Residir en España si es hijo o nieto de español de origen. Ley de Nietos.
¡Propuesta de la Ley de Nietos! Opciones para residir en España si es hijo o nieto de español de origen.
En la actualidad la llamada Ley de Nietos, NO ESTÁ APROBADA, NI EN VIGOR, solo es una proposición de Ley de un grupo parlamentario en concreto que debido a los últimos acontecimientos políticos está paralizada y que en la actualidad quieren volver a proponerla para su aprobación definitiva.
La Senadora española Sará Vilá, ha expresado (diciembre), que en cuanto tenga la oportunidad, presentará por tercera vez una propuesta.
La afirmación se produjo cuando un usuario de Twitter directamente le preguntó: “Senadora ahora que ya se conformaron las cámaras, ¿cuándo tienen previsto presentar la ley de Nacionalidad? Una vez que estén seguros que se forma gobierno?”
Vilá Galán respondió casi con inmediatez: “Ahora hay que hacer los grupos, en cuanto podamos entrarla lo hacemos. No voy a esperar a Gobierno para poder ganar tiempo si al final es que sí.”
Por tanto, insistimos desde nuestro Despacho de Abogados de JUDITH TABARES, en Madrid centro, con más de 30 años de experiencia, abogados colegiados por el ICAM, que en la actualidad NO ESTÁ APROBADA, NI ESTÁ EN VIGOR ESTA PROPUESTA DE LEY, que se inició en el año 2018 por el Grupo Parlamentario PODEMOS, el cual ha movido ficha y de nuevo ha efectuado una propuesta ante el mismo Senado, ahora a la espera de su trámite parlamentario.
Información sobre las opciones para residir en España siendo hijo o nieto de español
La senadora Sara Vilà de En Comú Podem e impulsora de la proposición de ley, lamenta que la iniciativa no pudiera ser aprobada definitivamente en la legislatura pasada y recuerda que «hay muchísimos afectados y afectadas que esperan con emoción su nacionalidad española».
«La Ley de Memoria Histórica y el Código Civil se olvidaron de estos descendientes de españoles que tuvieron que dejar su país de manera forzada o que fueron víctimas de la persecución política, por lo que reparar este error es una cuestión de justicia», afirma.
Recordemos que el día 28 de Mayo de 2018, hace más de un año y medio, se registró en el Senado una Proposición de Ley en materia para ampliar la concesión de la nacionalidad española a los descendientes de padres españoles nacidos en el extranjero o para aquellos descendientes que unos si obtuvieron la nacionalidad y otros no, en función de si eran mayores de edad cuando entró en vigor la Ley de Memoria Histórica en el 2007, así como excepciones como el de los nietos de las españolas casadas con un no español antes de entrada en vigor de la Constitución española del año 1978, fecha hasta que no se pudo transmitir la nacionalidad.
Esta proposición de ley “en materia de concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de progenitores españoles”, conocida en Cuba como “nueva ley de nietos” estaba en proceso de tramitación en la correspondiente comisión del congreso de los diputados de España, pero como todos los proyectos legislativos en trámite, decayó con la reciente disolución de las cortes generales.
El interés de los cubanos es explicable considerando que de los cerca de 150.000 personas con nacionalidad española que hay en la isla la mayoría fueron beneficiados por la Ley de Memoria Histórica aprobada en 2007 bajo el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, y si se aprueba la reforma los hijos de estos podrían solicitar el beneficio.
El objetivo de esta ley es el de reparar situaciones injustas o asimétricas surgidas por la falta de reconocimiento de la nacionalidad a ciertos casos específicos de descendientes de españoles y españolas (archivo asociado). Además del articulado de la Ley se incluye la reforma de los arts. 20, 23, 24 y 26 del Código Civil.
Recordemos que en el año 2007 entró en vigor la Ley de Memoria Histórica que dejó entrar en vigor en el 2009, aunque fue prorrogada hasta el año 2011, beneficiando a miles de ciudadanos hijo o nietos de españoles que hubieran sido exiliados entre el año 1936 y 1955.
