Entrada como Turista a España. Requisitos y documentos.
Entrar a España como turista requiere múltiples requisitos, los cuáles hay que cumplir en su totalidad, entre ellos se encuentra acreditar el dinero que se tiene para toda la estancia en este país que tiene un límite de hasta 90 días.
Para que logre entrar a España como turista sin problemas, es importante seguir unas pautas comunes a cualquier turista para que no tenga problemas con la Autoridad de Barajas, pasar en su caso la entrevista donde se comprueban los documentos, dinero y circunstancias de interés según el país que procede el turista, por lo que, es importante que sea conocedor que existen dos grupos de turistas, que son:
Países con Exigencia de Visado: Turistas provenientes de países con exigencia de visado: Ecuador, Bolivia, República Dominicana y Cuba, se les requiere obtener el visado de turismo en el Consulado español en su país de origen, estos colectivos así deban entrar con visado, pueden ser objeto de retención en el aeropuerto español, lo que supone una entrevista en control de fronteras para la verificación de los documentos y objetivo del viaje que desea efectuar el turista.
En este sentido, pueden entrevistarle los oficiales de la aduana y preguntarles sobre la ciudad que vienen a visitar, quién los invitó, objetivo del viaje, lugares conocidos que desean visitar, transporte alternativo que utilizarán si viajan dentro dentro de España, etc.
Siempre se le exigirá la carta de invitación, 113,4€, ya que en el 2024, ha subido el Salario Mínimo Interprofesional a 1134€, por tanto, debe traer el 10% de dicho SMI por cada día de estancia en España, billete de ida y vuelta o Hotel pagado, etc.
Una vez que tenga en su poder la carta de invitación de España, debe acudir al consulado español a pedir la visa como turista y es aquí donde debe demostrar un arraigo muy importante en su país, por ejemplo, que está estudiando, trabajando, que tienen hijos, cónyuge, propiedades, temas médicos, medios económicos, etc., así le justificará y acreditará ante consulado, que no es su intención de quedarse a residir en España, en este caso, la carga de la prueba la tiene el invitado (turista), el cual debe aportar la documentación correspondiente a cada caso en cuestión.
Países que NO NECESITAN VISADO: Aquellos países a los que no les exigen visado para entrar como Turista a España son Paraguay, Venezuela, Honduras, México, Argentina, Brasil, Perú, Colombia, Nicaragua, etc., estos si bien no requieren acudir al Consulado español en su país de origen, deben cumplir igualmente los requisitos de entrada a España, que son, entre otros:
-la carta de invitación efectuada ante la policía local en España, trámite muy sencillo que debe hacer el invitante aportando determinados documentos como el Padrón Familiar, Contrato de Alquiler o Propiedad, copia Pasaporte Invitado, pago de las Tasas correspondientes por expedición de esta carta.
-Dinero o Solvencia para que el turista demuestre que se puede mantener, en este sentido se le exige ingresar con suficiente dinero en efectivo, cheque con respaldo del Banco, tarjeta de crédito con respectivos extractos bancarios actualizados y expedidos directamente por la entidad bancaria, el monto exigido es de 100 euros por cada día de estancia y si viene a España por 9 días, debe traer 900€ en efectivo.
-Billete de avión de ida y vuelta.
-Conocimiento de quién lo invita, lugar dónde va a residir durante su estancia, etc.
Sugerimos que si el invitante (quien hace la carta de invitación) estuvo indocumentado en España en algún momento de su vida en España, no le haga la carta de invitación, pues lo están investigando y solo por ese motivo no le dejarán entrar.
-Pago del Hotel durante toda su estancia (no venir con reserva, sino con el abono del Hotel de toda la estancia).
Cuidado con aquellos turistas que ya hubiesen visitado con anterioridad España y se pasaron del tiempo de estancia permitido de los 3 meses, en este supuesto, lo más probable es que no sean admitidos en el aeropuerto, por haber incumplido la normativa de extranjería en cuanto al plazo límite salir de España, por lo tanto, siempre es mejor salir de España antes de vencerse el plazo y volver a entrar o pedir prórroga en su caso.
Tiempo para poder volver a entrar a España: Una vez que el turista regrese a su país de origen, puede volver a entrar a España, pasado los 90 días (3 meses). En este caso, debe volver cumpliendo de nuevo con todos los requisitos de entrada (carta de invitación, dinero, etc.).
Por otro lado, existe el supuesto de que el turista que pretende entrar, ya haya residido en España con anterioridad, pero de manera indocumentada, si es así, será retenido en cualquier aeropuerto español y no lo dejarán entrar; igualmente pasa con el invitante (persona que hace la carta de invitación), si ha estado indocumentada en algún momento de su estancia en España, así en la actualidad ya tenga su residencia, pero es la que firma la invitación, no admitirán al pasajero, pues el concepto es que no puede invitar una persona que estuvo de manera irregular.
Es importante, en todos los casos, se tenga o no visado, documentarse e informarse sobre la ciudad o ciudades que el turista viene a visitar, así sea invitado por cualquier familiar, ya que puede ser objeto de una entrevista en el aeropuerto, le preguntarán sobre sitios, lugares de interés, monumentos de la localidad, y si viajará a otra provincia, le pedirán el pasaje ya sea en AVE, avión, el enlace hacia ese sitio, etc.
Respecto al hotel, últimamente en el control del aeropuerto no están aceptando la reserva exclusiva del Hotel por solo unos días de estancia, aparte de que verifican la información llamando al Hotel, sugerimos que el turista pague los primeros días de la estancia o todo el paquete.
Hotel y Carta de invitación:
En el supuesto caso que se quiera quedar en España tanto en Hotel como en casa de un familiar o amigo debe justificar el alojamiento a través de la carta de invitación y el correspondiente Hotel pagado, por tanto, deben organizar el viaje de tal manera que deben acreditar el alojamiento de toda la estancia turística.
Es importante que el turista que vaya a viajar a España no acepte ningún paquete, bolsa o análogo de algún desconocido o de conocido de referencia que previamente no hayan revisado, se han dado casos, de que algún conocido le pida el favor de que les traiga a otra persona en España un sencillo paquete y resulta ser droga, esta situación es muy grave, supone muchos años de cárcel.
Si viajan menores solos, por favor, deben organizarle bien toda la información, debe llevar consigo la carta de invitación, la autorización de los padres para dejarlos salir de su país y autorización de las personas quienes lo acogen temporalmente, el dinero completo de toda la estancia, así como deben conocer quién los invita, recuerden que existe un servicio de acompañamiento de azafata que brinda la compañía área que más efectivo.
La autorización para que los menores viajen a España o salgan de su país efectuada por los padres, lo mejor es hacerlo por vía notarial o consulado en el país donde residen los padres y dejar constancia quien se hará cargo de ellos en España, así como hacer consta quien los recoge en el aeropuerto en España.
Si se pasa del tiempo de estancia como turista:
El turista que entra a España con o sin visado, tiene un plazo de estancia de 3 meses en España. Si se pasa de ese plazo, así sea un solo día, se queda en situación irregular con todo lo que conlleva dicha circunstancia que puede ser objeto de expulsión, no puede trabajar, regularizar su situación es muy difícil, etc. Por tanto, saque un vuelo de vuelta a su país posterior al vencimiento del plazo de estancia.
En caso de que el turista sea retenido en el aeropuerto o control de fronteras en en España, tiene derecho a que sea defendido por un abogado, nuestro despacho de abogados especialista en extranjería podemos asistirle inmediatamente, no obstante, el familiar o amigo que invitó puede preavisarnos antes del viaje para estar pendiente por si sucede cualquier imprevisto e incluso es importante, que le envíe al familiar o amigo antes de venir España, un pantallazo o copia de mi tarjeta del despacho para poder ir a asistirle al aeropuerto.
Para la asistencia en el aeropuerto pueden designarnos como abogada particular diciendo mi nombre Judith Tabares Iglesias, en ese caso, que el familiar o amigo se pongan en contacto con mi despacho inmediatamente llamando al 915482289.
TELÉFONO CONSULTAS: 807505577
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Sonia Sigcha
3 agosto, 2018 at 3:38 pmHola buenas tardes llevo aquí en España 16 años tengo la tarjeta de residencia de 5 años me gustaría saber si con este documento puedo traer a mis hijos gracias
Judith Tabares Iglesias
31 agosto, 2018 at 12:05 pmHola Sonia: Si tus hijos son menores de 18 años los puedes reagrupar, el trámite se realiza aqui en ESpaña y debes cumplir otros requisitos que ya te diríamos en el despacho, pide cita al 915482289 y no vives en Madrid nos puedes llamar al teléfono de consultas al 807505577, vale, saludos, Judith Tabares
Judith Tabares Iglesias
6 noviembre, 2018 at 7:38 pmHola: Deberías sacarte la nacionalidad española porque así es más rápido y fácil, no obstante, si tienes residencia y condiciones de habitabilidad, dinero, etc, si puedes traerlos, llámanos al despacho al 915482289 y vemos el asunto, saludos, Judith
Maria
23 julio, 2019 at 2:23 pmHola soy española mi pareja es de cuba y por razones economicas solo e teni oportunidad de viajar yo alli y no hemos podido casarnos por el importe economico que piden al ser con una turista.ahora estoy embarazada el esta alli y yo aqui y no sabemos que hacer.como padre no tiene ninguna facilidad para venir?
Judith Tabares Iglesias
5 septiembre, 2019 at 8:37 pmHola: Solo procede que te cases para que puedas tramitarle la residencia comunitaria, a no ser que sea hijo o nieto de español que ya tendría otras opciones, llámanos al despacho al 915482289 pide cita y lo vemos, saludos, Judith
carlos sasul calderon ortiz
7 septiembre, 2022 at 9:30 amhola Judith buenos dias, te escribo para saber si me puedes prestar ayuda y saber costos para el siguiente caso:
a finales de noviembre 2022 mi padre vendrá de visita, fui a policía a solicitar carta de invitación y me la rechazaron porque en mi casa tengo un familiar mayor que se le esta tramitando residencia por arraigo pero no esta listo aun esa tramitación, eso quiere decir que en este momento ese familiar estaría ilegal, la policía uso ese supuesto para rechazar invitación de mi padre, ahora bien, lo puedo traer con reserva de hotel pero segun lo que comentas en tus pagina debería de traer consigo al menos 8000 euros en efectivo ya que el va a pasar aqui 80 dias. la pregunta es: si no dispone de todo ese dinero no lo dejran entrar? hay algun tipo de asistencia que se le pueda brindar estando en aeropuerto por si le ponen problemas con al reserva de hotel que yo le haga?
saludos y gracias.
PD: yo soy ya ciudadano español
Judith Tabares Iglesias
12 septiembre, 2022 at 7:55 pmHola. ¿Pero cómo se enteró la policia de esa familiar que estaba irregular? Solo con un Padrón familiar que hayas presentado no se pudo enterar. Por lo demás, son 100€ por dia de estancia y el pago del Hotel, que es imposible que sea por 80 días, no vale reserva de unos dias, lo van a devolver, asi que lo mejor es que pidas cita en el 915482289 y te explico, saludos
carlos sasul calderon ortiz
31 octubre, 2022 at 4:23 pmhola buen día d nuevo Judith, con el padrón que presente ese día le comente que la situación de ese familiar esta en tramite por reagrupación ya que es una persona mayor de edad y el policía solo me comento que estaba irregular sin dar mas explicaciones, en el caso de mi padre, siendo yo español, lo que hice fue elaborar un documento en notaria apostillado solicitando reagrupación familiar, ya que no me queda de otra, asi no tendría inconveniente, pero de verdad que solicitar cita es bien complicado hoy día.
Erika
22 septiembre, 2022 at 1:57 pmHola buenas tardes, mis padres son venezolanos y vienen de visita a finales de noviembre y se quedaran hasta enero, tengo la duda de si tengo que pedir la carta de invitación o no, ya que yo si tengo la nacionalidad española, la razón de su visita es que mi bebe nace en diciembre. será necesaria la carta? muchas gracias!!!
Judith Tabares Iglesias
30 septiembre, 2022 at 11:35 amHOla: Todo el que entre a España como turista debe entrar con la Carta de invitación o el Hotel pagado por toda la estancia, 100€ por dia, seguro, billete de ida y vuelta, ok, si tienes dudas pide cita en el 915482289 por ejemplo si quieren pedir asilo después, saludos
Gabriela
13 diciembre, 2022 at 12:24 pmBuenos dias
Quisiera que me ayudaras soy colombiana y mi novio de España estamos planeando un viaje en donde yo entraría al territorio europeo la pregunta es…
Con la carta de invitación explicando que el velaría por mi en todo…tengo yo que llevar los 100€ o MenoS?
Gracias
Judith Tabares Iglesias
16 diciembre, 2022 at 9:46 amHola.ESo no vale, la turista eres tu y debes cumplir los requisitos, que nos llame el novio al 807505577 o cita al 915482289, saludos
Ana Gongora Molina
28 marzo, 2023 at 4:46 amHola, si invito a unas amistades cubanas seria mejor por visa de turismo o carta de invitacion de una amigo ,yo corro con todos los gastos. Como se pondría en la planilla a llenar patrocinador .
Judith Tabares Iglesias
9 abril, 2023 at 4:06 pmHola: La Visa de turismo es la correcta solicitud, y esa visa requiere varios requisitos, que es la carta de invitación, seguro pagado, 108€ por dia, persona y estancia, billete de ida y vuelta, arraigo en Cuba, etc, por tanto, para que no te la denieguen llama y pide cita en el 915482289 al al 807505577, saludos
marie hansson
25 abril, 2023 at 4:27 pmHola, mi marido quiere venir a visitarme y quedarse dos (2) meses, soy ciudadana de la UE y trabajo en España en una empresa. ¿Cuánto necesita exactamente para presumir, son 6000 euros? ¿Qué tipo de dinero tengo que mostrar?
Judith Tabares Iglesias
26 abril, 2023 at 10:10 amHola: Para ver bien el asunto y explicarte, llama y pide cita en el 915482289 o al teléfono consultas 807505577, saludos
Judith Tabares Iglesias
26 abril, 2023 at 10:39 amHola: Son 108 por dia y estancia, carta de invitación o acta de manifestación, porque eres española, y quizás no se crean que invites a tu esposo, todo depende del país que sea tu esposo, lo mejor es que nos llame y pide cita en el 915482289 o al teléfono consultas 807505577, saludos
yudith chapman same
1 diciembre, 2023 at 6:53 amhola, queria saber porque quiero traer a mis sobrinos de visita a españa y no se que documentos le pediran en la embajada y cuanto dinero tiene que demostrar ella que tiene
Judith Tabares Iglesias
10 diciembre, 2023 at 2:49 pmHola: Lo primero es que saber de qué país son tus sobrinos, para ver si necesitan visado o no, por tanto, llámanos al teléfono de consultas 807505577 o mejor pide cita en el 982289 porque son menores y el tema es complicado, saludos