Empleadas de Hogar. Pagas Extraordinarias. Salario. Vacaciones.
Las empleadas de Hogar tienen derecho a recibir su Paga Extra, que puede estar incluida en el salario o en su caso tiene derecho a recibirla completa o a la mitad.
El sector de empleados de hogar también tienen sus derechos, como las vacaciones, permisos retribuidos, Contrato, nómina, subsidio en caso de enfermedad o accidente, jubilación, etc.
En este artículo, brindaremos toda la información oportuna para que pueda ejercer sus derechos.
Salario que debe garantizarse al trabajador:
El salario será el acordado por el empleador y el empleado, garantizando siempre el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual en proporción a la jornada de trabajo realizada.
Para el 2019 el SMI es de 900 euros/mes, cuantía que, multiplicada por 14 -esto es, 12 meses más 2 pagas extraordinarias- asciende a 12.600,00 EUROS/año.
-Si el salario se fija por días, no podrá ser inferior a 30 euros/día (no está incluida la parte proporcional de los domingos y festivos). Dichas cuantías serán proporcionales en el supuesto de jornada a tiempo parcial.
–Trabajo por horas en régimen externo: el salario mínimo en esta actividad se fija para 2019 en 7,04 euros/hora y en el mismo se incluye la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones.
Si el salario se prorratea, o sea, están incluidas las pagas extras, sería un salario mensual de 1.050€.
El SMI siempre ha de pagarse en dinero, sin que puedan practicarse descuentos por las prestaciones en especie que supongan que el importe del salario en dinero sea inferior a dicho SMI.
En esta materia debe distinguirse el trabajo por horas, en régimen externo, del que no tiene tal consideración. Estaremos ante un trabajo por horas cuando el número total de días de prestación de servicios al año para el mismo empleador no exceda de 120 al año.
La normativa sobre retribución en esta relación laboral especial se aplica a las relaciones laborales en las que se prestan servicios a jornada completa o parcial durante un número de días, en este último caso, superior a 120 al año para el mismo empleador:
1.- Trabajo a jornada completa o a tiempo parcial (más de 120 días al año para el mismo empleador): el salario a garantizar y por tanto el salario mínimo aplicable será el SMI fijado anualmente por el Gobierno en cómputo anual (en 2019 este salario es de 900 euros/mes, cuantía que, multiplicada por 14 -esto es, 12 meses más 2 pagas extraordinarias- asciende a 12.600,00 euros/año).
Dichas cuantías serán proporcionales en el supuesto de jornada a tiempo parcial (siempre que no se trate de trabajo por horas en régimen externo. Ver siguiente párrafo).
2.-Trabajo por horas en régimen externo. Si se trata de trabajo por horas en régimen externo, es decir, cuando el número de días de trabajo al año para el mismo empleador sea inferior a 120, el salario mínimo en esta actividad se fija para 2019 en 7,04 euros/hora y en el mismo se incluye la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones.
Salario día está estipulado en 30€.
¿Cuánto hay que pagar en concepto de pagas extraordinarias?
Se tiene derecho a dos pagas extras al año, en la cuantía que pacten las partes, de modo que se garantice como mínimo la percepción del salario mínimo interprofesional en cómputo anual (12.600,00€). Se abonarán, salvo pacto en contrario en junio y diciembre, o mediante prorrateo en 12 pagas.
-El trabajador que trabaje a jornada completa o a tiempo parcial durante más de 120 días para un mismo empleador tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias en la cuantía que se acuerde entre las partes.
– La cuantía de las pagas extraordinarias ha de ser suficiente para garantizar la percepción del SMI (en dinero) en cómputo anual en proporción a la jornada de trabajo, o sea, los 12.600,00€ anual.
Por ejemplo, si se trabaja a jornada completa y el salario mensual que percibe el trabajador es igual al SMI (900 euros para 2019), el importe de las pagas extras debe ser el mismo, es decir, 900 euros, de manera que así se garantiza que el trabajador percibe 12.600,00 euros al año, que es el SMI en cómputo anual para 2019.
Por tanto, siempre que quede garantizada la percepción de la cuantía del SMI en cómputo anual, la cuantía de las pagas extras es cuestión de acuerdo entre las partes.
¿Puede mantenerse el importe de las pagas extras en quince días de salario mensual?
-Sí, pero únicamente cuando en su conjunto y cómputo anual, el trabajador perciba íntegramente en dinero, un salario igual o superior al SMI. Si, por ejemplo, el trabajador percibe 800 euros de salario mensual durante doce meses y tiene fijadas dos pagas extras de quince días, entonces, en conjunto al año percibe: (800 x 12) + (400 x 2)= 10.400 euros al año, que es un salario menor al SMI anual que para 2019 está fijado en 12.600,00€.
-Por tanto, al percibir el trabajador un salario superior al SMI en cómputo anual, puede mantenerse la cuantía de las pagas en los términos indicados.
En el supuesto de prestación de servicios de 6 horas a la semana ¿el empleador tiene que abonar al trabajador, a partir de darle de alta, dos pagas extraordinarias anuales equivalentes cada una de ellas a lo que le abona cada mes por las 6 horas que va a su casa?
No. Al tratarse de un trabajo por horas, y trabajar menos de 120 días al año, se aplica una retribución global por las horas efectivamente trabajadas, que incluye la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones.
La retribución por horas no puede ser inferior al salario mínimo por cada hora efectivamente trabajada (7,04 euros/hora en 2019).
¿Pueden practicarse descuentos en el salario por alojamiento y/o manutención?
Estos descuentos pueden practicarse únicamente cuando se haya pactado la prestación de servicio con derecho a prestaciones en especie por alojamiento y/o manutención.
En este supuesto, debe garantizarse el pago en dinero de las cuantías del SMI, sin posibilidad, por tanto, de descuentos en concepto de salario en especie por debajo de la cuantía del SMI en dinero garantizada.
Superada dicha cuantía, las partes pueden pactar los descuentos que consideren conveniente, sin que estos puedan exceder del 30% del salario total.
Por ejemplo, un empleado de hogar interno que trabaje a jornada completa y que haya pactado en el contrato de trabajo un salario igual al SMI, pero que también comprenda prestaciones salariales en especie por alojamiento y manutención, debe percibir:
En especie, las prestaciones correspondientes que se hayan pactado, cuya valoración no puede ser superior en ningún caso al 30% de la cuantía total del salario, considerando para ello tanto las retribuciones en dinero como en especie.
-En dinero, la cuantía del SMI en cómputo anual, que para 2019 asciende a 12.600,00€ euros.
-En especie, las prestaciones correspondientes que se hayan pactado, cuya valoración no puede ser superior en ningún caso al 30% de la cuantía total del salario, considerando para ello tanto las retribuciones en dinero como en especie. En este ejemplo, las prestaciones en especie por alojamiento y manutención no podrían valorarse por encima de 4.246,2 euros al año.
¿Cómo se revisa el salario de los trabajadores del hogar?
La revisión del salario debe hacerse en la cuantía que acuerden las partes. Esta es la norma principal a la que hay que estar en todo caso. Son las partes de la relación laboral las que deben acordar los incrementos salariales, tanto en su cuantía como en su periodicidad.
