Autorización de residencia y trabajo en España. Cómo venir a España con visa de trabajo.
Para poder entrar a España con un visado de trabajo y residencia desde el país de origen, debe efectuar un trámite de autorización de residencia y trabajo en la oficina de extranjería correspondiente, siempre que le ofrezcan un Contrato u Oferta de trabajo en España, reuniendo todos los requisitos pertinentes.
Por tanto, si es un ciudadano extracomunitario y quiere trabajar en España, hay que constatar si tiene algún familiar directo que sea español o residente legal en España o si es de Perú y Chile, tiene un Contrato laboral, ya sea de una empresa o como empleado/a de hogar, para que pueda residir y trabajar en España realizando una actividad laboral legalmente, previo trámite correspondiente que a continuación le explicaremos.
La normativa Básica:
AUTORIZACIÓN INICIAL DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA:
Existen diferentes tipos de autorización, según sea el trabajo (por cuenta ajena o por cuenta propia), o si es la primera vez que la solicitas.
Si pretendes trabajar por cuenta ajena (contratado por un empleador), el empleador deberá solicitar una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena en la Oficina de Extranjeros correspondiente a la provincia donde tenga fijado su domicilio o dónde se vaya a realizar la actividad laboral que puede ser como empleado/a de hogar o en alguna empresa.
Requisitos para su solicitud:
-Deberá ser solicitada personalmente por el empleador o, en el caso de empresas, por el representante legal empresarial con el Poder notarial donde conste su apoderamiento.
-El trabajador no podrá encontrarse en España en situación irregular en el momento de la solicitud.
-La solicitud podrá limitarse a una ocupación y ámbito geográfico concreto.
-Su validez será de 1 año y podrá ser renovada.
-Hay que tener en cuenta el país del trabajador (si es de Perú o Chile tiene preferencia), sus circunstancias personales (si tiene familiares directo en España que sean españoles o residentes legales), para ver si se le aplica alguna preferencia del artículo 40 de la LO 4/2000, o en su caso, la Situación Nacional de Empleo (SEPE) o paro nacional.
En el caso de que no tenga ningún familiar directo en España que sea español nacionalizado o residente legal, o no sea ciudadano de Perú o Chile, pues tendría que competir ese Contrato de trabajo con el Paro Nacional, o sea, con los parados que figuran en el SEPE en el momento de la solicitud de la Oferta.
Si el trabajador compite con la “situación nacional de empleo” (SEPE), debe tener en cuenta que:
· La ocupación que va a desempeñar el trabajador en la empresa está incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura que el Servicio Público de Empleo Estatal publica trimestralmente.
· La Oficina de Extranjería competente considera que no se ha podido cubrir el puesto de trabajo a tenor del certificado que el Servicio Público de Empleo emite sobre la gestión de la oferta de empleo.
-Si el trabajador es nacional de Perú y Chile, que son países con los que España haya suscrito acuerdos internacionales, NO COMPITE CON EL PARO NACIONAL, o sea, puede venir con cualquier Oferta de empleo siempre que cumpla los requisitos la empresa o empleador.
-El trabajador pueden acreditar la concurrencia de un supuesto recogido en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000, supuestos que le da PREFERENCIA para No competir con el Paro Nacional.
-Presentar un contrato firmado por el empleador y trabajador al cual se le incluya determinadas cláusulas y condiciones que garantice al trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar. En sentido general debe ser un Contrato por 40 horas, por 1 año, etc. La fecha deberá estar condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
-Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la retribución deberá ser igual o superior al salario mínimo interprofesional para jornada completa y en cómputo anual. Para el 2018 el SMI es de 735,90€.
-El empleador solicitante deberá estar inscrito en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
-El empleador deberá contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador o en el caso de empleados de hogar tener una solvencia económica acreditada, declaración renta con un saldo anual aproximado de 40 mil euros, nóminas, etc.
Si el empleador es una persona física (empleados de hogar), deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo.
Si la unidad familiar incluye dos miembros el 200% . Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 50 % del IPREM por cada miembro adicional
Si es una empresa, el trabajador deberá acreditar poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
Para la concesión de las Autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena, se tendrá en cuenta:
– La insuficiencia o escasez de mano de obra española en la actividad o profesión y zona geográfica en que se pretenda trabajar.
– La inexistencia de trabajadores españoles, comunitarios o extranjeros residentes legalmente en España inscritos como demandantes del empleo en la zona geográfica correspondiente y en la actividad solicitada.
-El régimen de reciprocidad en el país de origen del extranjero.
Normalmente, al existir estas consideraciones, cualquier autorización de trabajo que se presente puede ser denegada atendiendo a la «situación nacional de empleo» a no ser que se encuentre en una de estas dos situaciones:
1. Preferencias recogidas en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000.
Para la concesión de una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena, sin considerar la situación nacional de empleo o su incidencia en el mercado de trabajo, para los extranjeros que acrediten hallarse en cualquiera de los supuestos siguientes:
1) La cobertura de puestos de confianza en las condiciones fijadas reglamentariamente.
2) El cónyuge o hijo de extranjero residente en España con una autorización renovada, así como el hijo de español nacionalizado o de comunitario, siempre que éstos últimos lleven como mínimo un año residiendo legalmente en España y al hijo no le sea de aplicación el régimen comunitario.
3) Los titulares de una autorización previa de trabajo que pretendan su renovación.
4) Los trabajadores necesarios para el montaje por renovación de una instalación o equipos productivos.
5) Los que hubieran gozado de la condición de refugiados durante el año siguiente a la cesación de la aplicación de la Convención de Ginebra de 1951, sobre el Estatuto de refugiados por los motivos recogidos en su artículo I.C.5.
6) Los que hubieran sido reconocidos como apátridas y los que hubieran perdido la condición de apátridas el año siguiente a la terminación de dicho estatuto.
7) Los extranjeros que tengan a su cargo ascendientes o descendientes de nacionalidad española.
8) Los extranjeros nacidos y residentes en España.
9) Los hijos o nietos de español de origen.
10) Los menores extranjeros en edad laboral con autorización de residencia que sean tutelados por la entidad de protección de menores competente, para aquellas actividades que, a criterio de la mencionada entidad, favorezcan su integración social, y una vez acreditada la imposibilidad de retorno con su familia o al país de origen.
11) Los extranjeros que obtengan la autorización de residencia por el procedimiento previsto en el artículo 31.3 de la presente Ley. Dicha autorización tendrá la duración de un año.
12) Los extranjeros que hayan sido titulares de autorizaciones de trabajo para actividades de temporada, durante cuatro años naturales, y hayan retornado a su país.
También gozan de esta situación aquellos ciudadanos de países con los que España haya suscrito convenio. (Actualmente Chile y Perú).
En el Reglamento de extranjería (Real Decreto 557/2011) se establece un Catálogo trimestral de ocupaciones de difícil cobertura para cada provincia o demarcación territorial que supondrá la no aplicación del criterio «situación nacional de empleo» y para la concesión de la autorización de trabajo.
En el supuesto caso que la oferta del puesto de trabajo no estuviese incluido en el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura habrá que realizar la gestión de la oferta de empleo ante la Oficina de Empleo, que trascurrido un plazo prudencial deberá certificar el resultado de la gestión de la oferta.
Si dicha certificación es negativa, es decir que no existen demandantes de empleo para esa categoría, el resultado sería el mismo que el descrito en el párrafo anterior.
Presentación solicitud de autorización trabajo y residencia:
Para solicitar la autorización de residencia y trabajo debe acudir el empleador con toda la documentación del trabajador y de la empresa o domicilio familiar, dicha solicitud se debe hacer con CITA previa que en nuestro despacho de abogados especialista en extranjería le podemos gestionar, organizar el expediente, orientar y presentar.
