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Despido mediante WhatsApp, correo, sms, etc. ¿Es legal? ¿Qué hacer?

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Despido mediante WhatsApp, correo, sms, etc. ¿Es legal? ¿Qué hacer?

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Si es trabajador de una empresa o en un hogar familiar y recibe una comunicación de su Jefe mediante WhatsApp, correo electrónico o sms (cualquier otra aplicación de mensajería instantánea), de un despido inminente, sepa que “no es legal” este tipo de despido, ya que dicha comunicación debe ser fehaciente, clara, se debe conocer el emisor del mensaje, cuestión improbable por la vía del WhatsApp.

Despido mediante whatsapp

Para que se produzca la extinción de contrato, mediante un despido, conforme a la normativa legal vigente, el mismo debe comunicarse de forma indudable y precisa, detallándose los hechos o las causas del mismo, con la entrega de la Carta de despido y en su caso, el Finiquito o Liquidación de haberes dependiendo del tipo de despido.

¿Qué hago si recibo una comunicación de despido mediante un WhatsApp?

Si recibe una comunicación de despido mediante WhatsAppy y no fuera a trabajar porque lo da por bueno, el empresario podría alegar que ha abandonado su puesto de trabajo y esta podría convertirse en la causa de despido, no teniendo derecho a impugnar el mismo en el término de 20 días.

Consejo de abogados tras un despido por whatsapp

 

Por tanto, nuestra sugerencia es que no le dé credibilidad, y a pesar de haber recibido esa notificación, debe acudir al puesto de trabajo y solicitar la carta de despido para que quede constancia de la cuestión formal.

En nuestro despacho de abogados especialista en laboral, extranjería, penal y civil, le asesoramos y gestionamos todo el procedimiento de despido, desde que recibe la carta, finiquito, negociamos antes de llegar al SMAC, si no hay acuerdo, seguiremos con la papeleta de conciliación y en su caso la demanda judicial.

Legalidad de un despido por whatsapp

El Estatuto de los Trabajadores en sus artículos 53 y 55 especifica las condiciones formales que tienen que producirse cuando se extingue un contrato de trabajo por cualquiera de sus causas (objetivas o disciplinarias).

En este sentido se indica que debe haber una “Comunicación escrita al trabajador expresando la causa”, además de otros requisitos. Por lo que, un despido efectuado o notificado mediante un email, un whatsapp, etc., se tratan de “comunicaciones por escrito” pero es la autenticidad del emisor o el acuse de recibo los que quedan puestos en duda.

El Tribunal Supremo se pronunció en 2015 respecto a la eficacia probatoria de los sistemas de mensajería instantánea ya que “la posibilidad de una manipulación forma parte de la realidad de las cosas” puesto que “el anonimato que autorizan tales sistemas y la libre creación de cuentas con una identidad fingida, hacen posible aparentar una comunicación en la que un único usuario se relaciona consigo mismo”.

Por tanto, ya sea trabajador de una empresa o como empleado de hogar, no pueden comunicarle un despido únicamente por WhatsApp, correo u otra aplicación de mensajería, ya que legalmente deberá entregarte la carta de despido, para que puedas ejercer tu derecho a impugnarla o reclamar en el término de 20 días con todas las garantías legales.

Recomendaciones en caso de despido:

-Exija siempre la carta de despido por escrito.

-Firme en todos los folios de la carta de despido “no conforme”.

-No rechace la carta de despido.

-Identifique el tipo de despido.

-En los despidos objetivos siempre tendrá derecho a un preaviso.

-No acepte ningún dinero sin antes hablar con su abogado laboralista.

-Recuerde que no es lo mismo Finiquito que una carta de despido.

-Tiene 20 días para impugnar el despido, pasando primero por el SMAC.

-Si tiene cotizaciones suficientes solicite el paro.

-Así esté indocumentado o irregular en España tiene los mismos derechos laborales en caso de despido que un trabajador con su documentación legal.

-Si se le reconoce el despido estando irregular se le puede solicitar un Arraigo Laboral para poder documentarle.

-Si tiene cualquier problema laboral llámenos al despacho al 915482289.

 

 

2 Comments

  • Ricardo Muñoz
    Responder 21 agosto, 2022 at 8:56 pm

    Comense a laborar en una empresa y a los 8 días me llamo un encargado y me dijo que si jefe ya. O tiene más faena que hasta ese día trabaje
    Eso x teléfono
    Y a los 2 días me dieron de baja en la ss
    Contrato. No e he firmado
    Y nadie me da razón de nada no entiendo nada la verdad
    Esto aquí en Pamplona navarra

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