Si la mencionada propuesta de Ley de Nietos se aprueba, que hasta el día la actualidad es solo un propuesta, serán incluidos dentro de la “ley en materia de concesión de la Nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de españoles”, los siguientes supuestos:
-Los nietos de aquellas españolas de origen, nacidas en España y casadas con un no español antes de la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978, debido a que aquellas no transmitían la nacionalidad con anterioridad a la Carta Magna y perdían su nacionalidad al contraer matrimonio con un no español, salvo en el caso de las madres solteras o emigradas por cuestiones políticas.
-Los hijos mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad de origen mediante la Ley 52/2007, generándose divisiones en el seno de las familias ya que unos hijos sí la poseen y otros no, debido a que únicamente se beneficiaron los hijos menores de edad.
-Los nietos de español nacionalizado al país de acogida por cuestiones económicas antes del nacimiento de su hijo/a, y los nietos de español/a que habiendo ostentando la nacionalidad, la han perdido por no ratificar su deseo de conservarla al cumplir su mayoría de edad.
La “Ley de la Memoria Histórica (Ley 52/2007 de 26 de Diciembre)”, disponía en su momento determinadas medidas a favor de aquellos ciudadanos españoles que padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.
En tal sentido, miles de ciudadanos de muchos países de Iberoamérica como Cuba, Venezuela, Méjico, entre otros, pudieron optar a la Nacionalidad española por esta vía por ser hijos de padre o madre de origen español o nieto de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.
Después del trámite parlamentario, si la propuesta se admite, se debe modificar el Código Civil en el sentido de añadir el apartado d) al artículo 17 del Código Civil.
-Artículo 17 apartado d), redactado de la siguiente forma:
“los hijos nacidos en el exterior de padre o madre españoles nacidos en territorio español, independientemente de que el progenitor del interesado haya conservado, recuperado y/o perdido la nacionalidad española con anterioridad al nacimiento de sus descendientes por causas socio-políticas, económicas, de género o de estado civil que hayan determinado dicha pérdida”
El Artículo 20.1, por el que se reconoce el derecho de optar, quedaría redactado de la siguiente forma, otorgando el derecho a las siguientes personas:
a) las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
b) aquellas personas nacidas en el exterior cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y también nacido en el exterior, siendo reconocidos de esta forma como españoles por opción de origen.
c) los que se hallen comprendidos en el segundo apartado de los artículos 17 y 18.
d) los hijos de quienes optaron o hubiesen optado por la nacionalidad de origen, independientemente de su edad en el momento de opción de su progenitor”.
e) aquellos españoles que ostentando su nacionalidad, fueron privados de la misma, al no ratificarla en su mayoría de edad, siendo reconocido de esta forma como españoles por opción de origen.
Respecto a la las personas con facultad de optar a la nacionalidad española, el artículo 20.2 modificaría su apartado b), quedando redactado de la siguiente forma:
b) por el propio interesado, asistido por su representante legal, cuando aquél sea mayor de catorce años, o cuando aún estando incapacitado, así lo permita la sentencia de incapacitación. El ejercicio del derecho de opción previsto en los apartados 1 b), e) y d) de este artículo no estará sujeto a límite alguno de edad.
MA Teresa Arrieta
8 septiembre, 2020 at 3:56 amMi madre tiene la nacionalidad española, yo no la pude obtener pues era mayor de edad. Mi hija planea cursar sus estudios universitarios en España, puede optar a la nacionalidad después de haber residido un año allá?
Judith Tabares Iglesias
10 septiembre, 2020 at 8:49 pmHola: la solicitud de nacionalidad es individual, primero tiene que residir y después ya efectuar un examen, después su solicitud, llama y pide cita al 915482289 y ya te explico todo el proceso, saludos Judith
Rolando López Rodríguez
21 septiembre, 2022 at 7:26 pmHola, soy nieto de una española de origen, puedo solicitar un arraigo familiar en españa demostrando que soy nieto de una española de origen???
Judith Tabares Iglesias
30 septiembre, 2022 at 11:37 amHola: Como nieto no puedes solicitar, es si eres hijo/a de español de origen, pero si podrías haber gestionado un contrato estando todavía alli y te hubieran dado una autorizacion de trabajo, por tanto, si estás indocumentada llama y pide cita en el 915482289, saludos
Jaime Ventura
30 mayo, 2021 at 2:45 pmSoy venezolano por nacimiento nacido en 1961. Luego me hice ciudadano de USA en ell 2011. Ahora estoy en Espana, Almeria y puedo optar despues de un ano haciendo un MBA en la UAL (tengo TIE por visado legal de estancia por estudios y en octubre 30 del 2021 cumplire un ano aqui) a la ciudadania espanola ya que mi abuelo materno nacio en Espana hijo de dos espanoles (tengo documentacion) y luego se mudo a Venezuela con se caso con mi abuela venezolana y tuvieron a mi padre venezolano. Tendria que renunciar a alguna de mis dos nacionalidades anteriores en caso de optar por ser espanol?
Judith Tabares Iglesias
30 mayo, 2021 at 7:42 pmHola: No puedes solicitar la nacionalidad teniendo una estancia de estudio!!! NO tienes un permiso de residencia, sino de estancia, por tanto, así seas nieto de español hasta que no residas legalmente en España no podrás solicitar la nacionalidad, llámanos al 807505577 y te explico, saludos
Federico Rodríguez
25 junio, 2021 at 4:05 pmEstimada Judith,
Tengo ciudadanía argentina e italiana. Mi madre tiene ciudadanía española adquirida a través de la Ley de Memoria Histórica. Tengo dos preguntas:
1) Según mi interpretación del Art. 22 del Código Civil español, esto me daría el derecho a solicitar ciudadanía española después de un año de residencia, ya que mi madre es considerada española de origen, ¿estoy en lo correcto?
2) Al tener yo ciudadanía italiana, ¿podría residir legalmente en España como italiano durante un año y luego solicitar la nacionalidad española según el punto anterior?
Muchísimas gracias.
Judith Tabares Iglesias
27 junio, 2021 at 9:04 pmHOla: En cuanto a lo primero es correcto, se podría solicitar un arraigo familiar y al año la solicitud de la nacionalidad; A lo segundo ya es diferente se podría solicitar un Certificado de la UNión siempre que logres con Contrato, padrón etc, y como argentina se te tramitaría despues de la nacionalidad, pero si ya vienes se puede hacer directamente el arraigo familiar por tu madre, puedes llamarme al 915482289, saludos
Araceli Pardo
6 agosto, 2021 at 1:57 amHola Judith,
con mi novio planeamos mudarnos desde Argentina a España en unos años. Mi abuelo era español, mi padre es argentino y no tiene la ciudadanía española. En este caso, ¿igualmente tengo la opción de pedir la ciudadanía luego de haber residido un año en España?
Judith Tabares Iglesias
12 septiembre, 2021 at 10:49 amHola: Al año de residencia legal por ser nieta de español se acortan los plazos al año, vale, saludos
Nany
18 agosto, 2021 at 8:04 amhola gracias por responder a miles de dudas con este gran articulo, mi pregunta es la siguiente:
Yo soy cubana, a mi mama le concedieron la cuidadania española por ley de memoria historica, en ese entonces yo era mayor de edad, yo vivo en italia y estoy tramitando la residencia italiana, viendo que yo puedo tener la residencia española tramite mi mama, tiene que vivir mi mama obligatoriamente en españa para yo acceder en primera parte a la residencia ?