Una vez presentada la solicitud en la Oficina de Extranjeros de la Delegaciones del Gobierno en la Comunidad de Madrid (mediante cita previa), la administración, en el plazo máximo de 1 mes desde la recepción de la misma, resolverá la autorización de residencia temporal y trabajo.
Si la respuesta es favorable, a partir de ese momento, tienes 1 mes para solicitar el visado de residencia y trabajo ante el Consulado u Oficina Consular de España, adjuntando la siguiente documentación:
1. Formulario de solicitud de visado debidamente cumplimentado y firmado (podrás descargarlo en www.maec.es )
2. Resolución de concesión de la autorización de residencia y trabajo.
3. Una fotografía tamaño carné
4. Pasaporte en vigor o título de viaje, con una vigencia mínima igual al periodo solicitado.
5. Documento o certificado que acredite tu identidad y país de procedencia.
6. Certificado de antecedentes penales, o documento equivalente, en el caso de que seas mayor de edad, que debe ser expedido por las autoridades de tu país de origen o del país o países en que hayas residido durante los últimos 5 años.
7. Certificado médico expedido y sellado por un centro de salud debidamente legalizado y traducido en su caso.
Si te conceden el visado, deberás recogerlo personalmente en el plazo de 1 mes desde la notificación. En caso de no hacerlo así, se entenderá que has renunciado a él.
Asimismo, una vez recogido el visado, deberás entrar en el territorio español en el plazo de vigencia del mismo (en ningún caso superior a 3 meses) y, una vez efectuada la entrada, habrás de solicitar personalmente, en el plazo de 1 mes, la Tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
Recursos ante una denegación de solicitud de trabajo y residencia:
Si la solicitud de autorización de residencia y trabajo es denegada por resolución, existen dos tipos de recursos, el primero de ellos es el de Reposición o Alzada (dependiendo si la renovación de la tarjeta era de larga duración o segunda renovación) cuyo plazo de interposición es de un mes, el órgano encargado de su resolución es la misma Administración que denegó la solicitud de renovación en su día.
El segundo recurso es el Contencioso Administrativo para cuya interposición es necesario Abogado y debe realizarse en un plazo de dos meses a partir de la notificación de la Resolución, este recurso es resuelto por un Juez del Juzgado Contencioso, este trámite demora bastante meses pero al final el juzgado reconoce el derecho de los solicitantes a obtener su permiso de residencia y trabajo.
RECOMENDACIONES:
Desde nuestro despacho de abogados ubicado en el centro de Madrid, podemos ayudarle en la orientación, gestión, tramitación, contestación de requerimiento y seguimiento de todo el expediente para poder tramitarle su autorización de residencia y trabajo en España.
Le ayudaremos al empleador a confeccionar el mejor de los Contratos de trabajo con las cláusulas pertinentes que exige la administración, el salario establecido para el puesto en contrato, la documentación actualizada requerida, le sacaremos la cita para poder solicitar la residencia y le haremos el seguimiento necesario hasta la resolución, llegada a España del trabajador, solicitud cita de huellas policía y demás tramitaciones que se necesite en la tramitación de este expediente.
Somos un despacho de abogados especialista en extranjería desde hace más de 20 años, llámenos al 915482289 o al 807505577.
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Carlos Velázquez
8 octubre, 2018 at 6:50 amBuenos días Dra. Tal y como indica su artículo, es posible realizar un contrato de trabajo a un familiar que esta en el extranjero como «PERSONAL DE CONFIANZA», es decir, la persona que dormirá en tu casa y llevara a los niños al cole… En este sentido solo quiero saber si es viable, somos trabajadores por cuenta ajena y autónomos. Si es así me pondré en contacto con usted. Gracias.
