Judith Tabares Abogados

Citas 915 48 22 89

Consultas 807 50 55 77

c/Gran Vía 61, 1º Local 3, Madrid 28013

El periodo de prueba en el Contrato de trabajo. Notificación y finiquito.

Bufete de abogados | Judith Tabares Abogados > Extranjería  > El periodo de prueba en el Contrato de trabajo. Notificación y finiquito.

El periodo de prueba en el Contrato de trabajo. Notificación y finiquito.

El periodo prueba contrato de trabajo
Compartir Artículo

El periodo de prueba es un tiempo al inicio de la relación laboral donde la empresa y el trabajador se prueban mutuamente, se comprueban las capacidades del trabajador, su adaptación al mismo, su productividad y si se ajusta a lo que ambos contrataron.

Durante el periodo de prueba el trabajador tiene los mismos derechos que el resto de trabajadores, con la única situación específica que la relación laboral se puede romper tanto por la empresa como por el trabajador, sin tener que justificar el motivo, ni dar preaviso, ni dar una indemnización por el tiempo trabajado, pero sí se deben cumplir determinadas formalidades por parte de la empresa si no se puede considerar la extinción del Contrato como un “despido”.

Tiempo que dura el periodo de prueba:

Para saber cuánto tiempo dura el período de prueba habrá que estar a lo que diga el acuerdo entre empresario y trabajador, que por lo general lo fijan los convenios colectivos. Si no hay pacto o convenio, se aplica el Estatuto de los Trabajadores:

– No podrá exceder de 6 meses para los técnicos titulados.

– No podrá exceder de 2 meses para los demás empleados.

– No podrá exceder de 3 meses en empresas de menos de 25 trabajadores (excepto técnicos titulados).

– No podrá exceder de 1 mes para los contratos temporales (no superior a 6 meses).

¿Es obligatorio establecer un periodo de prueba?

Solo hay periodo de prueba si está específicamente pactado en el contrato de trabajo . Si en el contrato no se estipula que hay un periodo de prueba, entonces no lo habrá. En caso de estar pactado, existen unos límites de duración dependiendo del tipo de contrato, la duración del contrato y el puesto que se ocupa.

Además, con carácter general no pueden haber dos periodos de prueba si se efectúa un nuevo Contrato, si ya el trabajador ha estado contratado por la misma empresa para el mismo puesto, no se puede volver un periodo de prueba.

Notificación de no superación del Periodo de Prueba:

Si el trabajador, como la empresa, no quieren mantener esa relación laboral y deciden finalizar la misma alegando la no superación del periodo de prueba, deben cumplir y seguir determinadas pautas básicas:

-Notificación obligatoria por escrito a la otra parte de la no superación del periodo de prueba o si es el trabajador quien desea finalizar la misma, igualmente debe notificarlo a la empresa su no continuidad.

Cuando se finaliza una relación laboral siempre debe ser notificada por escrito, si no se cumple esta formalidad, el trabajador puede interponer una demanda por “despido”.

-No es necesario dar preaviso. Se puede dar el último día que se trabaja.

-No hay que alegar ningún motivo, causa, ni indemnización,  por el cual no se ha superado el periodo de prueba, pero si debe ser “finiquitado” que significa pagarle al trabajador su sueldo, vacaciones debidas y parte proporcional pagas extras en su caso.

¿Cómo redacta la empresa el escrito de no superación periodo de prueba?

El escrito no tiene que cumplir muchos formalismos, pero debe tener los datos básicos del trabajador, dirección, nombre de la empresa, CIF, indicar la fecha en que se entrega o se envía la carta e indicar claramente que “finaliza la relación laboral por no superar el periodo de prueba”. No hay que poner nada de “despido”, “extinción de la relación laboral” o “baja voluntaria”.

No es necesario poner el motivo por el que no se supera el periodo de prueba y que justifica la decisión empresarial

Y siempre es necesario indicar que la carta se entrega conjuntamente con el finiquito o que se pone a disposición del trabajador. En el caso de enviar por burofax la carta, conviene enviar también el finiquito y pagarlo mediante transferencia.

Normalmente cuando se entrega la carta al trabajador deben ser dos copias, una para el trabajador y otra para la empresa, que tiene que devolver firmada el trabajador, como justificación de que la ha recibido.

Puede que el trabajador firme como “no conforme” la recepción de la carta, pero a todos los efectos, se tendrá como notificado y la relación se finalizará igual.

