Entrada en España de Parejas Extranjeras de Comunitarios no Casadas y no Registradas.
Las parejas extranjeras, no casadas y no registradas, de ciudadanos españoles o comunitarios podrán entrar en España si demuestran que mantienen una relación estable y «asimilable a una pareja de hecho»
En el contexto de restricciones de viaje ocasionadas por el COVID-19, y a fin de facilitar la entrada en España de parejas de ciudadanos españoles y comunitarios no casadas y no registradas, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha establecido un procedimiento especial, que se describe a continuación:
El extranjero que desee entrar en España para visitar o residir con su pareja podrá presentar ante el Consulado General del país de origen de la pareja extracomunitaria, pruebas que acrediten documentalmente de que se trata de una pareja estable y duradera, asimilable a una pareja de hecho.
Si la valoración es positiva y obtiene el visto bueno del Ministerio del Interior, el Consulado podrá emitir un certificado de apoyo para que el extranjero pueda presentarlo ante la aerolínea.
La decisión final sobre el cumplimiento de los requisitos la harán las autoridades migratorias en el control de entrada.
La convivencia deberá haber sido de un año continuado, o bien de períodos menores cuya suma supere el año.
También podrán considerarse periodos de convivencia inferiores al año cuando concurran circunstancias extraordinarias (traslado laboral, fuerza mayor, etc.).
Por tanto, si Ud. es pareja de un ciudadano español/a y no tiene Registro de dicha Unión o no está casado/a, podrá gestionar su entrada a España, mediante el procedimiento como familiar de comunitario, lo que supone que podrá obtener su Autorización de Residencia como familiar de un Ciudadano de la Unión, a todos los efectos.
En Nuestro Despacho de Abogados en Madrid Centro, le podemos consultar sobre todo el proceso de solicitud de la Autorización para que pueda entrar en España para reunirse con su Pareja y gestionar su Tarjeta Comunitaria, para eso debe llamarnos al Teléfono 915482289 o al 807505577.
Procedimiento para la entrada en España de parejas extranjeras de comunitarios no casadas y no registradas:
La pareja extracomunitaria debe acudir al Consulado español donde resida y presentar toda la documentación más amplia que pueda, para acreditar que, efectivamente, tiene una relación de pareja extramatrimonial estable y continuada.
Sobre todo, debe manifestar que la entrada a España se produce para reunirse con su pareja o empezar a “residir” o “convivir” con la misma.
Reproducimos a continuación el listado textual de documentos compartido:
-Prueba de que el extranjero viaja con el comunitario para reunirse con él: billetes de avión conjuntos, acta de manifestaciones ante notario del comunitario, etc.
-Prueba de la relación estable y duradera (lista no exhaustiva y no excluyente de documentos):
-Documentos de autoridades locales de los cuales se pueda desprender la existencia del vínculo duradero (apostillados o legalizados).
Documentos de autoridades u organismos españoles:
-Acreditación de cita para contraer matrimonio en España, inscripción en el padrón, etc.
-“Contratos de alquiler conjuntos, titularidad conjunta de cuentas bancarias, facturas conjuntas, titularidad de bienes en común.
-Invitaciones a eventos familiares como bodas, etc.
El Consulado español procederá a enviar todos los documentos aportados por la pareja al Ministerio de Interior, que es el encargado de valorar la solicitud y emitir su resolución al respecto.
En caso de Resolución positiva la Oficina Consular emitirá un Certificado autorizando al ciudadano extracomunitario entrar a España de manera legal.
El Certificado otorgado por el Consulado español deberá ser presentado a la aerolínea y a las autoridades fronterizas una vez lo soliciten.
Trámite de residencia en España:
Una vez haya entrado a España el ciudadano o pareja extracomunitaria, ya procederemos a regularizar su situación administrativa en España, efectuándole un trámite de solicitud de Tarjeta de Familiar de Ciudadano de la Unión.
En nuestro Despacho de abogados le explicaremos como debe darle de Alta en el Padrón a su pareja y demás requisitos necesario para que su pareja obtenga su Tarjeta de residencia de Familiar de la Unión.
Además, le podemos gestionar por Vía Telemática todo el proceso de Pareja de Hecho hasta obtener el Certificado del Registro de Uniones de Hecho y demás trámites necesarios hasta la obtención de su NIE.
Debe llamarnos al Despacho de Abogados al Teléfono: 915482289.
Correo Electrónico: abogados@judithtabares.com
RECOMENDACIONES:
Si es extranjero y quiere residir en España, es importante que tenga toda la información legal para saber si podrá o no regularizar su situación administrativa, de cara a poder trabajar con permiso de trabajo, residir con todas las garantías legales desde su entrada en España.
Nuestro despacho de abogados de Extranjería Madrid centro, especialistas además en laboral, penal, familia y civil, le orientaremos y ayudaremos para que pueda obtener su autorización de residencia en España, viendo las diferentes opciones personales y familiares, así como tiempo de estancia, país de procedencia y demás cuestiones importantes reguladas en la normativa de extranjería o comunitaria que se aplica en estos casos.
María Fernanda Cabrera
15 febrero, 2021 at 2:05 amHola, mi situación es parecida a lo que plantean. Mi novio vive en Madrid desde junio 2018 y yo en Venezuela, fui a visitarlo en junio 2019 y ahora queremos vivir juntos en España pero no he podido viajar. Cómo puedo solicitar, por ejemplo, los documentos que acrediten la relación? No teníamos cuentas bancarias ni propiedades juntos en Venezuela. La única prueba que tengo es el viaje que hice y las fotos. Es viable hacer este tramite? En caso de que la respuesta sea positiva, me gustaría asesorarme con ustedes porque no entiendo muy bien como obtener esos papeles. Gracias
Judith Tabares Iglesias
15 febrero, 2021 at 8:54 amHola: PAra que estés legal en España deben hacerse pareja de hecho en el registro o casarse, debo hablar con él para ver otras opciones, que nos llame y pida cita en el 915482289 saludos
Daniela cortes
23 febrero, 2021 at 8:19 pmBuenas quiero traerme a mi pareja que está en Colombia yo tengo nacionalidad española ya realize el acta de manifestacion y tengo una declaración extrajuicio que realize con el en enero del 2020 en Colombia te pregunto no entiendo eso de billetes de avión conjuntos crees que con eso que tenga pueda mandar la solicitud al consulado?
Judith Tabares Iglesias
25 febrero, 2021 at 1:43 pmHola: Debes llamarnos al teléfono consultas 807505577 porque no te entendí eso de billetes conjuntos, saludos
Herma GuilarteColumbie
9 junio, 2021 at 10:04 pmHola tengo 4 años con la tarjeta comunitaria, la cual adquirí, después del divorcio.
Tengo necesidad de traer a mi hija ya que estoy sola aquí y me dicen que con esa tarjeta no puedo traerlas.
Por favor, orientarme que debo hacer,.
En espera de una respuesta alentadora. Saludos, H.G.C.
Judith Tabares Iglesias
10 junio, 2021 at 12:53 pmHola: Tendríamos que ver el tema, llámanos al 915482289 o al teléfono consultas: 807505577, saludos
Oscar Lopez Grane
26 junio, 2021 at 9:46 pmHOLA, Buenas noches.
Mis situación creo que se ajusta a los requisitos que se requieren ante esta situación. Mi pareja y yo llevamos ya 3 años juntos hemos residido en Chile por un año, y por temas de trabajo yo me tuve que volver a España. La Covid nos ha dificultado que pueda venir a España a reunirse conmigo, pero tenemos todos los documentos necesarios,… copias de contratos, facturas, testimonios ante notario, fotos, mails… de todo, así que creo que por ese lado no hay problema. He estado buscando como reagruparnos como pareja estable no registrada, pero no logro saber como comenzar el procedimiento ni donde presentar los documentos o a quien. No se si pudieran ayudarme.
Judith Tabares Iglesias
27 junio, 2021 at 9:02 pmHola: Deben acudir al consulado español en Santiago y solicitar allí el visado como familiar comunitario intentando probar vuestra relación, sino que venga como turista y aqui se hacen pareja de hecho, me puedes llama ral 915482289, saludos, Judith
Ana
26 diciembre, 2022 at 1:34 amHola mi pareja y yo firmamos ante un notario como pareja estable surgió un percance y tuve que salir de españa sin recibir la comunitaria eso me traera problema para reunirme de nuevo con mi pareja?
Judith Tabares Iglesias
26 diciembre, 2022 at 3:59 pmHola: La pareja de hecho se efectúa en el Registro de Uniones de hecho!!! Por tanto, la de la notaría no te será válido para efectuar una comunitaria, debes llamar y pedir cita en el 915482289 y así te explicamos el proceso, saludos
Adriana Lucia Restrepo Pusquin
23 marzo, 2023 at 10:14 amHola mi pareja y yo llegamos a España en octubre del 2022 en noviembre de ese año hicimos un extra juicio antes de viajar a España fuimos ante una notaria y declaramos pareja de hecho ahora que vamos a pedir la cita del asilo pregunto ¿ese extra juicio nos sirve para presentarnos juntos en la cita del asilo o nos tendríamos que presentar por separado?
Judith Tabares Iglesias
24 marzo, 2023 at 1:50 pmHola: No se qué significa extra-juicio, a que te refieres, lo mejor es que nos llames y pidas cita en el 915482289 o al teléfono consultas 807505577, así te ayudamos, saludos
Dayani alonso
22 mayo, 2023 at 4:09 amHola , yo tengo ciudadanía española pero no e residido en españa , soy cubana igual que mi pareja , tengo la ciudadanía por familiares españoles , cumplimos todos los requisitos, pero tengo 17 años y voy a residir en España ¿ Habrá alguna inconveniencia por ser menor de edad ?
Judith Tabares Iglesias
24 mayo, 2023 at 10:43 amHola: Puedes venir, pero tus padres deben hacerte un Acta de autorización de salida del país y demás cuestiones, saludos