Judith Tabares Iglesias
29 octubre, 2018 at 10:33 pmHola: Todo depende de qué país es el trabajador/a que quieres traer, puesto que solo pueden trabajar en España quiénes tengan alguna situación de preferencia(familiar directo con permiso residencia, ser hijo o nieto de español de origen, o ser de Perú y Chile, etc). Recuerda que hay 3 millones de parados y antes de traer a un extracomunitario primero están los parados, por eso, hay que ver quién es el trabajador y su circunstancias, vale.
Llámanos al despacho al 915482289 y si estás fuera de Madrid al 807505577 y vemos el asunto, saludos, Judith Tabares
Leonardo
11 octubre, 2022 at 1:36 pmHola buen día consulta yo soy soldador homologado soy peruano me están contratando desde España para realizar trabajos de soldadura mi pregunta es una vez que concluya mi contrato y la empresa no me renueva podría quedarme a trabajar obviamente renovar documentos con un gestor pero es posible
Judith Tabares Iglesias
12 octubre, 2022 at 11:13 amHola: LO primero es saber si estás con documentación o no, si no lo estás, no puedes hacer estando en España un contrato de trabajo, solo si ya tienes 3 años de permencia y otros supuestos, por tanto, llama y pide cita en el 915482289 o al teléfono de consultas 807505577, saludos
Aixa
28 marzo, 2023 at 2:52 amHola ! Esperando que estén muy bien , escribo por lo siguiente . Analizando las exigencias para proceder con la solicitud de visa de trabajo , entre los requisitos se menciona “ Poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión”, al respecto me gustaría saber que significa “cualificación LEGALMENTE exigida “… soy ciudadana Peruana de profesional bióloga y lo titulo profesional está apostillado .
Debería hacer algún trámite previo ? Por ejemplo homologar el título o realizar una equivalencia antes de presentar los papeles para solicitar el visado ?
Desde ya agradezco sus comentarios
Judith Tabares Iglesias
9 abril, 2023 at 4:08 pmHola. Todo depende dónde vas a trabajar en España, si es en tu profesión pues necesitas homologación, si no trabajarás como biologa puedes efectuar la equivalencia, eso te lo gestionamos y solicitamos nosotros, llama al 915482289, saludos
Judith Tabares Iglesias
6 noviembre, 2018 at 7:06 pmHola: Se podría traer a un trabajador a residir a España con contrato de trabajo siempre que esa persona tuviese aqui a un familiar directo con residencia o nacionalidad, lo mejor es que nos llames al 915482289 para ver el asunto, saludos, Judith
Alberto Pucci
28 enero, 2019 at 12:42 pmBuenos días.
Yo soy un chef Argentino
Mí situación es la siguiente, mí futura empleadora es de un pueblo de Galicia con poca población.
El primer paso me dijo que es presentar la solicitud en el servicio público de empleo, si nadie se presenta a la oferta, como usted dice en el post, le darán un certificado para continuar con los trámites.
Ahora mis dos preguntas:
Cuánto tiempo suele/debe estar vigente la oferta laboral sin ser requerida para que le den tal certificado?
Luego de éste paso, es posible que nieguen la visa laboral?
Muchas gracias
Judith Tabares Iglesias
28 enero, 2019 at 11:12 pmHola: Siempre encontrarán alguien para que la empresa lo entreviste para ocupar ese perfil y la empresa debe justificar muy bien el porqué no sirve, por tanto, durante unos meses harán la oferta, vale, así que espero de resultado, saludos, Judith
Kendall
6 mayo, 2022 at 2:39 pmHola, tengo un contrato de trabajo desde España, firmado y cellado por la empresa. Y tengo un familiar ciudadano español. Y quiero ver qué es lo próximo a seguir.
Judith Tabares Iglesias
8 mayo, 2022 at 7:50 pmHola: Si lo que deseas es venir a España con una residencia por cuenta ajena hay que hacer todo el proceso de solicitud, lo gestionamos nosotros que nos llame tu familiar al 915482289 y ya le damos cita saludos
lorena arellano vargas
8 febrero, 2019 at 3:24 pmHola mi consulta es yo presente la solicitud de trabajo el 12 de diciembre del 2018 (contrato de trabajo de empleada del hogar) en Madrid quiero saber cuanto es el tiempo que demora en darme la respuesta de solicitud. Gracias
saludos
Lorena Arellano.
Judith Tabares Iglesias
9 febrero, 2019 at 1:57 pmHola: Si no hemos sido nosotros quiénes te hicimos la solicitud, no podemos decirte, no obstante cuál solicitud hiciste, por arraigo social?, otra solicitud? la que sea a los 3 meses desde la solicitud podemos interponer un Silencio Positivo, por tanto, llama al despacho al 915482289, pide cita, trae todo y vemos el asunto, saludos, Judith
Rita laura
25 febrero, 2019 at 7:30 pmHola buenas tardes,mi consulta es ,puesdo traer a mi heana para q me ayude en mi casa tengo dos niños pequeños no tengo ningún familiar con quien contar gracias
Judith Tabares Iglesias
27 febrero, 2019 at 10:44 pmHola: Puedes traer a tu hermana pero habría que ver si reúne los requisitos para que pueda venir de manera legal, para eso llámanos al despacho al 915482289, pide cita y vemos todas las circunstancias, saludos, Judith
Mauricio taborda
28 febrero, 2019 at 4:02 amHola Judith soy argentino te pregunto mi tío trabaja en vilaseca en una empresa el hablo por mí y su jefe me quiere contratar.. me puede contratar como personal de confianza, ya que se acerca la temporada y necesita personal urgente . El tipo de trabajo q hace en su empresa requiere de guardias las 24 hrs y los empleados españoles que toma renuncian. Si podés confeccionar el contrato de esta manera te llamamos y lo armamos desde ya muchas graciaa
Judith Tabares Iglesias
28 febrero, 2019 at 9:13 amHola: Pero estás indocumentado en España? O cuál es tu Estatus?, porque de eso depende si te pueden dar de alta o no, vale, llámanos al teléfono consulta 807505577 y lo vemos todo, saludos, Judith
Mauricio taborda
6 marzo, 2019 at 11:22 pmHola de nuevo Judith gracias por responder.. no estoy en España de ilegal.. actualmente estoy en Argentina y nunca fui a España ,se que estos contratos se hacen desde el país de residencia del extranjero que quiere ingresar a españa mediante los correspondientes consulados del país del extranjero.. te vuelvo a repetir si es viable ? Te llamo y hacemos todo con mi futuro empleador que está dispuesto a hacer el contrato de este tipo(personal de confianza)
Judith Tabares Iglesias
7 marzo, 2019 at 9:51 pmHola: Solo si fueses hijo o nieto de español de origen, o si tuvieras un familiar directo residiendo en España, tu tío es colateral, podrías venir a trabajar, recuerda que hay que 3 millones de parados sin empleo que tienen preferencia, no obstante, que me llame tu tío al teléfono consulta 807505577 al despacho y le explico una opción que es presentar en el SEPE esa oferta a ver si alguien la requiere, si resulta que nadie es competente, y da negativo, pues entonces sí se podría solicitar, vale, saludos, Judith
Melody Uribe
12 marzo, 2019 at 4:43 pmHola me llamo Melody, soy de Perú y tengo nacionalidad española, mi novio es español y queremos traer a mi prima de 21 años para que viva aquí, el desea hacerle un contrato de empleada del hogar .. no sabemos si sea factible, el trabaja en el SEPE, como técnico informático y yo en la Seguridad Social de técnica informática también.
Judith Tabares Iglesias
12 marzo, 2019 at 7:49 pmHola: Si es de Perú es factible traerlo con un contrato, pero para eso debemos ver ingresos de tu novio y condiciones, etc, lo mejor es que nos llame al despacho al 915482289 y ya le gestionamos todo de manera perfecta, saludos, Judith
Rosmery
29 marzo, 2019 at 7:50 amHola Dra. Mi consulta es: mi jefa quiere contratar a la hija de mi esposo como empleada de hogar, mi esposo su padre tiene nacionalidad española también tiene tres hermanos nacionales es fiable. Ella viene hacer un master. Semi presencia o es factible sacar la visa por estudios .
