Ayuda o Ingreso Mínimo Vital. Requisitos. Solicitud y Cuantía de la Prestación o Renta.
El Gobierno en Consejo de Ministros aprueba la renta asegurada para familias vulnerables ha sido aprobado en Congreso de Ministro el 29 de mayo y entrará en vigor una vez se publique mañana en el BOE.
El ingreso mínimo vital es una renta mínima asegurada para las familias vulnerables cuyos ingresos mensuales no superen, en un principio, el 80% del IPREM, o sea, serían unos 450 euros, entre otros requisitos que habría que cumplir para tener acceso a ella.
En tal sentido, ya se conocen la mayoría de los aspectos fundamentales de la nueva ayuda articulada para aquellos hogares más vulnerables en situación de pobreza extrema que carecen de los ingresos mensuales necesarios para cubrir las necesidades básicas de las familias.
Además se realizará la petición no solo a través de la plataforma de la Seguridad Social, sino que se establecerá un medio de solicitud multicanal en el que otros organismos de la administración también puedan atenderlas.
La solicitud de la Prestación se podrá llevar a cabo desde el día posterior a la publicación de la norma en el BOE, previsto para el miércoles 27 de mayo, un día después de su aprobación en Consejo de Ministros.
Los beneficiarios de la ayuda económica por hijos a cargo lo recibirán de modo automático a partir de junio.
La cuantía de la ayuda variará en función del tipo de familia. El Ejecutivo ha definido
14 tipos de familias distintas y para cada una de ellas ha garantizado un nivel de renta, lo que quiere decir que
complementará los ingresos de cada familia hasta llegar a ese nivel. El mínimo será de
461,5 euros para las familias compuestas por un sólo adulto con un niño, mientras que el máximo rondará los
1.015 euros al mes.
Por cada miembro de más en la familia, se aumenta la presentación en 139 euros.
La renta mínima será compatible con el empleo. De hecho, está pensada también para las personas que trabajan pocas horas -con un contrato temporal o a tiempo parcial- y tienen muy pocos ingresos.
¿Qué es y en qué consiste la renta mínima vital? Requisitos.
Los requisitos de acceso al ingreso mínimo vital serán estrictos y estarán sujetos a una vigilancia de cumplimiento.
El proyecto pretende que puedan disfrutar de ese ingreso los ciudadanos, que no vivan acompañados, con rentas inferiores a 200 euros mensuales.
En el caso de que convivan con otra persona, además los ingresos inferiores a los citados 200 euros, deberían acreditar una renta familiar media inferior a los 450 euros.
El beneficiario deberá tener entre 23 y 65 años de edad, y demostrar el umbral de acceso por ingresos con un test de renta.
También podrán solicitarla los de 18 a 23 años si tienen menores a su cargo y llevan un año residiendo en España.
Además deberá justificar que está en búsqueda activa de empleo y demostrar que ha solicitado todas las ayudas, prestaciones y pensiones posibles de los diferentes niveles de la Administración, incluidas las de alimentos.
Para poder solicitarlo además, debe carecer de ingresos y no tener una vivienda en propiedad valorada en más de en más de 100.000 euros.
Cabe recordar que este ingreso mira la renta global de los hogares y que es compatible con otras ayudas.
Según el borrador uno de los requisitos indispensables para poder acceder a esta ayuda está relacionado con «tener residencia legal y efectiva en España, y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a la fecha de presentación de la solicitud».
No podrán acceder al ingreso mínimo quienes tengan un patrimonio superior a los 100.000 euros, un agregado de renta en el que no se incluirá finalmente el valor de la vivienda habitual.
Cuantías del Ingreso Mínimo Vital:
Así para quienes cumplan los requisitos se contemplan diferentes cuantías en función del número de cabezas de familia y de hijos a cargo.