No obstante, la norma contempla una regla de aplicación supletoria, es decir, que sólo entrará en funcionamiento si las partes no se ponen de acuerdo para fijar los incrementos salariales. En estos casos, se aplicará un incremento salarial con periodicidad anual en cuantía equivalente al incremento salarial medio pactado en los convenios colectivos.
El momento de hacer la revisión será el momento en que se completen doce meses consecutivos de prestación de servicios y la cuantía del incremento será el que conste en la publicación de la Subdirección General de Estadística del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de ese mes en que se cumplan los doce meses de prestación de servicios.
¿Debe facilitarse al trabajador un recibo de salario?
Sí, mediante la entrega al trabajador de un recibo individual y justificativo del pago, el Ministerio de Empleo ha habilitado un modelo de recibo de salario o Nómina, la cual igualmente disponemos en nuestro despacho y se la podemos facilitar.
DERECHO A LAS VACACIONES ANUALES:
El periodo de vacaciones anual es de 30 días naturales, de los cuales 15 días han de ser consecutivos. Se pactarán entre las partes, y en el caso de no existir acuerdo el empleador/a puede fijar 15 días y el resto el trabajador/a libremente.
Las fechas deben ser conocidas con dos meses de antelación, el trabajador/a no tiene que estar durante las vacaciones en el lugar de trabajo en el caso de trabajo interno, ni tendrá que desplazarse al lugar de vacaciones de la familia.
La norma general y legal es que el trabajador debe disfrutar de sus vacaciones en al año natural, o sea, dentro del 2019.
En caso de que el trabajador no quiera disfrutar de su mes de vacaciones anual porque desea acumular parte de ella el año que viene, debe pactar dicha acumulación por escrito con el empleador, el cual debe autorizar expresamente a que se las pueda coger sin que se considere “un abandono del puesto de trabajo” lo que conllevará a un despido en el caso de que no sea autorizado y el trabajador no se presente en su puesto de trabajo una vez que se supone haya culminado sus vacaciones.
RECOMENDACIONES:
En caso de que tenga algún problema con su Jefe, sea despedido, tenga conflicto en cuanto a las vacaciones o dudas en el pago de las Pagas Extras, etc, nos puede llamar al despacho al 91-5482289.
«Marcamos diferencia, marcamos confianza».
Lin
4 enero, 2019 at 8:07 pmHola Estoy trabajando como empleada de 12 horas semanales Si tengo derecho para una paga extra llevo 15 de septiembre un contrato indefinido y cuando me va a subir el sueldo ahora 2019 Un saludo
Judith Tabares Iglesias
7 enero, 2019 at 4:37 pmHola: Con 12 horas semanales ya tienes incluida la paga extra dentro del salario, no obstante, siempre puedes llegar un acuerdo con el empleador. En el 2019 el SMI ha subido a 900€ con 40 horas a la semana de trabajo, que se le debe añadir 14 pagas+vacaciones, por tanto, todo depende de las horas que trabajes, vale, si tienes dudas nos llamas al despacho al 807505577, saludos, Judith
Luz
8 febrero, 2020 at 6:06 amHola estado trabajo de interna me ofrecieron pagar 2 medias pagas y mis vacaciones libraba dia y medio y el sueldo era de 950 euros mensuelas y me dijeton que no me iban apagar festivos y tenia que trabajarlos que estaban incluidos en sueldo trabaje Diciembre y Enero y febrero me sake despiendo del trabajo por razones de poco valor tengo derecho que me prorrate las medias pagas y las vacaciones es decir que me haga una liquidacion si yo no estoy abandonando el trabajo de interna sino que me han despido si mas explicacion necesito su respuesta si por favor???Gracias
Judith Tabares Iglesias
10 febrero, 2020 at 11:57 amHola: No se te entiende bien, me dices que te han despedido o te has ido, por tanto, lo fundamental es reclamar ese despido, llama al despacho y pide cita al 915482289 pide cita y lo vemos, saludos, Judith
Yam
26 enero, 2020 at 9:09 pmLlevo 5años trabajando como empleada de hogar con salario de 850€ con dos medias pagas una en julio o otra en Enero ,tengo el derecho a solicitar la subida del salario a mis jefes segun la ultima subida del salario basico ???
Y en caso de no aceptan que puedo hacer en este caso ?
Judith Tabares Iglesias
28 enero, 2020 at 9:27 amHola: No me dices cuántas horas trabajas? Ya que si es completo cobras menos, por tanto, llama al despacho y consulta al 807505577 o pide cita en el 915482289 y ya me dices exactamente y te explicamos, saludos Judith
Yam
29 enero, 2020 at 11:43 pmTrabajo jornada completa de lunes a viernes y cobro 850€ al mes y dos media paga una en enero y la otra en julio . Me corresponde la subida de salario mínimo del 2020 ?? Y cuanto seria ,??
Judith Tabares Iglesias
4 febrero, 2020 at 7:54 pmHola: Todos los que cobren menos de 950€ con 40 horas de trabajo, les deben subir el salario como mínimo a 950€ en 14 pagas, ok, por tanto, llama al 807505577 o pide cita en el 915482289 y te orientamos en todo, saludos, Judith
Mayury
23 noviembre, 2021 at 9:38 pmHola, quisiera saber quién le paga a la empleada del hogar que cotiza la paga extra de navidad, la seguridad social o la persona que contrata?
Judith Tabares Iglesias
24 noviembre, 2021 at 10:01 amHola: Hay dos cotizaciones, tu parte y la del empleador, lo de la paga extra te la debe incluir en el salario, llama y matiza en el 807505577, saludos
Blanca silva
26 junio, 2022 at 2:47 pmHola, por 20 euros semanales , cuanto me costaría la seguridad social de mi empleada del hogar?muchas gracias
Judith Tabares Iglesias
27 junio, 2022 at 9:56 amHola: No son las horas trabajadas, sino lo que le pagas para ver la tabla de cotización, por tanto, lo mejor es que nos llames al 807505577 y te digo, saludos
Da_melis_rivero@hotmail.com
12 abril, 2023 at 9:55 amBuenos dias el dia 30/04/23 cumpliré 10 meses trabajando 27 horas. El empleador puso fin al contrato de trabajo con fecha 30/04/23, me corresponde cuanto de imdennizacion ? Me pasó una carta donde melódica que me pagará 320 por imdennizacion y me dice que no tengo vacasiones?
Judith Tabares Iglesias
16 abril, 2023 at 12:04 pmHola: En un principio hay que ver si es un despido y la causa, que puedes impugnar, hay que ver el salario que te pagaba, etc, por lo que, lo mejor es que pidas cita en el despacho en el 915482289, te hacemos el finiquito, vemos si coincide o impugnamos, pero tienes 20 días para eso, saludos
Nina
24 septiembre, 2023 at 2:02 pmHola si trabajo 4 horas semanales con una persona. 16 horas al mes cuanto seria cotización.?gracias
Judith Tabares Iglesias
25 septiembre, 2023 at 10:33 amHola: Tienes la tabla en el artículo que te explica y te detalla los montos, si no, llámame al 807505577, saludos
sara patricia giraldo
7 enero, 2019 at 6:30 pmbuenas tardes. soy sara trabajo 8 años de interna, gano 750 euros, me dicen que ahí tengo las pagas prorrateadas, nunca me han subido el salario ahora no me dieron pagas para cobrarse una baja de 12 días, y 16 días de mis vacaciones me las rebajaron por cobrar unos días del año anterior, que sali y 4 días por urgencia de un ictus que sufrio una hermana y estaba lejos, si me pueden orientar, muchas gracias, mi pregunta es, de mi salario y vacaciones me pueden hacer deducciones; ? en este momento me han bloqueado la nomina para cobrarse ellos, gracias
Judith Tabares Iglesias
7 enero, 2019 at 9:48 pmHola: Ahora en el 2019 ha subido el salario mínimo a 900€, por tanto, tienes que hablar con el empleador porque debe subirte el salario y si es prorrateada ya es más dinero, si te despide no firmes nada, pero lo mejor es que vengas despacho y consultes un día, abrimos el sábado que vienen la empleadas de hogar, el teléfono del despacho es el 915482289 o si quieres consultar porque no puedes venir llama al 807505577, saludos, Judith
Yamna
10 febrero, 2020 at 4:20 pmLlevo trabajando como empleada de hogar 5años con una familia jornada completa 40 horas de lunes a viernes como externa y cobro 850€ netos con dos medías de paga , hace unos dias mi jefa quiere hacerme una reducción de jornada a 35horas Manteniendo el mismo salario , yo creo para evitar subirme el salario segun la nueva ley , yo soy una persona de 62años esa reducción es Legal ?? Y me puede perjudicar el mi jubilación??
Dalia salas
23 enero, 2019 at 11:50 amHola Judit sabes mi jefe me dijo que no me corresponde las pagas extras enteras gano 900 euros actualmente
Me dijo que Yo tenia que pagar un porcentaje de la seguridad social me podrias decir si eso es ciertoy cuanti seria muchas gracias
Judith Tabares Iglesias
23 enero, 2019 at 10:39 pmHola: Puede pagarte medias pagas siempre que el cálculo anual sea 12.600€ y si tienes que pagar una parte de la seguridad social el 4.7% más o menos, que es poco, pero te toca igual que a él, llámanos al despacho al 807505577 y te digo lo que es o pide cita al 915482289 y vemos el asunto, saludos, Judith
Rocio Pinillos
30 enero, 2019 at 5:03 pmHola, soy empleada del hogar, tengo 7 años trabajando con un mismo empleador 3 veces a la semana con 3 horas cada día y un total de 9 horas semanales, hace 7 años que no tomo las vacaciones ya que mi jefe me dice que no me tocan ni remuneradas ni me tocan de nada porque el sueldo que me da supera al del salario mínimo actual (2019) y que por lo tanto allí va incluido mis pagas extraordinarias, mis días festivos y mis vacaciones, tengo entendido por lo que he leído que no es así, pero me queda la duda de saber si el hecho de que gane más del sueldo mínimo implica que no sean remuneradas mis vacaciones? y si me las diera serían retribuidas con el sueldo mínimo o mi sueldo, ya que supero lo estipulado por la Ley?
Judith Tabares Iglesias
30 enero, 2019 at 10:40 pmHola: Tu Jefe tiene razón, ya que trabajas 9 horas semanales y si el sueldo se ajusta a la normativa actual como él dice, que no me has dicho, están incluidas las pagas y el salario de las vacaciones. El tema radica en que las vacaciones en vez de disfrutarlas, se compensan en métalico, si tienes dudas me puedes llamar al teléfono 807505577 y te explico, saludos, Judith
María Pal
1 marzo, 2019 at 8:23 amHola trabajo como empleada del hogar 20 horas semanales y cobro €700, esta bien?
Y debo tener dos pagas extras de €700? me estan pagando 2 pagas extras pero de €350, es eso correcto?
Gracias!!
Judith Tabares Iglesias
7 marzo, 2019 at 9:56 pmHola: Cobras muy por encima, ya que el mínimo es 525€ en 12 pagas, y sin embargo cobras mucho más y aparte pagas, está bien pagado, saludos, Judith
dora
21 marzo, 2019 at 2:36 pmHola, mi empleada trabaja 9 horas a la semana,desde septiembre, le pagamos 270 mas la seguridad social mas 45 de transporte y ahora quiero despedirla, cuanto debo de pagarle… debo darle finiquito o proporcional de la paga del verano.
Judith Tabares Iglesias
23 marzo, 2019 at 4:36 pmHola: Si la despides debes abonarle 20 días de salario por año trabajado de indemnización y el sueldo del mes que va a trabajar, si desistes de la contratación que es diferente, debes abonarle 12 días de salario por año, ya están incluidas las pagas y vacaciones, si deseas te hacemos le finiquito, llámanos al despacho al 915482289, saludos, Judith
vali elena costea
22 abril, 2019 at 4:18 pmHola trabajo 14 días la semana como empleada de hogar me paga 300 e al mes está bien. La paga extra mi jefa dice que me coresponde 120 e es normal.? Son 56 hora al mes la paga extra no tiene que ser tambien de 300 e?
Judith Tabares Iglesias
22 abril, 2019 at 9:02 pmHola: Con 14 horas semanal de trabajo te corresponde 315€ salario BRUTO, o sea, en 14 pagas o 367,50€ salario Neto o sea en 12 pagas, no entiendo bien la suma de los 120€ de paga, llámanos al despacho al teléfono consulta 807505577 y vemos la tabla, o pide cita al 915482289 y revisamos todo eso y el contrato, nóminas, etc, saludos Judith
Lita
29 abril, 2019 at 8:21 amLas trabajadora en régimen interna estamos obligados a permanecer en domicilio del empleador? Como podemos reclamar que se nos paguen las las horas extras ,si en lugar 40 horas semanales del contrato trabajas 70 horas ? Se puede trabajar interna en dos casas ya que sé divorciaron cada uno en su casa con su nueva familias y con contrato con un solo empleador , me puedo negar ? Estoy cada semana las 24 horas de lunes a sábado tornándose una semana aquí, la otra semana allá, y en la semana que no estoy en una de las casas no limpia nadie y el trabajo se acumula. Percibo el salario minimo en 14 pagas + vacacion.favor ayúdame. Gracias . Bendiciones…..
Judith Tabares Iglesias
7 mayo, 2019 at 10:08 pmHola: No puedes trabajar de interna en dos casas, debes concretar mejor ese contrato de trabajo pues veo que estan incumpliendo con todos los requisitos, llámanos al 915482289 y pide cita, en el despacho te vamos a dar el folleto informativo para que también lo lea tu jefe y te orientamos en todo, saludos, Judith Tabares
Ysela
30 abril, 2019 at 7:19 amHola, llevo como empleada del hogar 1 año y medio, ahora mis jefes se mudaron de zona. Mi sueldo es de 1000e x 41hrs semanales más 2 noches al mes para las cuales me pagan el taxi. Mi pregunta es, ahora que se han mudado de la zona A a la zona B1 aquí en Madrid, deben pagarme el bono de transporte o por lo menos la diferencia? Contando de que no sólo trabajo en su vivienda habitual, también limpio en un apartamento turístico que tienen y obviamente tengo que movilizarse. Muchas gracias.
Judith Tabares Iglesias
7 mayo, 2019 at 9:59 pmHola: NO tienen porqué pagarte el abono, eso lo debes negociar con ellos, vale, no obstante, para ver bien el asunto llámanos al despacho al 807505577 y me explicas, o pide cita al 915482289, saludos Judith Tabares
Mayra
24 mayo, 2019 at 3:21 pmHola,buenas tardes ,tengo una consulta ,tengo 2 meses de haber empezado con una familia a trabajar jornada completa en junio hago los 3 meses ,tengko derecho ala media paga, osea aunque lleve 2 meses me la dan o no tengo derecho?
Judith Tabares Iglesias
27 mayo, 2019 at 9:15 pmHola: Habrás acumulado muy poco de la paga, ya que solo llevarás 3 meses, por tanto, te pagarán la parte proporcional de tu salario según el acuerdo que hayas llegado con ellos, si quieres nos llamas al 807505577 y te decimos cuánto te toca según tu salario, saludos, Judith Tabares
Encarni mármol bautista
17 junio, 2023 at 8:47 amHola llevo desde octubre en una casa trabajando 15 horas semanales ganó 400mes y el seguro me corresponden pagas extras?
Judith Tabares Iglesias
17 junio, 2023 at 4:48 pmHola: Siempre corresponde pagas extras!!! Por 15 horas según la tabla te corresponde unos 437,50€ pagas incluida, saludos
Pilar Martínez
25 junio, 2019 at 10:20 amBuenos días,
Si la empleada del hogar renuncia a sus vacaciones y decide trabajar los días que le corresponden, ¿cuanto tendría que pagar por esos días que trabaja?
Muchas gracias
Judith Tabares Iglesias
2 julio, 2019 at 7:51 pmHola: En un principio es ilegal lo que propones, porque no se puede renunciar a las vacaciones, es un derecho del trabajador, si lo haces debes garantizar que te lo paguen, puesto que puedes que lo trabajes y después no te lo paguen, sería cobrar tu sueldo y además otro sueldo el mismo mes, pero no deberías hacerlo, mejor llámanos al 807505577 y te explico, saludos, Judith
Magali
28 junio, 2019 at 6:04 pmHola trabajo 24 horas semanales y cobro 500€ aparte la seguridad social y ahora me entero de la subida del sueldo y les he dicho a mis jefes los cuales me quieren pagar 630€ mensuales pero ya no me darán la paga extra que es 250€ en verano y 250€ en diciembre.
Judith Tabares Iglesias
2 julio, 2019 at 7:44 pmHOla: Los jefes tienen razón si me guío por lo que dices, ellos te proponen pagarte en 12 pagas 630€ con las pagas prorrateadas, o sea, te la están pagando pero divididas en 12 meses, que es igual que 540€ euros en 14 pagas, ok, llámanos al 807505577 y te explico, saludos, Judith
Gloria
3 julio, 2019 at 2:44 pmTrabajo 25 horas a la semana. 550 euros al mes. Tengo contrato desde el día 29 de noviembre del 2018. Cuanto me corresponde de paga extra de verano?
Judith Tabares Iglesias
5 julio, 2019 at 9:08 amHola: NO sé a cuál acuerdo has llegado con tu jefe, eso debes verlo con él, ahora legalmente por 25 horas semanal te toca 562,50€ en 14 pagas o 656,25€ en 12 pagas, si quieres ven despacho y te doy la tabla, pide cita en el 915482289, saludos, Judith
Sharon Ptsang
7 julio, 2020 at 7:02 pmHola soy empleada de hogar.
Trabajo 40 hrs a la semana y me pagan 920 € neto.
Antes trabajaba 30 hrs : 680€ Neto con contrato y todo pero hace 1ano trabajo 40 horas y me dicen que van a actualizar mi contrato a jornada completa pero al final este ano me dijeron que no van a hacer lo.
Ahora mi senora no quiere pagar mi 2media pagas extra que esta en mi contrato. Me dice puedo ir me pero no van a pagar mas .
Que puedo hacer ?
Tambien trabajo todo los dias festivos y sabado para compensar de verano cuando la familia se van 2 a 3 messes fuera de espanya. Asi que entre Septiembre y mayo trabajo 6 dias a jornada completa …esto es legal?
Judith Tabares Iglesias
7 julio, 2020 at 9:00 pmHola: tenemos un Folleto Informativo de empleadas de hogar con todos los conceptos y pagos que te tienen que realizar, pide cita al despacho al 915482289 y ya te consultamos, saludos, Judith
Adina
6 julio, 2019 at 11:58 amBuenas
El 2/02 /2018 yo y mis empleadores hemos firmado un contrato de 35 h semanales por 500 e/mes .el pasado dia 27 mayo ,estando en la seguridad social,me he enterrado de que mis jefes me dieron de alta con 28 h semanales. Como es posible algo así, habiendo firmado otro periodo laboral?cual seria mi salario y mis derechos?
Judith Tabares Iglesias
9 julio, 2019 at 3:15 pmHola: Creo que es un fraude o engaño lo que han hecho contigo, pues si has firmado un contrato con unas horas no puedes tener otras, así que llámanos al 915482289 pide cita para decirte cómo denunciar el tema o al 807505577, saludos, judith
Natalia
10 julio, 2019 at 10:11 amBuenos días,
La persona que trabaja en mi casa lleva desde el 20 de enero, ¿ le corresponde toda la paga de verano entera? o al estar menos de un año hay que hacer un prorrateo?
Muchas gracias por su ayuda
saludos,
Judith Tabares Iglesias
10 julio, 2019 at 11:19 amHola: Depende del acuerdo que han llegado y sobre todo del salario si es ajustado a la normativa actual, depende de las horas que las tenga contratadas, lo mejor es que nos llames al teléfono consulta al 807505577, saludos, Judith
Nataly
10 julio, 2019 at 2:45 pmBuenas tatdes..
Trabajo 20.horas semanales desde el mes de Octubre y ganó 400 Euros.. Mi jefa dice q solo tengo derecho a 1 para extra al año dividida en 2 medias pagas. Es eso correcto? pero tengo entendido que son 2 pagas.. Y no.me ha subido el sueldo desde Enero? Eso se puede cobrar también la no subida del sueldo?
Gracias
Judith Tabares Iglesias
17 julio, 2019 at 1:16 pmHola: Con 20 horas deberías cobrar 450€ en 14 pagas o 525€ en 12 pagas, por tanto, te están pagando menos, vale, llámanos al 915482289 pide cita y lo vemos, saludos
Yamna
10 febrero, 2020 at 11:50 amLlevo trabajando como empleada de hogar 5años con una familia jornada completa 40 horas de lunes a viernes como externa y cobro 850€ netos con dos medías de paga , hace unos dias mi jefa quiere hacerme una reducción de jornada a 35horas Manteniendo el mismo salario , yo creo para evitar subirme el salario segun la nueva ley , yo soy una persona de 62años esa reducción es Legal ?? Y me puede perjudicar el mi jubilación??
Judith Tabares Iglesias
10 febrero, 2020 at 11:55 amHola: No te perjudica, pues seguirás cobrando lo mismo, tendrás el mismo salario con menos ahora, al revés, te beneficia porque trabajarás menos, si tienes dudas me puedes llamar al 807505577, saludos, Judith
rocio lerma
16 julio, 2019 at 10:04 amBuenos días, cuando se habla del salario mínimo de 12600€ anuales es bruto o neto? en caso de ser bruto cual sería el SMI neto de una empleada de hogar interna? Muchas gracias por su ayuda
Judith Tabares Iglesias
17 julio, 2019 at 1:09 pmHola: Las internas cobran igual 900€ por 14 pagas y además 7,04€ la hora extra, el salario anual es en Bruto ok, si tienes dudas llama y pide cita en el 915482289, saludos
Rebeca
30 julio, 2019 at 7:01 amHola. He estado de baja por maternidad. Tengo derecho a las pagas extras. No están incluidas en el sueldo. Me pagan en julio y en diciembre
Judith Tabares Iglesias
5 septiembre, 2019 at 8:33 pmHola: Sólo tiene que abonar la paga extra a razón de la proporción del tiempo trabajado, ya que la prestación por maternidad abona el 100% de la base de cotización en la que se incluye la prorrata de las pagas extras, si tienes dudas llámanos al teléfono consulta al 807505577 y te explico y calculo, saludos, Judith
Maryuri
10 septiembre, 2019 at 2:27 amHola mi nombre es Maryuri trabajo de interna de lunes a domingo desde hace 4 años y 7 meses mi caso es el siguiente: en diciembre me voy d vacaciones a mi país por 2 meses un mes me corresponde de vacaciones, y el otro mes mi jefe me ha dicho que le firme una baja voluntaria y que cuando yo regrese me hará un nuevo contrato, mi duda es que debo hacer? Si firmo la baja voluntaria tengo derecho a algún finiquito, oh que seria lo más adecuado en este caso.
Gracias
Judith Tabares Iglesias
2 octubre, 2019 at 8:57 pmHola: Creo que ya te respondi a este comentario y te sugerí que te de por escrito la autorización de irte dos meses de vacaciones, porque no te corresponde legalmente, solo tienes derecho a un mes de vacaciones vale, por tanto, podrías regresar y estar de baja, no obstante llámanos al despacho al 807505577, saludos, Judith
Vanessa Delgado
18 octubre, 2019 at 12:53 pmHola! Trabajo con una sra q no me quiere hacer contrato, dice q con ir a la seguridad social es suficiente, me paga 800€ mensuales y trabajo d lunes a viernes d 9 a 14 y d 17 a 20 y los sabados y domingos d 9 a 12, si vamos a la seguridad social la obligan a regularme mi pago y el horario y a darme los beneficios q me corresponden como vacaciones y pagas extras??? Gracias!
Judith Tabares Iglesias
18 octubre, 2019 at 7:58 pmHola: En la seguridad social te van a dar un Modelo o Planilla que hay que poner el horario efectivo mensual y ahí verán que el salario debe respetarse, además siempre el Contrato es necesario si lo pide el trabajador, es lo conveniente y legal, además las nóminas debe dártelas, cuidado con todo eso, porque puede ir el Jefe/a sin ti, con la copia de tu NIE, hacerte firmar la planilla y resulta que puede poner otra cosa, así que te recomiendo vayas con ella el día que acuda a la seguridad social, el salario mínimo son 900€, pero hay pagas apartes, etc, llámanos al despacho al 915482289 pide cita o llama teléfono consultas 807505577 y vemos todo, saludos, Judith
Maryuri
10 septiembre, 2019 at 3:17 amHola mi nombre es Maryuri trabajo de interna de lunes a domingo desde hace 4 años y 7 meses mi caso es el siguiente: en diciembre me voy d vacaciones a mi país por 2 meses un mes me corresponde de vacaciones, y el otro mes mi jefe me ha dicho que le firme una baja voluntaria y que cuando yo regrese me hará un nuevo contrato, mi duda es que debo hacer? Si firmo la baja voluntaria tengo derecho a algún finiquito, oh que seria lo más adecuado en este caso.
Gracias
Judith Tabares Iglesias
10 septiembre, 2019 at 8:24 pmHola: Es que solo te corresponde un mes de vacaciones en el año, no dos meses, si te coges otro mes más ya sería una baja voluntaria, el jefe tiene razón, otra cosa son tus derechos como empleada de hogar que debes descansar un día y medio en la semana, dos horas entre jornada, etc, pero eso lo debes reclamar aparte, no con las vacaciones, llama al despacho al 807505577 y te explico, saludos, Judith
Mari carmen
23 septiembre, 2019 at 10:14 pmHola. Tengo contratada una interna con obligación de pernocta en la casa 5 días semanales y trabajo sábados y unas horas el domingo que compensamos con salario y descansos en navidad y pascua. Se le pagan festivos y los días de vacaciones que quiere trabajar. Hace tres meses llegó a España su esposo y le hemos permitido dormir fuera de la casa excepto el fin de semana. Ahora está embarazada y ya no quiere trabajar los fines de semana ni dormir en la casa ningún día, sino trabajar solo durante la semana. Le hemos comunicado que, dadas nuestras circunstancias laborales y familiares, necesitamos una interna que pueda quedarse el fin de semana las horas pactadas. Qué derecho le asiste en lo que plantea? Puede modificar unilateralmente el tipo de contrato? Qué ocurre si no se presenta ni pernocta el fin de semana? Se entiende que renuncia voluntariamente? Gracias por su orientación
Judith Tabares Iglesias
25 septiembre, 2019 at 2:09 pmHola: Lo primero es que hay cosas que son ilegales, no se puede pagar las vacaciones, o es un derecho descansar día y medio, etc, por tanto, se debe respetar sus 40 horas, el tiempo de presencia y sus descansos, el festivo se debe descansar o compensar con día normal que no trabaje, no en otras vacaciones, que en navidad, pascua y demás tampoco debería trabajar. Partiendo de esa base, si ella no quiere continuar debería ver bien el asunto, pues tampoco es que se respete mucho ese contrato en cuanto a los derechos del trabajador, ya que si tiene que pecnoctar 5 días a la semana, se supone que el sábado o el domingo no tenga que hacerlo, y su día y medio libre se debe respetar, así que llámanos al despacho al 807505577 o pide cita en el 915482289 y lo vemos, saludos, Judith
Alejandro Rivero Cachinero
3 septiembre, 2020 at 12:31 amHola, voy a contratar a una empleada de hogar de lunes a viernes que cobrará 800€ netos al mes. ¿Cuántas horas debería trabajar a la semana y al mes conforme al SMI y cuál sería la cantidad que le debería abonar en cada paga extraordinaria anual? La gestión de la S.S. la realizaré yo ¿tengo derecho a la reducción del 20%?
Gracias.
Judith Tabares Iglesias
3 septiembre, 2020 at 8:13 pmHola: Para eso tenemos en el despacho una tabla salarial que deberías pedir cita o llamarnos al 807505577; no obstante debes ver si quieres pagarle Bruto en 14 pagas, que serían unas 33 o 34 horas o ya Neto que tiene incluida las pagas entonces estaríamos pagando unos 914 euros. Si tienes derecho a la bonificación si es la primera empleada de hogar que tienes, llámanos y vemos todo exacto, saludos, Judith
Susi oli
25 septiembre, 2019 at 10:39 pmHola soy empleada de hogar cobro 600 euros al mes trabajo de lunes a sábado 5 horas por día tiene que pagarme me vacaciones si
Judith Tabares Iglesias
2 octubre, 2019 at 8:53 pmHola: Según veo trabajas 30 horas a la semana, y te debería pagar más, unos 675€ en 14 pagas o 787€ en 12 pagas, y siempre las vacaciones son pagadas, por tanto, el contrato está mal, deberíamos verlo y que te demos el Folleto informativo con los salarios, llama al 915482289 o al teléfono consulta 807505577 y te explico, saludos, Judith
Ana
30 septiembre, 2019 at 2:17 pmHola Judith . Estoy trabajando 8 horas semanales y estoy cobrando 275 euros al mes y 3 semanas de vacaciones al anio. Mi pregunta es , si tengo derecho a pagas extras? O esta incluida en 275 euros?
Gracias.
Judith Tabares Iglesias
2 octubre, 2019 at 8:46 pmHola: La paga y las vacaciones está incluido en el sueldo, vale, si quieres ven despacho y te doy el folleto informativo empleadas de hogar, teléfono 915482289, saludos, Judith
Elena
10 octubre, 2019 at 9:00 pmBuenas noches, tengo una empleada de hogar desde el 01.02.2019 la cual viene 3 días a la semana 4h/día y la pago 8,5Euros netos ya que pago yo todos los costes de la seguridad social míos y suyos. Me pide paga extra de verano ¿tiene derecho?
Judith Tabares Iglesias
11 octubre, 2019 at 7:47 amHola: No le corresponde, ya va incluido en el salario esa paga y las vacaciones, si quieres más información llámanos al teléfono consultas 807505577, saludos, Judith
Paloma Sánchez
17 octubre, 2019 at 12:26 pmHola, ¿cómo se calcula el salario mensual mínimo cuando hablamos de x número de horas de trabajo a la semana? He visto varias respuestas pero no consigo entender la fórmula. No sé si tengo que multiplicar el nº de horas semanales por 7,04 y luego por 52 semanas al año y dividir entre 12 o 14 según las pagas
Judith Tabares Iglesias
18 octubre, 2019 at 8:09 pmHola: En un principio la jornada efectiva anual es igual al número de días hábiles por jornada efectiva/día, o sea, hay que tener en cuenta las vacaciones, los 14 festivos anuales, los días de libre designación y la reducción de los meses de verano, por tanto, son:
365 días menos 30 días (vacaciones anuales) = 335 días.
335 días menos 14 festivos laborales= 321 días.
321 menos 78 días (correspondientes al día y medio de descanso semanal por las 52 semanas= 243 días.
243 x 7,04 hs./día = xxxx hs. anuales
Emilia Perez
28 noviembre, 2019 at 10:37 amHola tengo una empleada de hogar que trabaja 19 horas a la semana, le pago 450€ netos y pago yo la seguridad social completa. Quiero saber si estoy pagando bien, si le corresponde paga, y por qué importe. Además quiere irse de vacaciones del 10 de diciembre al 10 de enero que creo que no le corresponde, avisándome de ello el 26 de noviembre.
Judith Tabares Iglesias
30 noviembre, 2019 at 1:23 pmHola: Me debes decir el sueldo en Bruto, no en Neto, ya que por 19 horas el salario Bruto en 12 pagas es 498,75€ y la parte de la seguridad social de la trabajadora que debe pagar ella, no tu, o sea, se la retienes y la pagas tu pero se la quitas a ella, es de 22,28€. Respecto a sus vacaciones tiene todo el derecho de irse un mes, todos los trabajadores acumulan 30 días de vacaciones, otra cosa es que deben negociar cuándo se va, lo mejor es que nos llames al teléfono de consultas 807505577 y te explico, saludos Judith
Andrés Sarmiento
10 diciembre, 2019 at 2:10 pmHola la persona que trabaja en casa desde 1 de julio/19, le pago 300 euros al mes por 15 horas a la semana (en 3 días por semana), cuanto le corresponde de paga extra si fueran 14 cuotas? cuántos días tendría de vacaciones y de permisos si solo trabajó 6 meses en 2019? gracias
Judith Tabares Iglesias
10 diciembre, 2019 at 9:34 pmHola: En un principio le deberías de pagar 337,50€ en 14 pagas o 393,75 en 12 pagas, lo demás lo mejor que nos llames al despacho al 807505577 porque son demasiadas interrogantes que también tengo que hacerte algunas preguntas para ser objetiva, saludos Judith
Aby Hernández
11 diciembre, 2019 at 12:22 pmHola buen día. Estoy trabajando de externa con una familia desde hace un año y 5 meses pero desde hace 6 meses me dieron de alta, trabajo 40 horas semanales me pagan 750€ desde que inicie a trabajar, nunca e tenido paga extra y el contrato con el que me hicieron los papeles dice que las pagas extras están prorrateadas. Pero mi salario sigue siendo el mismo. Trabajo de lunes a sábado en 2 casas y en la empresa limpiando una oficina. Me dice que en Enero me subirá un poco el sueldo. Le he pedido mi nómina nunca me la ha dado sólo recibía en un sobre mi nómina sin especificar nada. Ahora en noviembre le dije que me ingresara el dinero en mi cuenta nómina y sigo ganando 750€ . Me dice que la seguridad social le sale muy cara y que antes la seguridad social la pagaba la mitad el empleador y la otra mitad él empleado. No sé mis derechos y quisiera saberlos. Mi contrato es de 40 horas empleada doméstica externa. Tengo derecho a paga extra ahora en noviembre? El contrato dice que es prorrateada pero sigo ganando 750€ como siempre.
Judith Tabares Iglesias
12 diciembre, 2019 at 8:59 amHOla: te están pagando menos que el salario mínimo establecido para el 2019, por tanto, lo mejor es que vengas despacho y recojas el Folleto Informativo empleadas de hogar, te doy una copia y así ves todos tus derechos, estamos abiertos de lunes a sábado, llama al 915482289, si quieres ver todo bien, debes venir, saludos Judith
Angela
16 diciembre, 2019 at 9:05 pmtengo una empleada de hogar desde el 1 de septiembre de este año y desearía saber si el prorroteo para la paga de Navidad se debe hacer sobre 12 meses o sobre los 6 meses
Judith Tabares Iglesias
17 diciembre, 2019 at 12:39 pmHola: Se hace sobre el precio proporcional de trabajo, llama al 807505577 y te informamos, saludos, Judith
Diana
26 diciembre, 2019 at 8:34 amBuenos días disculpe una pregunta l, cuando uno lleva trabajando como empleada de hogar tres meses, no tiene derecho a la proporción de paga o media paga?
Judith Tabares Iglesias
26 diciembre, 2019 at 8:50 amHola: Todo depende de las horas que trabajas y los días, porque pueden que estén incluidas las pagas, lo mejor es que nos llames al teléfono consultas 807505577 o pidas cita 915482289 te damos el folleto informativo, saludos, Judith
Diana
26 diciembre, 2019 at 9:45 amTrabajo externa y no están incluido en el sueldo, dicen que debo cumplir seis meses para recibir la paga, pero yo tenía entendido que te dan la parte proporcional ayúdeme con eso
Anna
2 enero, 2020 at 11:13 amHola Buenos días tengo 3años trabajando 12horas semanales me pagan 400 euros al mes.
Pero aquí viene mi pregunta. Tengo derecho a las pagas extra o al pago de vacaciones.
Cuanto. Empezé a trabajar llegamos un acuerdo de 10euros la hora
Gracias
Judith Tabares Iglesias
3 enero, 2020 at 9:41 amHola: Ya están incluidas las pagas y las vacaciones, lo mejor es que vengas al despacho y te entregamos el folleto de informativo de empleadas de hogar, llama al 915482289 pide cita y lo vemos, saludos, Judith
REBECA GOLEC
13 enero, 2020 at 12:38 pmTRABAJO COMO INTERNA HACE 9.5 AÑOS Y AHORA ME ENCUENTRO DE BAJA POR ENFERMEDAD HACE 4 MESES. TENGO DERECHO A COBRAR LA PAGA EXTRA QUE SIEMPRE LA TENIA EN JULIO Y DICIEMBRE. LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE AUN NO ME LA HA PAGADO A PESAR DE HABERLE RECLAMADO. DEBO RECIBIR COMPLETA LA PAGA EXTRA O SOLAMENTE LA PARTE PROPORCIONAL DE JULIO A SETIEMBRE QUE ESTUVE TRABAJANDO. GRACIAS
Judith Tabares Iglesias
14 enero, 2020 at 8:52 pmHola: En un principio y en la práctica, el trabajador sí tiene derecho a cobrar las pagas extraordinarias junto con la correspondiente prestación, siempre analizando la base reguladora y como estás de baja la parte proporcional que cobras por dicha contingencia, si deseas nos llamas al 915482289 o al teléfono de consultas 807505577 y te lo explicamos, saludos
Slimani
11 febrero, 2020 at 10:57 amLlevo trabajando como empleada de hogar 5años con una familia jornada completa 40 horas de lunes a viernes como externa y cobro 850€ netos con dos medías de paga , hace unos dias mi jefa quiere hacerme una reducción de jornada a 35horas Manteniendo el mismo salario , yo creo para evitar subirme el salario segun la nueva ley , yo soy una persona de 62años esa reducción es Legal ?? Y me puede perjudicar el mi jubilación??
Judith Tabares Iglesias
16 febrero, 2020 at 9:52 pmHola: Estás cobrando por debajo de lo establecido, por tanto, no está cumpliendo con el SMI 2020, pero así te reduzca tampoco, así que llama al despacho pide cita al 915482289, vemos la tabla de salario, te explicamos lo que puedes hacer o no, saludos, Judith
Lidia Del Castillo Sevovia
25 febrero, 2020 at 4:40 pm, hola Trabajo trabajo 30 hrs a la semana, me pagan 650, y me Dan siempre medias pagas, esta bien?
Judith Tabares Iglesias
26 febrero, 2020 at 9:39 pmHola, no está bien, deben pagarte más ya que el salario ha subido a 950€ en 14 pagas no me dias pagas, llama al despacho y lo vemos saludos
Lidia Del Castillo Sevovia
25 febrero, 2020 at 4:42 pmHola Trabajo 30 Horas a la semana y me Dan 2 medias pagas… Está bien o tengo derecho a 2 pagas enteras?
Judith Tabares Iglesias
26 febrero, 2020 at 9:34 pmHola: todo depende del salario que cobras, pues se computa anual y ya se verá si te lo pagan bien o mal, llama al despacho al teléfono consultas 807505577 o pide cita al 915482289 y te orientamos bien, saludos, Judith
Maria Martínez López
2 junio, 2020 at 9:11 amHola. Quiero contratar a una empleada de hogar 2 dias a la semana 4 horas cada dia. Y darla de alta en la SS con el SMI. Como es un trabajo por horas, ¿qué ocurre si se quiere coger un mes de vacaciones? Ten entendido que están prorrateadas y pagadas en el sueldo. Y a mi la tesoreria me cobrará la cuota aunque no vengan a trabajar esos dias…. Gracias de antemano
Judith Tabares Iglesias
3 junio, 2020 at 3:16 pmHola: Efectivamente, si es por horas están incluidas las vacaciones y las pagas extras, y tiene derecho a sus vacaciones, si es otra duda lo mejor es que me llames al teléfono consultas 807505577 y lo hablamos, saludos, Judith
María Ángeles
15 junio, 2020 at 10:14 amHola Judith,
Tenemos una empleada de hogar que trabaja 12 horas a la semana, cobra 280€ mensuales, pagamos su seguridad social y le damos dos medias pagas extra anuales y vacaciones pagadas. Creo que no tenemos por qué darle paga extra aunque ella ha mantenido que sí, es correcto? Está bien su sueldo?
Muchas gracias
Judith Tabares Iglesias
16 junio, 2020 at 8:41 pmHola: En nuestro despacho disponemos de la Tabla completa de PAgos y Cotizaciones de la empleadas de hogar. En un principio son 285€x14 pagas, o 332,50€ Sueldo Neto, ya con las pagas incluidas.
La vacaciones ya están incluidas. Si tienes dudas llámanos al teléfono consultas 807505577 o pide cita al 915482289, saludos, Judith
Yesenia maria Lopez Yllescas
23 junio, 2020 at 11:08 amBuenas tardes: Me llamo Yesi trabajo 35 horas semanales de lunes a Viernes. cual debería ser mi sueldo correcto. ¿y me imagino que me pertenecen pagas extras? Muchas gracias.
Judith Tabares Iglesias
23 junio, 2020 at 8:14 pmHola: tenemos un folleto informativo de empleadas de hogar con las Tablas del salario, debes venir al despacho mediante cita llamando al teléfono 915482289 o llama al teléfono consultas 807505577 y te lo digo, además de las cotizaciones y otros pagos, saludos, Judith
Victoria
13 septiembre, 2020 at 5:35 pmHola buenas tardes, queiro saber dentro de 12 mes es estoy trabajando tengo salario brutos 12,600€ anual
No acogido me vacacciones dentro de un año
Un mes
Antes que LLEGAR un año hablo con mi jepa que va hacer ya un año voy a coger mis vacacciones Ella contesta no pasanada puede coger Sept. Ya estamos en Septiembre Ella me dijo que voy hacer con mis vacaccion digo voy a discansar
Ella me dijo si queiro trabajar yo media jornada y paga mitad digo vale ,,pero tenemos un problema Ella no querie pagas mis vacacciones extra dice que ya esta pagada en 12 mes es que estoy trabajando.y ademas muy claro pone alli 12,600 brutos es solo salario y 2 extras pagas pero no conforme es que claro las pagas de vacacciones es obligatorio y tiene que pagar ..gracias queiro un consejo por favor gracias..