El trabajador tiene el derecho de poner en la carta “NO CONFORME”, pero tal hecho significa que simplemente será una demostración de que no está de acuerdo con la decisión empresarial.

En el caso de que el trabajador no quiera recoger o aceptar la carta de no superación del periodo de prueba, o no esté acudiendo al puesto de trabajo por cualquier motivo justificado (baja por enfermedad, hospitalización, etc.), en ese caso la empresa deberá enviar y notificar la carta mediante Burofax.

Es importante que se tenga en cuenta que la empresa está obligada a pagar al trabajador el finiquito el último día que el mismo acuda a la empresa, por lo conceptos de días trabajados, vacaciones u pagas extras si no están prorrateadas.

La empresa tendrá que enviar el certificado de empresa indicando que el motivo del cese es la no superación del periodo de prueba.

RECOMENDACIONES:

Si como trabajador tiene alguna duda sobre su Contrato de trabajo, condiciones del mismo o si le dan la carta de despido y no está de acuerdo, quiere impugnar el despido o que le hagamos el finiquito, etc., venga a nuestro despacho de abogados que somos especialistas en laboral, entranjería, penal y civil.

«Nuestra prioridad es ser excelente y eficaz»

34 Comments

  • Jorge García Rubio
    Responder 13 mayo, 2019 at 4:47 pm

    osea que un año de prueba no es legal ????

      • Juanjo gallardo
        Responder 17 febrero, 2020 at 1:21 pm

        Hola mi empresa me ha despedido en periodo de prueba a los 4 meses de esta tras avisarles que los había denunciado por exceso de horas extra y la remuneración de las mismas , la demanda la puse el día 11,02 y el despedido me lo han co ubicado por email el día 17,02.. es legal ? Trabajo todas las semanas desde que entres unas 12 horas extra laborales habiendo superado las 80 de mi convenio y no me las han pagado nunca

  • Ana
    Responder 7 junio, 2019 at 3:12 pm

    Cuanto tiempo tiene la empresa para pagar el finiquito si no te lo dan el día en el que te despiden?

      • Ana
        Responder 12 julio, 2019 at 10:43 am

        Buenas! Llevo más de un mes esperando el finiquito de una empresa, y ellos solo me dicen que espere y que tienen hasta 6 meses para pagarme (aunque nadie es capaz de decirme de dónde han sacado esa cifra…). Es esto legal?

  • Niza Espinoza
    Responder 14 junio, 2019 at 12:56 pm

    Hola. Trabajé por 17 días en una empresa y se me despidió y no me dieron finiquito. Empecé a trabajar a finales de Junio y termine a principios de Julio. Es esto legal?

  • Elisa Martín
    Responder 16 julio, 2019 at 10:58 pm

    Buenas noches.
    Me gustaría realizar una consulta, por no superación del periodo de prueba, la empresa ha decidido prescindir de mis servicios hoy día 16 de julio. He firmado el finiquito de 16 días trabajados y me ha comentado el empresario que el pago se realizará entre el 1 y el 5 de agosto, como hace siempre la gestora como al resto de trabajadores. ¿Puedo reclamar mi finiquito desde el mismo momento en que se acaba el contrato o debo esperar? Me da miedo que puedan pasar 20 días y no me acaben pagando el finiquito.

  • Jmp
    Responder 27 septiembre, 2019 at 12:17 am

    Hola, he dejado un trabajo indefinido por un nuevo puesto en una nueva empresa. En la nueva empresa el jefe de manera verbal me da un periodo de prueba de 3 meses y ese mismo día me manda un mail diciéndome “no se cumplen las espectativas y mañana se cesa tu contrato” justo el último día de mi periodo de prueba. En el correo no aparecen mis datos, nombres, apellidos, ni Cif de la empresa…(nada formal). Puedo demandar?

      • Lala Papa
        Responder 4 agosto, 2022 at 4:06 pm

        hola solicitaba una baja voluntaria a mi trabajo anterior para una nueva empresa con 60 dias de prueba. Me han despido unos dias despues de terminar el periodo. Que derechos tengo?

  • Matias
    Responder 1 noviembre, 2019 at 8:01 pm

    Hola buenos días:
    He dejado un trabajo en dentro del periodo de prueba este 28 de octubre. Avise el mismo día, que ya no iba a ir más, escribí la carta y todo normal. Mi duda es la siguiente:
    Cuanto tardan en darme el finiquito ? Tengo derecho a el habiendo desistido yo el contrato? Lo digo por que lo avise sin 15 días de antelación.

