protección internacional.
BOE 2024:
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMACIÓN DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 23 de diciembre de 2024 en procedimientos de protección internacional.
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMACIÓN DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 12 de diciembre de 2024 en procedimientos de protección internacional.
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMACIÓN DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 8 de noviembre de 2024 en procedimientos de protección internacional. 15 de Noviembre de 2024.
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMACIÓN DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 9 de octubre de 2024 en procedimiento de Protección Internacional.15 de Octubre de 2024.
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMACIÓN DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 7 de agosto de 2024, en procedimiento de Protección Internacional. 15 de Agosto de 2024.
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMACIÓN DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 10 de junio de 2024 en procedimiento de Protección Internacional. 15 DE MAYO DE 2024.
S.G. DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 8 de julio de 2024 en procedimientos de Protección Internacional. 15 de JULIO de 2024.
S.G DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 9 de mayo de 2024 en procedimientos de Protección Internacional. 15 DE MAYO DE 2024.
S.G. DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 8 de abril de 2024 en procedimientos de Protección Internacional. 15 de Abril de 2024.
S.G. DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 8 de marzo de 2024 en procedimiento de Protección Internacional. 2 de Abril de 2024.
S.G. DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 8 de marzo de 2024 en procedimientos de Protección Internacional. 15 de marzo de 2024.
S.G. DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 9 de febrero de 2024 en procedimientos de Protección Internacional.15 de febrero 2024.
S.G. DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL. Anuncio de notificación de 8 de enero de 2024 en procedimientos de protección internacional. 15 de enero de 2024.