In saludo
Victoria
Judith Tabares Iglesias
17 septiembre, 2020 at 7:44 pmHola: Es que no te entiendo bien!!!!No hay pagas de vacaciones, solo pagas extras o prorrateadas, por tanto, para explicar mejor el tema llámanos al teléfono consultas 807505577, saludos Judith
Hirlanda pozo
26 noviembre, 2020 at 9:15 pmHola le cuento que yop trabaje como domestica x un dia sino que al siguente dia no pude ir al trabajo porque estuve un acidente y resulta q el dia jueve me aserque ala casa donde trabaje y la señora estaba molesta y no me pago pero aquel dia q trabaje labore asta las 8 de la noche osea tres hora extras y ademas tampoco mi esposo no me iva a dejar ir a trabajar porque solo me estaba pagando 2.50 mensual y tenia que trabajar de lunes marte jueves viernes sabado domingo y ella me dijo que la hora de entrada era alas 8 de la mañana y que no tenia hora de salida pero eso me dijo cuando ya estaba trabajando esa persona don unos explotadores de personas gracias
Judith Tabares Iglesias
1 diciembre, 2020 at 5:56 pmHola: Es lamentable que no te paguen ese día, pero por desgracia te va a costar más reclamar , no obstante le puedes enviar un BUrofax reclamándole el importe de ese día, eso lo haces en correo, vale, saludos
Antonia López
7 diciembre, 2020 at 10:51 amHola, trabajo como interna de fin de semana, entre las 9 del sábado y las 21 del domingo. Tengo un sueldo bruto de 700 € al mes con las pagas incluidas. Mi pregunta es si me corresponden los festivos que caen en sábado y domingo, si puedo librar esos días o si puedo pedir que me los compensen. La duda me surgió con el domingo 6 de Diciembre porque en el calendario laboral nunca hay festivos en domingo, pero tampoco se si me correspondía el 15 de Agosto que era sábado. Gracias
Judith Tabares Iglesias
7 diciembre, 2020 at 11:32 amHola: Si eres interna debes cobrar según el salario mínimo que son 950€ por 14 pagas, o 1108€ prorrateados o 13.300€ anual, que no lo cobras. Lo demás igual, debes descansar día y medio semanal, entre jornadas dos horas, y si trabajas los festivos te deben pagar el doble, o sea, llámame al teléfono consultas 807505577 y te lo explico, saludos
Antonia López
7 diciembre, 2020 at 6:37 pmMuchas Gracia Judith, pero lo que me indicas sería lo correspondiente a una interna de todos los días de la semana y yo solo trabajo los fines de semana. Mi pregunta es si deben pagarme más cuando trabajo un festivo que cae en sábado o domingo que es cuando trabajo.
Lourdes Martínez
21 diciembre, 2021 at 10:13 amHola. Tengo una persona contratada como interna desde el 1 de octubre. Le pago 1.058€ brutos, descontando su seg.social de 4,7% (57,90), le queda neto de 1.000,10€. Cómo hago la nómina de paga extra de diciembre? 1.058:2 (3 meses) ó 1.058:2 y luego le descuento el 4,7%? No sé si se aplican los seguros sociales. Y las vacaciones, cuántos días le corresponde o si se le paga, cómo calculo?
Judith Tabares Iglesias
21 diciembre, 2021 at 11:24 amHola. Para eso llámanos al 807505577 saludos
Andrea Ambielle
4 enero, 2022 at 2:27 pmBuenas tardes. Trabajo en una casa 5 horas semanales y cobro 55 euros a la semana. A que paga extra tengo derecho?. Me han dado de alta en la seguridd social. Muchas gracias, Andrea
Judith Tabares Iglesias
4 enero, 2022 at 8:28 pmHola: Se supone que con tan pocas horas la tengas prorrateadas las pagas, pero debemos ver a que acuerdo llegaste, llama al 807505577 y me explicas, saludos
Isabel
20 junio, 2022 at 10:18 amHola buenas tardes estoy como empleada del hogar desde septiembre del 2021, a 4horas diarias voy todos los meses, quería saber si me pertenece paga o no, y si me pertenece cuanto seria?? Me paga 690€ al mes un pelin más de lo que pertenece.
Quisiera saber si me tiene que dar paga de verano.
Gracias un saludo,isabel
Judith Tabares Iglesias
27 junio, 2022 at 10:08 amHola. Para ver bien el tema debes pedir cita en el 915482289 ya que desde siempre debes cobrar pagas extras que pueden ser incluidas o prorrateadas o te las pagan según hayan acordado, saludos
Jaime Fernández
19 julio, 2022 at 3:41 pmHola, Judith, y gracias por este blog que tanto nos orienta. Mi pregunta es si una empledada de hogar que trabaje exclusivamente los fines de semana está sujeta a una remuneración horaria distinta de la indicada por las tablas horarias del SMI para el año en curso, 2022. En caso afirmativo, ¿cuál es el precio buto / hora, con pagas extras incluidas, que habría que aplicar? Las contribuciones a Seg. Social de empleda y empleador ya las calculo yo. Gracias por tu asistencia.
Judith Tabares Iglesias
29 julio, 2022 at 8:57 pmHola, debes guiarte por las horas que trabaja y así ves la tabla orientativa, que siempre establece el salario mínimo, si tuviese otras responsabilidades añadidas a su labor, pues se debería pagar un plus, cualquier duda llamame al teléfono consultas 807505577 saludos
Lucía jara
3 diciembre, 2022 at 3:42 pmBuenas tardes llevo trabajando desde el mes de mayo 5 horas de lunes a viernes mi consulta es si hasta la fecha de hoy tengo derecho a recibir la paga extra completa muchas gracias
Judith Tabares Iglesias
6 diciembre, 2022 at 8:28 pmHola: Cobraría la parte proporcional de esos 5 meses, la paga completa es a los 6 meses, saludos
Cristina Pardo
6 diciembre, 2022 at 2:12 pmHola buenos dias. Soy empleada de hogar que trabajo 5 horas al dia que son 25 horas a la semana. Gano 735 al mes. Mi empleadora me dice que ahi ya estan las pagas extras incluidas. Es esto cierto? Muchas gracias.
Judith Tabares Iglesias
6 diciembre, 2022 at 8:26 pmHola: Efectivamente por 25 horas semanal ya están incluidas las pagas en el salario, saludos
Sandry
2 febrero, 2023 at 10:54 pmY si trabajas 3 horas al día de lunes a viernes …. Que estén incluidas las pagas y las vacaciones…. Significa que no tengo vacaciones ?? Porque en mi caso estoy con contrato por horas y me dicen que no tengo derecho a vacaciones ni a festivos , día que falto aunque sea festivo y no me lo pagan y vacaciones no tengo eso es así????
Judith Tabares Iglesias
5 febrero, 2023 at 9:56 pmHOla: Es indiferente el número de horas de trabajo que se hagan a la semana o al mes, así como si tiene un contrato a jornada completa, parcial o de media jornada, siempre se tienen derecho a 30 días de vacaciones al año.
Y debes cobrar los festivos si trabajas de manera continua entre semana, o sea, tienes todos los derechos igual que un trabajador a tiempo completo, saludos
NAYELY Martínez
29 septiembre, 2023 at 1:43 pmCuanto debo de cobrar netos en 12 pagas o 14 pagas si trabajo 15 horas semanales? Me corresponde 2 pagas extraordinarias o 2 medias pagas extraordinarias?
Judith Tabares Iglesias
2 octubre, 2023 at 9:03 amHola: Está en la tabla o llámame al 807505577 y te lo miro, saludos