  • Kelly Van Hulle
    Responder 16 noviembre, 2019 at 8:56 pm

    Buenas Tardes,
    La empresa me ha dicho que no he superado el periodo de prueba porque no hay feeling entre yo y la mujer del CEO. Que es la jefa de mi jefa. Mi pregunta es en mi contrato estaba estipulado 4 meses de prueba y en otro punto del contrato estaba estipulado que ambos parte tanto yo como ellos teniamos que dar un mes de preaviso. lo que pasa es que no se si ese punto era valido tambien para el periodo de prueba me han pagado 15 dias de preaviso…. Y tengo la sensacion que me han engañado.

  • Vanessa
    Responder 18 enero, 2020 at 1:49 am

    Buen os días , he trabajado 2 meses y medio en una cafetería y he terminado mi contrato,.
    Tengo derecho al finiquito., pero mi jefa dice que solo tengo derecho a los días del mes y medio, que el otro mes, es periodo de prueba y no me corresponde,.
    Por favor me podrían verificar lo mencionado
    Gracias.
    Un saludo

  • Elena
    Responder 20 octubre, 2020 at 7:52 am

    Buenos días,
    He estado trabajando 33 días en una empresa con periodo de prueba de 2 meses. Mi jefe me ha dado las 2 nóminas, el certificado de empresa y el documento de liquidación y finiquito, pero dice que ese dinero no lo cobro porque estaba de prueba.¿Es eso cierto?
    Muchas gracias.
    Saludos

  • María
    Responder 7 mayo, 2022 at 11:06 pm

    Buenas, la empresa en la que trabajaba me hizo un no superado periodo de prueba, me dieron la carta pero no el finiquito ni el certificado de empresa. Se lo reclamo por escrito y me ingresan una cantidad, pero no tengo el documento, ni una de las nóminas que me debían. No me dejan hablar con RRHH y todo tengo que hacerlo mediante el financiero del proyecto. ¿Qué puedo hacer para saber si ese dinero es el que me corresponde sí no tengo ningún papel? Muchas gracias

  • anónimacp
    Responder 12 julio, 2022 at 7:31 am

    Hola empecé hace un mes y medio en una cafetería. Tengo periodo de prueba de 60 días y quiero irme, avisando con más de 15 días de antelación. Todavía no me han pagado el mes de junio y quiero saber si renuncio en periodo de prueba, me tienen que pagar el mes de junio y julio o me puede decir que no por irme durante el período de prueba?

  • Alexander
    Responder 12 mayo, 2023 at 7:26 am

    Ahora trabajo en una empresa 1 año y 9 meses. Voy a renunciar yo. La pregunta es – si luego encuentro nuevo trabajo y. no supero periodo de prueba, voy a tener derechgo a paro o no? Cuantas dias deberia estar cotizado en la nueva empresa?

  • Miih
    Responder 1 junio, 2023 at 10:26 am

    Hola! Llevo dos semanas de prueba y no lo superé. Tengo derecho a finiquito?

  • Silvia García Díaz
    Responder 21 agosto, 2023 at 2:33 pm

    Buenas tardes, yo estaba trabajando en un restaurante desde el 1 de julio hasta el 14 de agosto que me dieron de baja voluntaria sin avisarme, porque según ellos, yo me di de baja, debido que yo el domingo, llame al encargado diciéndole que si no iba una compañera a trabajar el lunes porque la habían despedido de un día para otro y sin motivo alguno pues yo tampoco iría el lunes, pero yo en ningún momento le dije que me iba definitivamente de la empresa y tampoco llamé a la jefa para comunicárselo ni nada, además de que nosotras no habíamos firmado el contrato, ya que la empresa nunca nos dio esa opción, solo nos dieron de alta en la seguridad social, además según ellos tenemos un contrato de 10 horas semanales ya que trabajamos solo los findes de semana, pero entre el sábado y el domingo hacemos 26 horas semanales, no 10 como supuestamente pone en nuestro contrato. Además, a mi me escribió el encargado el sábado diciéndome que tenía que ir a firmar la baja voluntaria, cuando yo en ningún momento le dije que me iba definitivamente de la empresa, y también me dijo que tenía finiquito negativo. Que podría hacer ante esta situación?

Leave a Comment

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Este sitio Web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar su experiencia de navegación, realizar tareas de análisis y ofrecer un mejor servicio. Al pulsar el botón aceptar da su consentimiento a nuestra política de cookies. política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies