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¿Cómo cobrar el paro de golpe para abrir un negocio?

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¿Cómo cobrar el paro de golpe para abrir un negocio?

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La ley 31/2015, en vigor desde el 10 de octubre de 2015 ha supuesto importantes mejoras para quienes estén cobrando el paro y quieran emprender.

Esta medida se establece para aquellas personas que tengan derecho a una prestación por desempleo (paro) y estén pensando en darse de alta como autónomos o que tengan previsto crear su propia empresa

Con esta mejora de Ley, es factible seguir cobrando la prestación por desempleo y darse de alta en autónomos al mismo tiempo.
Existen otras opciones, como capitalizar el paro, pidiendo el pago único de la prestación.

¿Para qué se puede pedir el pago único?

Las actividades de autoempleo para las que se puede solicitar el pago único del paro son:

-El inicio de una actividad como trabajador autónomo.
-La incorporación a una cooperativa, existente o de nueva creación, como socio trabajador o de trabajo de carácter estable.
-La constitución de una sociedad laboral o la incorporación a una ya existente, como socio trabajador o de trabajo de carácter estable.
-La creación de una entidad mercantil de nueva constitución (por ejemplo una SL) o incorporarse a una que se haya creado en los 12 meses anteriores, si se va a tener el control de la misma.

Por tanto, un trabajador que se ha quedado en el paro y ha generado derecho para obtener una prestación, podría tener estas opciones:

1.- Pedir un pago único para montar su negocio.
2.- Pedir solamente que con cargo a su paro se le paguen las cuotas de autónomo.
3.- Pedir las dos opciones: pago único para financiar su nuevo negocio y que le abonen las cuotas que tendrá que pagar como autónomo.
4.- Pago único para financiar la inversión + pagos periódicos de cuotas de la Seguridad Social.

Como se puede cobrar el paro de golpe

1.- Pago único para financiar el negocio:

Se puede financiar con el paro la inversión necesaria para desarrollar esa actividad, con estos límites:

-Desde el 10 de octubre de 2015, se puede solicitar el 100% de la prestación por desempleo que quede pendiente de cobrar.
-Los gastos que se financian con el pago único hay que justificarlos luego documentalmente con facturas, contratos, etc. No se puede crear una reserva para gastos futuros.

-También se pueden pagar con este pago único las cargas tributarias y tasas necesarias para el inicio de la actividad y utilizar hasta el 15% del pago único para contratar servicios de asesoramiento, formación e información.

También se puede utilizar lo que quede por cobrar de prestación por desempleo para constituir o incorporarse a una sociedad:

-En el caso de constitución o incorporación a una sociedad cooperativa, la cuantía máxima a percibir será la establecida como aportación al capital, incluyendo la cuota de ingreso en la cooperativa.

-Si se trata de una sociedad laboral, la cuantía máxima será el capital desembolsado para la adquisición de acciones o participaciones de la misma.

-Si es para la aportación del capital social de una entidad mercantil, como una SL, tendrá que ser una sociedad nueva o que se haya creado en los 12 meses anteriores y que se vaya a tener el control de la misma.

2. Utilizar el paro para pagar las cuotas de la Seguridad Social:

El trabajador que está cobrando el paro puede preferir que en lugar de financiar la inversión de la puesta en m archa de su negocio, se le pague las cuotas mensuales de cotización como autónomo a la Seguridad Social.

Para ello, el trabajador deberá presentar los justificantes de esta cotización del mes del inicio de actividad y el Servicio Público de Empleo abonará mensualmente el importe de la cuota de autónomos.

Es muy importante saber que hay que pedir la capitalización del paro siempre antes de darse de alta como autónomo.

3. Pago único para la inversión + pagos de las cuotas de la Seguridad Social.

La tercera posibilidad es mixta: Se decide pedir una parte de la prestación para financiar la inversión y con lo que queda, que se paguen las cuotas de autónomo hasta completar la totalidad de la cuantía de la prestación pendiente de percibir. La condición es que el trabajador permanezca en la respectiva actividad con carácter estable.

Requisitos para cobrar el paro de golpe

1. Tener reconocida una prestación por desempleo del nivel contributivo. Los subsidios y ayudas (ayuda familiar, mayores de 55 años, RAI, Prepara o PAE) no dan derecho a la capitalización.

Tener pendiente de percibir al menos 3 meses de prestación en la fecha de la solicitud.

No haber obtenido reconocimiento de un pago único de una prestación por desempleo, en cualquiera de sus modalidades, en los 4 años anteriores.

De iniciar la actividad en una sociedad laboral o cooperativa, ha de serlo como socio trabajador o trabajo de carácter estable, no temporal.

No haber iniciado la actividad antes de la fecha en que se presenta la solicitud.

Si hubiera impugnado el cese de la relación laboral origen de la prestación por desempleo, la solicitud se debe presentar después de que se haya resuelto el procedimiento correspondiente.

No haber compatibilizado la prestación por desempleo y el ser autónomo en los 24 meses anteriores.

En el caso de ser un TRADE no contratar con el ex empleador

En el caso de entrar en sociedad una creada en los 12 meses anteriores, no podrá ser una entidad con la que se haya tenido una relación laboral o se haya tenido con alguna empresa del mismo grupo.

Obligaciones al solicitar la capitalización del paro:

-Presentar la documentación acreditativa del inicio de actividad.

-Destinar la cantidad percibida a la aportación al capital establecido, en el caso de cooperativas o sociedades, o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad, en el caso de trabajadores autónomos. El dinero no se puede destinar a otros fines.

-Una vez que ha recibido el importe del pago único, el trabajador dispone de un mes para iniciar la actividad laboral.

Las solicitudes se pueden presentar en las oficinas de empleo del SEPE (INEM), en sus direcciones provinciales y a través de internét.

¿Cuáles son los errores más frecuentes en las solicitudes de pago único?

Hemos de recalcar la importancia de realizar cada trámite en el momento que corresponde.

Ya hemos comentado el requisito de presentar siempre esta solicitud del pago único antes del inicio de la actividad.

Con alguna frecuencia, la persona interesada está tan enfrascada en el vértigo que supone el inicio de una actividad, que comete el error de pedir el pago único después de haber puesto en marcha su proyecto, lo que lleva a su denegación por parte de la oficina de empleo.

Otro error, no tan grave, pero mucho más frecuente, es paralizar la iniciativa de autoempleo hasta recibir la aprobación del Servicio Público de Empleo Estatal.

El pago único es un derecho del perceptor de una prestación contributiva y su solicitud debe ser aprobada siempre que se cumplan los requisitos.

Es lógica y recomendable la prudencia en el caso de optar por la modalidad de pago único al tener que realizar un importante desembolso económico, pero, si la opción elegida es exclusivamente la subvención de las cuotas de cotización en la Seguridad Social, lo aconsejable es iniciar la actividad sin complejos, eso sí, una vez que ya se ha presentado la solicitud, nunca olvidemos este requisito previo.

De hecho, nos consta que a menudo el reconocedor del SEPE espera hasta comprobar que el interesado se ha dado de alta en la Seguridad Social, para aprobar su solicitud. Como es lógico, el trabajador deberá presentar los justificantes de la cotización a la Seguridad Social, correspondientes al mes de inicio de la actividad.

Otras preguntas de interés sobre la capitalización del paro en pago único:

¿Las cantidades que se reciben están sujetas al pago de impuestos?

Las prestaciones por desempleo percibidas en la modalidad de pago único, están exentas del Impuesto sobre la renta, hasta el límite de 15.500 euros con carácter general, y sin límite alguno en el caso de trabajadores con discapacidad que se conviertan en trabajadores autónomos.

Este excelente tratamiento fiscal tiene un pero: para consolidar este derecho a la exención, la actividad debe mantenerse durante el plazo de 5 años. Evidentemente, si al poco tiempo de iniciar esa actividad y antes de presentar la Declaración de la Renta, somos conscientes de la inviabilidad de la actividad emprendida durante un plazo tan exigente, lo prudente es declarar lo percibido como rendimiento del trabajo, como corresponde siempre a las prestaciones por desempleo.

¿Qué sucede si mi proyecto empresarial va mal y tengo que abandonarlo?

a) Si ha recibido ya el importe total de su prestación, bien en pago único o bien en cuotas de la Seguridad Social, aunque se dé de baja ya no podrá recibir de nuevo el paro, puesto que se ha agotado la prestación.

b) Si le queda un remanente de la prestación por recibir podrá solicitarlo, pero con una serie de requisitos:

– si pidió el pago único para financiar su inversión, deberá estar de nuevo en situación legal de desempleo y que haya transcurrido un tiempo equivalente a los meses durante los que hubiera recibido el paro si no hubiera pedido el pago único. Ejemplo: tiene reconocidos 24 meses de prestaciones a 1.000 euros mes.

Pide pago único para financiar 12.000 euros de su empresa. Se lo conceden, pero a los tres meses comprueba que no funciona el proyecto.

Para poder recuperar el paro que le queda deberán haber pasado 12 meses desde que pidió el pago único, ya que el importe de 12.000 euros lo habría cobrado en 12 mensualidades de no haber pedido la capitalización.

– En el caso de haberse dado de alta como autónomo en la Seguridad Social, que no hayan pasado 60 meses desde el alta. Durante los primeros 24 meses no será necesario justificar el motivo, y a partir del mes 24 tendrá que cesar en la actividad por motivos ajenos a la voluntad del autónomo (económicos, técnicos, productivos, organizativos, fuerza mayor, pérdida de la licencia para trabajar, cese involuntario del cargo de consejero).

– En el caso de haberse dado de alta como autónomo en una mutua alternativa a la Seguridad Social, que no hayan pasado 24 meses desde el alta.

¿Puedo pedir el pago único para montar una Sociedad Limitada (SL)?

Si, desde el octubre de 2015 se puede utilizar el pago único para las aportaciones de capital social necesario para montar una entidad mercantil, como puede ser una SL, siempre que se tenga el control de la sociedad.

¿En qué otros casos no se puede pedir la capitalización del paro?

No se puede pedir el pago único si el trabajador es fijo discontinuo o se encuentra en situación de un ERE de suspensión o reducción de jornada, ya que en ninguno de los tres casos hay un cese en la relación laboral que mantiene con su empleador.

¿En algún caso puede suceder que tenga que devolver lo que me han adelantado con la capitalización del paro?

Si. Y lamentablemente es bastante frecuente ver que una vez recibido el pago único se incumplen los requisitos y hay que devolver al SEPE las cantidades recibidas.

Fuente: SEPE

TELÉFONO CITA DESPACHO:91-5482289

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43 Comentarios

  • Vicente Hernández Zamora
    Responder 29 agosto, 2020 at 8:32 pm

    Hola si tengo 58 años y soy fijo discontinuo en la empresa , puedo solicitar algunos de los casos como pago único o mixto etc para montar un negocio, una cafetería?, pues empezamos la temporada 2020 en febrero y debido al Covid19, estamos en ERTE desde el 19/03/20 y necesito saber si me puedo beneficiar para abrir una cafetería y ser autónomo?
    Gracias

      • Miriam
        Responder 12 abril, 2022 at 3:51 pm

        Buenas tardes,
        Soy sanitaria y tengo una idea de negocio que quiero emprender y tengo posibilidad de solicitar el paro por “finalización del contrato”. Cómo puedo saber qué cantidad me pertenece por 17 años de actividad ininterrumpida y nunca haber gastado paro?

    • Paulina Tatiana
      Responder 27 mayo, 2022 at 5:46 pm

      Hola buenos dias,quiero pedir la baja voluntatia para pedir el pago unico del paro,me gustaria saber si con la baja volubtaria lo puedo hacer?y tambien me gustaria saber que es lo que la empresa me deberia de dar?finiquito o algo?

  • Sonia
    Responder 7 septiembre, 2020 at 8:14 pm

    Hola, tengo una duda estoy trabajando pero quiero pedir mi baja voluntaria para montar mi propia empresa. Con una baja voluntaria puedo solicitar el pago único?Gracias

    Si no es posible que tiempo tendría que estar se alta en otro trabajo?

  • Noelia
    Responder 19 diciembre, 2020 at 7:09 pm

    Hola, yo era fija discontinua, me despidieron de la empresa y tenia dos prestaciones la acumulada y la que tenía abierta, al despedirme me obligaron a cojer la que tenía abierta. Mi pregunta es, puedo cobrar la prestación que tengo acumulada para montar un negocio haciéndome autónoma o tendría que trabajar para otra empresa para cobrar esa prestación?
    Espero respuesta. Un saludo

  • Karen Volcanes Cabrera
    Responder 27 septiembre, 2021 at 9:53 pm

    Hola,tengo un contrato de sustitución y quiero montar mi propia empresa pidiendo el paro único pero no sé si con ese tipo de contrato también me afectaría a la hora de pedir baja voluntaria ¿tengo derecho a pedir el paro?

  • Fernando
    Responder 25 octubre, 2021 at 9:49 am

    Hola yo ya he pedido el paro y empiezo a cobrar el mes que viene puedo pedir ahora el pago único para montar un negocio gracias

  • Germán Sánchez
    Responder 10 diciembre, 2021 at 5:30 pm

    Hola buenas tardes . Llevo en mi empresa casi 12 años , llevo desde hace 5 años a jornada reducida por cuidado de un menor y ahora mismo en ERTE. Me salió la posibilidad de coger un bar, que es a lo que me dedico, y para poder contar con un préstamo para la fianza del bar me piden tener algo ahorrado, que sería un 30% del préstamo, que claro no lo tengo. Mi pregunta es … en mi situación se podría pedir el pago único para poder montar mi propio negocio? Más que nada x la situación laboral que tengo con la empresa. Muchas gracias

  • Clàudia Gutiérrez Linares
    Responder 21 febrero, 2022 at 5:05 pm

    Si quiero cobrar el paro integro para montar una empresa, pero quiero ser auotonoma en Italia, se podría? Se podriía cobrarlo en Italia?

  • cristina diez villegas
    Responder 24 febrero, 2022 at 3:52 pm

    Hola. Si solicito la capitalización del paro , y me doy de alta como autónomo antes de estar concedido, que pasaría si no me lo concedieran?, puedo darme de baja de autónomo y solicitar de nuevo el paro mensual?. Gracias

  • Madalina cristea
    Responder 20 marzo, 2022 at 4:59 pm

    Hola estoy cobrando renta agraria no puedo cobrar el paro hasta que se acaba la renta si quiero montar mi negocio puedo cobrar mi paro?

  • Eduardo beltran
    Responder 18 mayo, 2022 at 9:00 pm

    Hola buenas noches.llevo casi 2 años en la empresa.puedo solicitar el pago único para montar mi negocio de lavado de coches.y como calcular el total a percibir.muchas gracias

  • zahid
    Responder 9 agosto, 2022 at 6:21 pm

    hola
    he trabajado en un restaurante 14 años y ahora quiero comprar me una taxi, para esto puedo coger paga unica?

  • sara
    Responder 2 septiembre, 2022 at 11:28 am

    Buenos días, llevo 7 años trabajando para una empresa, he llegado a un acuerdo con la empresa y el domingo finaliza mi contrato, me gustaría solicitar el pago único del paro para crear una sociedad limitada unipersonal (la actividad profesional sería la misma que realizo actualmente). ¿Podría realizarlo? Un saludo

  • Eduardo Aparo
    Responder 5 septiembre, 2022 at 8:27 am

    Hola buenos dias, espero te encuentre bien, te comento, estoy en situación de desempleo desde hace un mes ya que la empresa tuvo que hacer reducción de personal por motivos económicos, y tenía intención de capitalizar el paro para montar una sl, por otro lado estamos esperando un bebé para el mes de marzo 2023, mi pregunta es puedo capitalizar el paro y luego recibir subsidio por paternidad ? o me quedo recibiendo el pago por desempleo, en marzo recibo mi subsidio por paternidad, y pasados 4 meses emprendo mi actividad ? que me aconsejas gracias

  • Miriam
    Responder 17 octubre, 2022 at 12:51 pm

    Hola mi marido está en paro actualmente ya a cobrado 5 meses de paro, es posible pedir el paro único de lo que le queda para montar un negocio?

  • Diego Pantoja garnateo
    Responder 5 diciembre, 2022 at 1:48 pm

    Hola buenas tardes me gusta me gustaría saber si puedo capitalizar el paro lo he cobrado solamente una vez y voy a hacerme autónomo del taxi como el banco no me da todo el crédito que necesito la idea era aportar la capitalización del paro para la entrada es posible pedir la capitalización solo he cobrado un mes o sea que me quedarían casi la totalidad 23 meses gracias

  • Oscar
    Responder 16 febrero, 2023 at 8:35 am

    Hola
    Podria pedir el paro unico en cuotas de autonomos para trabajar con mi furgoneta para la misma empresa anterior a la situacion de desempleo
    Y de no ser posible que pasaria tendria que devolver lo pagado en cuotas o tendria alguna multa por hacerlo?
    En mi trabajo todos son trade y son legales
    Gracias

  • Fernando
    Responder 30 marzo, 2023 at 8:02 pm

    Buenas. Mi caso es el siguiente:pedí la baja voluntaria en una empresa para incorporarme a otra, en la cual estuve un mes. Después me puse de autónomo y solicité el paro unico, que me denegaron por no estar tres meses trabajando después de la baja voluntaria. Ahora he formado una S.L. con otro socio y me gustaría saber si habria manera de cobrar el paro único, o lo dejó por imposible. Muchas gracias

  • Nayara
    Responder 21 julio, 2023 at 6:52 pm

    Hola

    Si estoy en una empresa trabajando y dicha empresa no me da el paro lo puedo solicitar íntegro para montar mi negocio o me tiene que despedir??

  • Vivianam56.vmz
    Responder 11 septiembre, 2023 at 11:40 pm

    Buena noche soy fija infinid si me voy en desepreo y pido el pago infinito para montar una e.presa y se autónoma puedo

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