Judith Tabares Iglesias
12 septiembre, 2021 at 10:46 amHola: Tu madre no tiene que vivir en España para que tu tramites un Arraigo familiar, pero debes tner toda la documentación, por tanto, para ver bien los requisitos de tu consulta debe llamarnos y pedir cita al 915482289 o consulta en el 807505577, saludos
Pablo Manuel Iglesias
1 noviembre, 2021 at 5:38 amHola. Soy Argentino, nieto de Español. El tio de mi mama, o sea mi tio abuelo obtuvo la ciudadania Española y ahora se va a vivir a España, el tiene 88 años y me dijo que me va a ayudar con una visa para trabajar para el, como cuidador de la tercera edad, como chofer, etc… que debe hacer el en España para que yo pueda ir y residir en forma Legal para solicitar la Ciudadania luego de un año? Es muy costoso lo que el tiene que pagar en seguridad Social para ser mi empleador? Gracias +54 9 351 3020495
Judith Tabares Iglesias
1 noviembre, 2021 at 11:19 amHola, si eres Nieto de español podemos gestionar una autorización de residencia y trabajo, para ello debes conseguir todos nacimientos hasta tu abuelo y que me llame algún familiar al 915482289 para explicarle el trámite, saludos
israel
30 noviembre, 2021 at 10:21 pmbuenas, le explico mis abuelos se fuero a venezuela en los 1960 tuvo a mi madre en el 1970 a ella la registraron en el consulado español en 1971, mi abuelo siendo extranjero en venezuela le dan la oportunidad de tenr la nacionalidad venezolana en el 1977, pero ya mi madre estaba registrada en el consulado español, ahora yo por ser hijo de española en las circunstancias que explico, puedo obtener la nacionalidad aunque sea mayor de edad? ya que mi primo obtuvo la nacionalidad de esa manera pero el tuvo que llevar la gaceta oficial de mi abuelo, su pasaporte y todos los documentos que acreditaban que efectivamente mi tios incluyendo mi madre estan inscritos como españoles mucho antes de mi abuelo de recibir la nacionalidad venezolna
Judith Tabares Iglesias
8 diciembre, 2021 at 2:19 pmHola, puedes solicitar una residencia comunitaria siempre que tu esposo ya haya legalizado también su situación con el certificado de la Unión!
Debes pedir cita en el 915482289 y ya vemos todo, saludos
alejandra
25 enero, 2022 at 5:50 pmHola que tal, quería saber si los nietos de españoles (tengo todas las partidas de naciemiento) tenemos derecho a trabajar en España, ya que me dicen que ya los nietos no pueden, solo los hijos de españoles.
Gracias
Judith Tabares Iglesias
28 enero, 2022 at 11:55 amHola: Los nietos de españoles pueden trabajar y residir en España siempre que se tramite un proceso de autorización de residencia por cuenta ajena estando el nieto allí en su país, es un trámite que se efectúa primero en España y una vez concedido es que viene el nieto con el visado, pero si ya está en España lo han hecho mal, no puede estar aqui y efectuarlo, ok, llama y pide cita en el 915482289 y te explico, saludos
Eva
6 marzo, 2022 at 4:28 pmHola mira yo tengo la nacionalidad española en el momento que hice mi trámite mi hija estaba cumpliendo 19 años, cuando pregunté si podia poner el nombre de mi única hija como descendiente me dijeron que no porque era mayor de 18 años, sin embargo sé de otras personas que con 19 años han podido agregar a sus hijos. Lo que no entiendo es porqué yo no la pude añadir como descendiente en ese momento o era por falta de conocimiento?
Al ser mi única hija me gustaria que viviera conmigo, ahora ya tiene mas años y no sé como traerla. Le ruego por favor me oriente.
Mil gracias.
Judith Tabares Iglesias
7 marzo, 2022 at 9:32 amHola: La nacionalidad es individual, no es que le agregues a un hijo, eso no existe, te piden datos y si tienes hijos presentas sus datos, pero tu hija debe gestionar su nacionalidad por ella misma, que nos llame al 915482289, saludos
Macria CL
3 abril, 2022 at 8:02 pmHola Judiht! soy argentina, nieta de española de origen. Ella llegó embarazada a Arg, y mi padre nació en 1934, aquí, en arg. En esos tiempos sólo los «padres» podían anotar a los hijos en el registro civil, por ello, ella se casa y años más tarde, su marido, reconoce como hijo legítimo a mi padre. Aclaro esto dado que mi abuela sólo aceptó este reconocimiento para que mi padre pudiera tener DNI e ir al colegio, de lo contrario sería un indocumentado, analfabeto y sin salud que lo asista… Quisiera saber que posibilidad real tengo de hacer mi ciudadanía y/o iniciar un arraigo si viajara a España.
Saludos, muchas gracias!!!
Judith Tabares Iglesias
4 abril, 2022 at 1:36 pmHola: La nacionalidad por opción se efectúa cuando eres hija de español de origen siendo menor de edad, no siendo mayor, por tanto, si tienes todos los certificados de filiación, puedes venir a España con un contrato de trabajo, vale, saludos
Stella
23 mayo, 2022 at 12:36 pmHola , soy argentina , nieta de españoles , quería saber si puedo hacer el Arraigo familiar o ley de nietos .
Para poder viajar a España y residir allí .
Muchas gracias !
Judith Tabares Iglesias
1 junio, 2022 at 11:26 amHola: Desde el 2011 no hay Ley de Nietos, pero si puedes venir con un contrato de trabajo si lo gestionas y por ser nieta de español se te puede hacer el proceso, ya vendrías con una residencia por cuenta ajena, para todo ello que nos llamen al 915482289 y le damos cita al empleador o familiar, saludos
Diego Fernando
19 junio, 2022 at 4:44 amCordial saludo, mi bisabuelo era Español llego a Colombia en los años 30s se caso y tuvo a mi abuela, mi abuela recupero la nacionalidad Española en 2002 por la ley 29 de 1995, mi padre recibio la nacionalidad Española en 2009 con la ley 52 de 2009, yo siendo mayor de edad que opciones tendria para poder recibir la nacionalidad?
Gracias
Judith Tabares Iglesias
19 junio, 2022 at 3:08 pmHola: No puedes recibir la nacionalidad directamente, pero si podrías residir en España si consigues un Contrato de trabajo o estando aqui se podría gestionar un Arraigo Familiar y al año de residir es que podrías solicitar la nacionalidad, sino que nos llame un familiar y pida cita en el 915482289, saludos
Leonardo
18 julio, 2022 at 1:26 pmHa , mi abuelo es español de origen, mi mamá es española por el art 20.1b. Yo soy mayor de edad. Como haría para poder residir en España legalmente para poder optar a la nacionalidad por mi abuelo?
Judith Tabares Iglesias
29 julio, 2022 at 9:01 pmHola, podrias solicitar una autorización de residencia por cuenta ajena por ser hija y nieta de español, siempre con contrato de trabajo que se solicita en España con los requisitos pertinentes de solvencia empleador, nacimiento tuyo y de tu madre, etc, si tienes al empleador que te pudiese contratar que nos llame al 915482289 para explicarle, saludos
Flavia Fuentes Delgado
20 julio, 2022 at 10:31 amHola, mi abuela obtuvo la nacionalidad española por la ley de memoria histórica, mi mama era mayor de edad y no la obtuvo, aunque tendría posibilidades ahora con la ley de memoria democrática si quedara aprobada. Yo me encuentro actualmente en españa cursando un master, tendría alguna posibilidad para residir legalmente te en españa por ser descendiente?
Judith Tabares Iglesias
29 julio, 2022 at 8:48 pmHola, por la vía de tu abuela estando en España no podrias regularizarte, tendríamos que buscar otra vía, llama al 915482289 y vemos opciones, saludos
GK
21 agosto, 2022 at 5:35 amHola, soy bisnieta de español y hemos hecho la inscripción fuera de plazo y postmortem de mi abuela. En el margen izq de su partida dice: la persona inscrita MLSM, ha perdido la nacionalidad española.