La cuantía de las pagas iría desde los 461 euros en caso de que sea un adulto el perceptor del ingreso mínimo vital, hasta los 1.015 euros mensuales en caso de tratarse de dos adultos con más de dos hijos a su cargo los beneficiarios de la ayuda.
Se prevén rentas de 700 euros mensuales para un adulto con un hijo a cargo; 838 euros en caso de ser un adulto con dos hijos a cargo; y de 977 euros para un adulto con tres o más hijos a cargo.
En el caso de ser dos cabezas de familia, aparte del caso mencionado en el que se concedería la ayuda de 1.015 euros, si los beneficiarios son dos adultos sin hijo a cargo la ayuda ascenderá hasta los 600 euros al mes; hasta los 738 euros en caso de ser dos adultos con un menor a cargo; 877 euros si se trata de dos adultos con dos hijos a cargo; mientras que si se trata de tres adultos sin cargas se prevé una ayuda de 730 euros y de hasta 877 euros para tres adultos con un menor a cargo.
Sanciones en caso de fraude:
Si la Administración no puede corroborar algún requisito podrá suspender de manera cautelar la prestación y solicitar dicha documentación. Si en un plazo de tres meses no se presenta, se extinguirá la ayuda.
Asimismo, el Gobierno impondrá multas a quienes no destinen la ayuda a necesidades básicas o a quienes cometan fraude. Estas irán desde un mes sin prestación (máximo de 1.015 euros) hasta todo un semestre (6.090 euros). Además, deberán devolver la cantidad recibida.
Correo: abogados@judithtabares.com
Juan Carlos Garcia Rodriguez
26 mayo, 2020 at 4:40 pmHola buenas tardes, mi nombre es Juan Carlos Garcia Rodriguez estuve en españa durante 12 años, me vine estando mis documentos en tramite hace, 8 años ,quisiera saber si puedo volver a recuperar mis documentos el numero de nie x5080007-c mi correo electronico es juancho88542@yahoo.com
Judith Tabares Iglesias
26 mayo, 2020 at 9:20 pmHola: Cuando dices en trámite intuyo que nunca te dieron la autorización de residencia, por tanto, tienes que volver a empezar ya que nunca estuviste regular y así lo estuvieras, tendrías que haber residido en España, saludos, Judith
Belen
2 junio, 2020 at 6:42 amHola buenos días, mi nombre es María Belen, tengo un hermano que llego a España hace 13 meses, tiene ciudadanía Italiana y NIE. Él está empadronado en mi casa ya que cuando llegó se quedó unos meses con mi familia. Debido a situaciones personales, ya que vivo en un piso con mi marido y tengo tres niños tuve que buscarle una habitación para alquilar. Mi hermano tiene discapacidades físicas ya que tuvo un accidente hace años aunque no están reconocidas legalmente todavía.( Esta en proceso de revisión por todos los especialistas). No consigue trabajo y me estoy teniendo que hacer cargo yo y mi marido de sus gastos. La pregunta es si puede él al no tener trabajo ni ingresos solicitar la RENTA MINIMA VITAL, ya que esta empadronado en mi casa( donde alquila la hable le es imposible empadronarse), o si se puede realizar algún trámite para dejar constancia de que no vive en mi domicilio sino que alquila una habitación y que la estamos pagando nosotros.
Desde ya muchas gracias.
Judith Tabares Iglesias
3 junio, 2020 at 3:26 pmHola: Si quieres la podemos pedir, pero para ello necesita demostrar todo lo que dices y además cumplir los requisitos que establece el gobierno para ello, lo mejor es que pidas cita despacho en el 915482289 y valoramos el tema, por este medio es imposible saber si reúne o no, saludos, Judith
Carlos Yañez
5 junio, 2020 at 9:28 pmVivo con mi madre que cobra una pensión no contributiva de 395 euros, tiene 75 años.
Yo , 55 años, sin empleo ni ingresos , ya se me acabó el paro hace mucho, no tenemos ni casa ni cocheni ahorros.
Puedo solicitar el Ingreso Mínimo Vital ? Me corresponderían los 462 euros ?
gracias por su respuesta.
Judith Tabares Iglesias
6 junio, 2020 at 11:46 amHola: En un principio y viendo tu situación creo reúnes los requisitos, pero tendríamos que ver si solo conviven tu y tu madre, tu declaración renta del año 2019, si estás en altas demandante empleo, etc, por tanto, si quieres pide cita despacho en el 915482289 y ya consultamos todo, saludos, Judith
David
11 junio, 2020 at 12:34 pmEstoy junto a mi esposa sellando el para desde 20017 sin obtener ninguna ayuda tengo 57 años y una epilepsia controlada con medicamentos y sedantes ,mi esposa 55añis y no ha recibido ayuda hicimos queriamos l simulador pero quería saber si lo podemos tramitar con Uds y que vale vuestro trabajo, un saludo.
Judith Tabares Iglesias
13 junio, 2020 at 11:42 amHola: Por lo que me dices, podrías solicitar la ayuda ya que estás en el paro, pero debemos ver la unidad familiar en total cuánto recibe de ingresos, lo mejor es que nos llames y pidas cita en el 915482289, saludos, Judith
Soledad Corcoles Segura
19 junio, 2021 at 3:45 pmHola He terminado de cobrar la Rai .debo informar para regular el cobro del ingreso mínimo vital o se regula automáticamente?.Muchas Gracias
Judith Tabares Iglesias
23 junio, 2021 at 7:03 pmHola: Se supone se informen entre ellos, pero eso debes verlo en el SEPE, saludos
Maya Kirova Marinova
22 abril, 2022 at 10:26 amBuenos días.Tengo una pregunta mi hermano es un pedre solo con su hijo de 16 años y esta sin trabajo..Que ayuda le pertenece.
Vivíamos junto en un piso.
Toda la casa la mantengo yo(soy su hermana).
El colegio ,los uniformes,libros y c.c.
Se hase un un año yo estoy de baja .
Tengo Lumbago con ciática.Pido un gran favor de vuestra ayuda.Gracias y un buen día.
Judith Tabares Iglesias
24 abril, 2022 at 5:30 pmHola: Las ayudas o subsidios debe verlas en el SEPE o que pida el ingreso mínimo vital, saludos
Alicia
16 septiembre, 2022 at 5:41 amPorfavor he enviado por mi Ayuntamiento documentación para demostrar que cogí ingreso de la venta de un terreno herencia de mis padres y ese dinero lo inverti en comprar piso de primera vivienda para vivir. Llevo más de un mes intentando coger cita presencial y me es imposible y en la Oficina no te dejan entrar sin cita . Ayer solo me atendieron por teléfono un señor y me dice que voy a perder el ingreso mínimo vital si yo no tengo ingresos, he cogido herencia y lo gasté en piso pequeño para vivir . Tampoco me verifican si les llegó los mensajes y los avisos que deje por medio telemático y me cambien el expediente de una provincia a donde vivo actualmente.. Es imposible contactar y coger cita presencial. Porfavor puedo perder el ingreso mínimo vital por comprar piso para vivir me ha costado 20.000€ lo que cogí de herencia. Gracias
Judith Tabares Iglesias
16 septiembre, 2022 at 10:08 amHola: Es un tema muy complejo que debemos ver en el despacho, pide cita en el 915482289, saludos
Alicia
19 septiembre, 2022 at 2:18 amHola. Porfavor necesito ayuda he cogido dinero 20 mil euros de vender el terreno de mis padres en herencia pero estos 20 mil euros los inverti en mi primera vivienda un piso pequeño para mi sola para vivir. Actualmente tengo el ingreso minimo vital.
Porfavor me pueden quitar esta pensión no contributiva por coger este dinero y comprar piso para poder vivir..
Porfavor intento avisar a la seguridad social de esto pero no me dan cita presencial y estoy desesperada. Porfavor