Judith Tabares Abogados

Citas 915 48 22 89

Consultas 807 50 55 77

c/Gran Vía 61, 1º Local 3, Madrid 28013

 

Pareja de Hecho con ciudadano/a español/a. Requisitos Registro Unión de Hecho.

Bufete de abogados | Judith Tabares Abogados > Sin categoría  > Pareja de Hecho con ciudadano/a español/a. Requisitos Registro Unión de Hecho.

Pareja de Hecho con ciudadano/a español/a. Requisitos Registro Unión de Hecho.

hecho de pareja
Compartir Artículo

El Registro de Uniones de Hecho, es un organismo en el que podrán inscribirse las personas que convivan en pareja de forma libre, pública y notoria, vinculadas de forma estable al menos durante un período ininterrumpido de doce meses, existiendo una relación de afectividad, siempre que voluntariamente lo decidan.

En España es legal el matrimonio o pareja entre personas del mismo sexo (Art. 44 Código Civil) según la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 29 de julio de 2005, se admitirían en España también los matrimonios de personas del mismo sexo celebrados en Holanda, Bélgica y Canadá.

En este sentido, si es extranjero y se encuentra en España de manera indocumentada o tiene residencia legal, pero desea cambiar su residencia a otra más beneficiosa, se puede Registrar como pareja de hecho de un ciudadano/a español para poder solicitar, así como adquirir, una Tarjeta de Familiar de Ciudadano de la Unión o como la llamamos, Tarjeta Comunitaria.

Dicha autorización de residencia de familiar comunitario, permite residir y trabajar en España durante 5 años y solicitar la nacionalidad española a los dos años de residencia legal.

En la actualidad el trámite de Pareja de Hecho se efectúa por Vía Telemática con los documentos oportunos y así podrá obtener su Registro de la Unión.

Nuestro Despacho de Abogados en Madrid Centro, especialista en extranjería, le ayudará y orientará en todo el proceso desde su solicitud de Pareja de Hecho hasta la tramitación de su Tarjeta de Familiar Comunitaria.

 

TELÉFONO CITA DESPACHO: 915482289

 

Regulación

 

El Régimen Comunitario está regulado por el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Por tanto, el residente o no que esté empadronado en la Comunidad de Madrid y sea mayor de 18 años puede inscribirse en el Registro de Uniones de Hecho siempre que cumpla los siguientes requisitos:

-Convivir con tu pareja de forma ininterrumpida, pública y notoria desde al menos doce meses (Certificado de empadronamiento conjunto).

-Ser soltero, viudo, divorciado o separado judicialmente.

-No tener ningún vínculo de parentesco con tu pareja hasta el tercer grado de consanguinidad o adopción.

-El ciudadano de la unión y pareja comunitaria debe disponer de medios económicos para demostrar la dependencia económica con el extranjero indocumentado o residente que desea en su caso, cambiar de estatus o tarjeta de residencia. En este sentido es importante aportar contrato de trabajo, nóminas, saldos de cuentas bancarias, si es autónomo pues aportar el IRPF, declaraciones trimestrales del IVA o acreditar negocios fuera o dentro de España, entre otros.

-No formar unión de hecho estable con otra persona.

-No estar inscrito como unión de hecho en el Registro de otra Comunidad Autónoma.

En la actualidad aquellas personas que quieran registrarse como Pareja de Hecho en Madrid, tienen que efectuar dicha solicitud por Vía telemática aportando en el acto, toda la documentación exigida, actualizada y en su caso, legalizada en el país de origen.

Una vez que ya obtenga el Certificado de Registro de su Unión demás documentación exigida, podrá empezar con el trámite comunitario a los efectos de poder obtener su Autorización de Residencia como Familiar Comunitario.

Nuestro Despacho de Abogados en Madrid Centro, CALLE GRAN VIA 61,1º-3, le vamos a GESTIONAR  todo el proceso de SOLICITUD de su Pareja de hecho.

TELÉFONO CITA DESPACHO: 915482289

 

Pareja estable sin necesidad de efectuar el Registro de Unión de Hecho:

 

Existe también la opción de solicitar una tarjeta comunitaria al acreditar la condición de pareja estable (sin necesidad de acreditar ningún vínculo jurídico) de un ciudadano español o comunitario.

Se puede acreditar mediante el padrón familiar, hijos en común u otros medios de pruebas factibles (cuentas bancarias, propiedad conjunta, negocio, etc.).

Se entenderá acreditada la existencia de ese vínculo de forma fehaciente en todo caso, cuando hay una convivencia previa marital de al menos un año o si hay descendencia en común (bastará probar la convivencia estable).

Recurso de Reposición ante Denegación Pareja de Hecho:

En caso de denegación de la Tarjeta Comunitaria procede efectuar un Recurso de Reposición en el término de UN MES.

 

Requisitos para mantener la Tarjeta Comunitaria.

 

Principales supuestos:

El artículo 9 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, tras la modificación introducida por el Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre regula los supuestos en los que se produce la permanencia del familiar extracomunitario en el régimen comunitario, en caso de fallecimiento, salida de España, nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de la inscripción como pareja registrada del ciudadano de la Unión Europea.

En el supuesto de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de inscripción como pareja registrada; el cónyuge podrá mantener su condición de residente, cuando se acredite uno de los siguientes supuestos:

a) Duración de tres años del matrimonio o situación de pareja registrada, hasta el inicio del procedimiento judicial de nulidad o divorcio, o de la cancelación de inscripción de pareja. Deberá acreditarse que, en esos tres años, se ha producido un año de convivencia en España. (9.4.a) RD 240/2007). Los extranjeros están obligados a notificar a las autoridades de extranjería el cambio de su estado civil.

b) Otorgamiento por mutuo acuerdo o decisión judicial de la custodia de los hijos del ciudadano de la Unión, al excónyuge o expareja registrada.

c) Concurrencia de circunstancias especialmente difíciles, tales como haber sido víctima de violencia de género o haber sido sometido por su cónyuge o pareja a trata de seres humanos durante el matrimonio o situación de pareja.

d) Resolución judicial o acuerdo mutuo que determine el derecho de visita, al hijo menor, del excónyuge o expareja, cuando dicho menor resida en España.

 

En caso de que no cumpla los requisitos para MANTENER su TARJETA COMUNITARIA, en nuestro de abogados en Madrid centro, especialistas en Extranjería, le ayudaremos a que siga legal en España.

Llame al despacho: 915482289.

RECOMENDACIONES:

 

Si quiere tramitar su Tarjeta de Residencia Comunitaria y tiene una pareja ciudadano de la unión o español, acuda a nuestro Despacho de Abogados en Madrid Centro, para orientarle en toda la tramitación y gestión del proceso.

 

TELÉFONO CITA DESPACHO:915482289

 

Calle Gran Via 61, 1º-3, 28013, Madrid

 

Somos abogadas colegiadas especialistas en extranjería, laboral, penal, familia y civil, le brindaremos toda la información y le informaremos sobre los documentos que va a necesitar para su correcta solicitud por VÍA TELEMÁTICA hasta la obtención de su Tarjeta de Residencia.

 

TELÉFONO CONSULTAS:807505577

 

CORREO: abogados@judithtabares.com

 

 

2 Comentarios

  • Julieta Cielo Rodriguez Centineo
    Responder 27 julio, 2021 at 12:42 am

    Buenas tardes , quisiera saber que requisitos necesito para realizar la union de hecho con mi pareja.
    El es Argentino con ciudadanía española. Actualmente se encuentra en Madrid, yo soy Argentina con pasaporte Argentino.
    Muchas gracias

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Este sitio Web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia de navegación, realizar tareas de análisis y ofrecer un mejor servicio. Al pulsar el botón aceptar da su consentimiento a nuestra política de cookies. política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies