Renovación de Tarjeta Residencia por Vía Telemática. Escrito Silencio positivo. Plazos.
Desde Octubre del 2016 la administración ha dispuesto un nuevo procedimiento para poder renovar las autorizaciones de residencia y trabajo por VÍA TELEMÁTICA, lo cual supone un cambio muy eficaz y además agiliza la tramitación en todos los sentidos.
Renovaciones por Vía Telemática:
Se pueden renovar por Vía Telemática prácticamente todas las autorizaciones de residencia, como pueden ser las de larga duración, todas las residencias temporales de menos de 5 años por cuenta ajena que incluye los arraigos social, laboral, familiar, residencias no lucrativas, reagrupación familiar, estudiantes, modificación de tarjetas, alta cualificación, etc. Las únicas que requieren cita previa la cual la gestionamos a través del Colegio de Abogados son las renovaciones de residencia comunitarias y las residencias permanentes.
Las ventajas de renovar la residencia por vía telemática es que el expediente entra directamente en la oficina correspondiente y es grabado automáticamente con un número, inmediatamente Ud. tendrá el resguardo de su solicitud y su número correspondiente para que pueda ver el estado de la tramitación durante el proceso, además, se podrán aportar otros documentos durante el trámite, por otro lado, si tiene algún requerimiento por parte de la administración durante el proceso, no tendrá que desplazarse a la oficina o a un registro, porque directamente se aportará la documentación requerida por vía telemática.
En nuestro despacho de abogados ubicado en el centro de Madrid, le podemos ayudar en toda la orientación del expediente para que sepa qué Tasa debe pagar, qué documentos presentar y la presentación de su renovación de residencia y trabajo por vía telemática.
¡Así resida en cualquier provincia de España le podemos presentar su expediente por vía telemática sin ningún problema y con todas las garantías legales!
ESCRITO DE SILENCIO POSITIVO:
Unas de las cuestiones más importantes es que en caso de que la administración no resuelva el expediente en el plazo de tres meses, se puede solicitar el ESCRITO DE SILENCIO POSITIVO para que le concedan dicha renovación a todos los efectos.
El escrito de silencio positivo es importante para salvar su renovación de tarjeta en caso de que tenga antecedentes penales o policiales y no haya podido cancelarlos, no haya cotizado lo suficiente, haya salido del país más tiempo establecido, tenga un juicio pendiente o peligre su renovación por cualquier circunstancia, puesto que se aplica los artículos 42 y 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en tanto la falta de respuesta por la Administración al establecer que “dentro del plazo establecido tendrá efecto estimatorio por silencio administrativo”, refiriéndose en los siguientes términos:
Y considerando además que conforme al apartado 3 del citado artículo 43 “en los casos de estimación por silencio administrativo, la resolución expresa posterior a la producción del acto sólo podrá dictarse de ser confirmatoria del mismo”, intereso a la Administración dicha confirmación del resultado favorable para la expedición de la tarjeta solicitada.
Plazos para la renovación:
Si tenemos autorización de residencia en España (NIE), debemos estar muy pendientes de cuándo se nos vence dicha residencia para poder renovarla en tiempo y forma.
Es posible que justo se nos venza el NIE cuando queremos irnos de vacaciones o estamos fuera de España por un tiempo, en este caso, es primordial que entre a España antes de su vencimiento y que efectúe la correspondiente gestión de su renovación en tiempo y forma (a partir de dos meses antes) por vía telemática en su caso y solicitar la autorización de regreso por si desea salir del país durante la renovación de su tarjeta de residencia.
También se puede renovar hasta tres meses después de vencimiento de su tarjeta pero debe saber que puede ser objeto de sanción administrativa y le puede perjudicar en su solicitud o tramitación de la nacionalidad española.
¿Cuál tarjeta de residencia puede renovar por vía telemática?
Como hemos manifestado, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en colaboración con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, han ampliado el número de supuestos de renovaciones de autorización de extranjería que se pueden presentar a través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, cuestión que consideramos muy eficaz, ya que nos dan el resguardo al momento y no tenemos que acudir con cita previa. Los supuestos son:
-Solicitud de Autorización de Residencia de Larga Duración por supuestos general de 5 años de residencia continuada en España.
-Renovaciones de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
-Renovaciones de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
-Renovaciones de autorización de residencia no lucrativa.
-Renovaciones de autorización de residencia por reagrupación familiar.
-Renovaciones de autorización de residencia y trabajo como trabajador altamente cualificado (Tarjeta azul).
-Renovaciones de autorización de residencia y trabajo para investigadores.
-Renovaciones de autorización de residencia con exceptuación a la autorización de trabajo.
-Modificación de autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razones de arraigo laboral, social con habilitación para trabajar, y familiar, o cualquier otro caso en el que el titular haya obtenido autorización para trabajar, a autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
Requisitos renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena:
La renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena deberá solicitarse en modelo de solicitud, durante los sesenta días naturales previos a la fecha del vencimiento de la vigencia de su autorización. La presentación de la solicitud en este plazo prorrogará la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.
También se prorrogará hasta la resolución del procedimiento en el supuesto en que la solicitud se presentase dentro de los tres meses posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador(multa) y además el presentarlo después, nos influirá negativamente en el proceso de nacionalidad por tener ese descubierto.
Para poder renovar nuestro NIE debemos acreditar:
La continuidad en la relación laboral durante un mínimo de seis meses por año y haya suscrito un contrato de trabajo con un nuevo empleador acorde con las características de su autorización para trabajar, figurando en situación del alta o asimilada al alta en el momento de solicitar la renovación o disponga de un nuevo contrato de trabajo que reúna los requisitos exigibles a la misma.
Cuando el trabajador haya tenido un período de actividad de, al menos, tres meses por año, siempre y cuando acredite que la relación laboral que dio lugar a la autorización se interrumpió por causas ajenas a su voluntad (despido o desistimiento de la empresa o empleador), que ha buscado activamente empleo, participando en las acciones que se determinen por el servicio público de empleo o bien en programas de inserción socio-laboral de entidad públicas o privadas que cuenten con subvenciones públicas y que en el momento de solicitud de la renovación tenga un contrato de trabajo en vigor.
Cuando el trabajador extranjero estuviera percibiendo una prestación contributiva por desempleo, al menos por el tiempo de duración de dicha prestación.
Cuando el trabajador extranjero estuviera percibiendo una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción o reinserción social o laboral, al menos durante el tiempo de duración de ésta.
Nuevos supuestos:
También se renovará la autorización cuando el trabajador se encuentre en alguna de las situaciones previstas en el artículo 38.3. b) y c) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero.
-La autorización de residencia y trabajo se renovará, asimismo, a su expiración cuando el trabajador acredite que se ha encontrado trabajando y en alta en Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, siempre que su última relación laboral se hubiese interrumpido por causas ajenas a su voluntad, y haya buscado activamente empleo.
-También procederá la renovación cuando el cónyuge cumpliera con los requisitos económicos para reagrupar al trabajador.» (Añadidos por el Real Decreto 1162/2009, de 10 de julio).
-Los descubiertos en la cotización a la Seguridad Social no impedirán la renovación de la autorización, siempre que se acredite la realización habitual de la actividad.
La autoridad competente pondrá en conocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la situación de descubierto de cotización, a los efectos de que se lleven a cabo las actuaciones que procedan.
¿Qué hago si me deniegan la renovación de residencia?
- Recurso de alzada o recurso de reposición. Son 30 días desde la notificación para poder recurrir.
- Recurso Contencioso- Administrativo. Son 60 días desde la notificación para recurrir.
Nuestro despacho de abogados especialista en extranjería le recomendamos que primero recurramos en Recurso de reposición o Alzada según el caso ya que es más menos complicado y tarda menos su respuesta.
Recuerden que un Recurso es una reclamación que debe estar efectuada por un abogado especialista, ya que debe tener sus Fundamentos de Derecho, hechos, Jurisprudencia y Alegaciones pertinentes y es la última instancia prácticamente para poder ganar ese trámite, por tanto, hay que elaborarlo de manera perfecta como efectuamos en nuestro despacho de abogados.
RECOMENDACIÓN GENERAL ANTE UNA RENOVACIÓN:
Si tiene que renovar su NIE, lo primero es informarse de los requisitos pertinentes de cada tarjeta.
Recuerde que debe tener en cuenta si ha cambiado de pasaporte, si ha salido del país, si pudiese tener antecedentes penales o policiales cancelables o no, si ha cotizado lo suficiente, por ejemplo en un Arraigo familiar es obligatoria la cotización de 1 año y nunca lo cotizan, si tiene cualquier problema con su tarjeta que pueda peligrar su renovación, en ese caso, lo fundamental es que venga a nuestro despacho de abogados con más de 25 años de experiencia ubicado en le centro de Madrid y especialista en extranjería, para informarse y de esa manera lograr renovar con éxito.
Nuestro despacho de Abogados en Madrid centro, especialistas en extranjería, le vamos a efectuar toda la gestión de su solicitud de renovación de residencia como abogados colegiados por Vía telemática a través de las Plataformas autorizadas para ello, solo debe llamarnos al siguiente número:
TELÉFONO CITA DESPACHO: 915482289
“Solucionar tu problema, es nuestro único objetivo”
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-Residencia Comunitaria y de Larga duración.
Chenia
25 febrero, 2020 at 3:26 pmBuenas,
Quisiera saber cuánto tarda la resolución de renovación de residencia no lucrativa por vía telematica?
Muchas gracias
Judith Tabares Iglesias
26 febrero, 2020 at 9:39 pmHola: NO debería demorar más de 3 meses, por tanto, si tardó más ven y te hacemos un escrito de silencio negativo, llama al 915482289, saludos, Judith
Eliana Colhado
8 marzo, 2020 at 8:35 pmHola, como hago para hacer la modificación de la tarjeta.
Muchas gracias.
Judith Tabares Iglesias
9 marzo, 2020 at 11:28 amHola: Cuál modificación y porqué quieres hacerlo? Llama al despacho al 915482289 o al 807505577 y vemos el asunto, saludos Judith
Ana Garcia sanchez
10 marzo, 2020 at 3:22 pmHola cual es el precio de renovación telematicas de residencia permanente?
Judith Tabares Iglesias
12 marzo, 2020 at 9:08 amHola: NO hay renovación telematica de esta renovación, llama al despacho al 915482289 y te explicamos, saludos, Judith
elizabete
11 marzo, 2020 at 8:30 pmhola cuanto tarda el escriti silencio negativo y vuestra oficina en que linea de metro esta
gracias
Judith Tabares Iglesias
12 marzo, 2020 at 9:08 amHola: Estamos en el centro de Madrid, calle San Bernardo 13, 1º-izquierda, esquina Gran Vía, Metro Callao, Santo Domingo y Plaza de España, el Recurso contencioso suele tardar unos 6 meses o menos, llama al 915482289 y te explicamos, saludos, Judith
Geraldine britez
21 abril, 2020 at 9:53 pmHola como debo renovar mi tarjeta de residencia temporal por circunstancias excepcionales de 5 años? Gracias
Judith Tabares Iglesias
22 abril, 2020 at 9:02 pmHola: Lo debemos efectuar por Vía Telemática es la manera más rápida y eficaz, llámanos al 915482289 y ya te explico, saludos, Judith
alejandro herreria
2 mayo, 2020 at 11:54 amhola tengo q renovar mi nie como puedo hacerlo
Judith Tabares Iglesias
2 mayo, 2020 at 12:26 pmHola: Llámanos al 915482289 o dame tu teléfono y ya vemos cuál te toca, tasa y lo hacemos vía telemática, saludos
Mustafa
9 mayo, 2020 at 10:00 pm0034612231843 m podeis llamar porque tengo nie larga duracion y necesito que m lo renueven por via telematica y saber precio tmb gracias
Judith Tabares Iglesias
10 mayo, 2020 at 12:31 pmHola: Debes llamarnos al 915482289 o dame tu correo y ya te digo precio, saludos, Judith
Samir
13 mayo, 2020 at 2:23 pmHola se me a caducado el NIE hoy y no sé cómo renovarlo por qué está todo cerrado por el virus y no me dan solución , como lo puedo hacer telemática la renovación
Judith Tabares Iglesias
14 mayo, 2020 at 2:01 pmHola: El NIE se renueva por ¡VIA TELEMÁTICA desde hace años! Por tanto, llámame al 915482289 o escríbeme al correo: judithtabaresi@gmail.com y ya vemos el tema, saludos, Judith
Alex
28 mayo, 2020 at 10:41 amHola por favor como hay que hacer para hacer la renovación por vía telematica. La mía es la que me dan para 5 años. Y donde hay que sacar o donde me dan lo de la clave para hacerlo por vía telematica
Judith Tabares Iglesias
30 mayo, 2020 at 1:58 pmHola: Nosotros como abogados y con carné del ICAM somos los que gestionamos las renovaciones para que todo esté perfecto, por tanto, debes llamarnos al 915482289 y te hacemos la gestión, saludos, Judith
hanna
3 junio, 2020 at 12:28 pmbuenas tardes. mi nie caduca en octubre,pero tengo que pagar las tasas ahora. buscando en la pagina de sepe,no se cual sera la proxima renovacion.a larga distancia o temporal. por que va ser tercera vez que lo renuevo. gracias.
Judith Tabares Iglesias
3 junio, 2020 at 3:10 pmHola: tendría que ver el NIE para que estemos seguras de cuál es la renovación, y no tienes que pagar las TASAS ahora, eso se paga con la renovación que lo hacemos por via telemática, por tanto, llama al despacho al 915482289 pide cita y lo vemos, podemos renovar a partir de 2 meses antes, saludos, Judith
Jiji
15 septiembre, 2020 at 12:21 pmHola buenas tengo residencia temporal no autorizada a trabajar i yo pido tarjeta comunitaria porqué mi marido tiene nacionalidad española i mi dos hijas también me resuelve no faforable puedo acer renovación temporal o voy hacer recurso gracias
Judith Tabares Iglesias
17 septiembre, 2020 at 7:35 pmHola: Tenemos UN MES para efectuar un Recurso de reposición, es importante no se te pase el Plazo!!!! Llama al despacho al 915482289 pide cita y traeme la Resolución, saludos, Judith