Ella ya no puede recuperar la nacionalidad por estar fallecida.
¿Puedo tramitar mi empleador un premiso de trabajo por cuenta ajena y estar exenta de la situación nacional de empleo con esta partida?
Muchas gracias
Judith Tabares Iglesias
21 agosto, 2022 at 1:49 pmHola, tendría que ver la Resolución de denegación para analizar motivos y efectuar un recurso reposición.
Por bisnieta no tienes derechos, por tanto, pide cita en el despacho al 915482289 y si no estás en España escríbeme al correo judithtabaresi@gmail.com
Por contrato habria que ver la oferta, saludos
Jose Gil
22 agosto, 2022 at 3:31 pmHola. Soy nieto de espanol y cubano naturalizado americano. El arraigo familiar es la mejor opcion? Cual seria el costo? Resido en Estados Unidos. Por favor le agradeceria su respuesta. Gracias
Judith Tabares Iglesias
22 agosto, 2022 at 9:36 pmHola: Si lo que deseas es venir a residir a España, no tiene nada que ver tu nacionalidad americana, debes centrarte en los documentos de tu abuelo que debió haber emigrado a Cuba entre los años 36 y 78 por motivos politícos, ideológicos, etc y haber renunciado a su nacionalidad española, todavía no se ha aprobado la Le de Memoria Democrática si lo que quieres es venir a trabajar puedes hacerlo mediante contrato, pero eso ya es una consulta muy amplia y hay que ver, puedes llamar al 915482289 o escribir a judithtabaresi@gmail.com, saludos
Sofia García
28 agosto, 2022 at 3:39 amHola soy argentina nieta de españoles uno fallecido la otra aun con vida.
Estoy casada y tengo un niño como puedo hacer .? Ya que me interesa mudarme alli cuanto antes de manera legal
Judith Tabares Iglesias
28 agosto, 2022 at 6:11 pmHola: Como nieta de español puedes venir con un Contrato de trabajo en España, que se gestiona y tramita aqui. Debes buscar todos los documentos de la filiación con el español/a, nacimientos todos los legalizados y el español del abuelo.Si ya requieres toda la información debes escribirme al correo: judithtabaresi@gmail.com
Saludos
Gaston Ortiz
9 septiembre, 2022 at 1:03 pmHola,
Soy Bisnieto de Españoles. ninguno de mis abuelos ni padre tramitó nada respecto a ciudadanía.
Tengo alguna manera de acceder a residencia o ciudadania española? no tengo muy en claro si podria hacerlo en caso de que se apruebe la ley de nietos ( 2022)
Muchas Gracias de antemano.
Judith Tabares Iglesias
12 septiembre, 2022 at 7:32 pmHola. ¿Pero estás en España o dónde? Todo depende de donde estés residiendo, si estás en España llama y pide cita en el 915482289 y vemos opciones, saludos
ahmed
25 octubre, 2022 at 2:00 amBienvenidos
Mi padre recuperó su ciudadanía española original a través de la Ley 2258/1976
¿Es posible solicitar la ciudadanía después de obtener la residencia española por un año?
Tenga en cuenta que vine a España ilegalmente, ¿es posible solicitar la residencia a través del padre español original ?
Judith Tabares Iglesias
25 octubre, 2022 at 10:04 pmHola: Siempre que estés legal en España y cumplas los requisitos podrás solicitar la nacionalidad, primero debes efectuar un examen y despues la solicitamos por REDABOGACIA la vía más correcta y eficaz, llamanos al 915482289, saludos
Nancy Alvarez
1 abril, 2023 at 5:13 pmHola feliz tarde puede mi hijo de 34 años solicitar residencia por arraigo familiar… sus abuelos eran españoles de origen? gracias por su tiempo, saludos
Judith Tabares Iglesias
9 abril, 2023 at 4:12 pmHola: El arraigo familiar no llega hasta los abuelos, hay que ver otras opciones viables, que nos llame y pida cita en el 915482289 y vemos todo, saludos