Judith Tabares Iglesias
30 marzo, 2019 at 11:58 amHola: Si podría efectuar Oferta de empleo reuniendo todos los requisitos, otra cosa es el Master que quiere estudiar estando trabajando, lo mejor es que nos llames al despacho al 915482289 pide cita y vemos todo porque necesitariamos ver solvencia Jefa y todo lo demás, abrimos de lunes a sábado, judith
Ivan Gomez
24 abril, 2019 at 1:34 pmHola,
Mi consulta es la siguiente:
Actualmente me encuentro en España en una residencia temporal de estudiante de duración de dos años, por lo tanto no puedo cambiar a una residencia permanente por no cumplir los 3 años que me piden.
Según extranjería lo correcto sería que volviera a Perú y solicite el visado correspondiente obviamente ya cuento con una empresa que es donde vengo haciendo mis practicas y me quieren realizar el contrato la cual me apoya en todos los documentos necesarios (contrato y todo).
En resumen: Tendría que volver a mi país (con el contrato que me darán en la empresa) para solicitar otro visado o existe alguna forma de hacerlo desde aquí (Valencia) sin tener los 3 años
Nota: Estudio un grado superior de formación profesional (ASIR).
Judith Tabares Iglesias
28 abril, 2019 at 9:11 pmHola: Cuando termines tus estudios tienes la opción de volver y aqui en España es donde te tienen que tramitar la Solicitud de Oferta de empleo, una vez admitido, te la mandan y es allí donde pides el visado. También tienes la opción de una vez que culmines los estudios, antes de su vencimiento y con el Título correspondiente pidas una autorización residencia de búsqueda de empleo, como ya lo tienes una vez que te den esa residencia la empresa puede contratarte por un año, si deseas nos llamas al despacho al 807505577 y te explicamos, saludos Judith Tabares
Mariuxi macias
15 septiembre, 2022 at 12:17 pmMariuxi buenas tardes estoy en España tengo l residencia y mi esposo también es autónomo puede hacer un contrato de trabajo a mi hija q está en ecuador tienen 22 ya q está sola hay o me puede decir q via se le puede traer y así lo llamo
Judith Tabares Iglesias
16 septiembre, 2022 at 10:09 amHola: Tu esposo, no es el padre de tu hija, no? En un principio si eres residente le das preferencia para que no compita con el paro nacional, si se podría gestionar, pero hay que ver bien el asunto, llama y pide cita en el 915482289, saludos
walter
17 julio, 2019 at 4:26 pmHola, tengo una duda y no aparece en ningun forum ni documento oficial. Ya tengo la autorizacion de residencia y trabajo por cuenta ajena, hace una semana le ñlego a moi empleadeor y me encuentro ahora de turismo en un pais del espacio schengen, puedo quedarme en españa o es obligatorio regresar y solicitar el visaqdo de trabajo ny residencia en el consulado. ??
Judith Tabares Iglesias
5 septiembre, 2019 at 8:21 pmHola: Siempre debes ir a tu país y gestionar tu salida con el visado correspondiente, una cosa es estar de turista y otra es que debes entrar con el visado de residencia y trabajo, sino aqui no te darán el NIE, vale, saludos, Judith
Leydi
26 julio, 2019 at 8:46 pmBuenas tardes mi consulta soy peruana pero tengo la nacionalidad española hace 5 años quiero traer a mi hermana para que me ayude con mis hijos mi marido tiene un contrato de jornada completa y mi marido y yo media jornada a decir verdad quiero que venga mi hermana legalmente no se si se pueda
Judith Tabares Iglesias
5 septiembre, 2019 at 8:19 pmHola: Perú tiene convenio con España por tanto, sí podría venir pero debe contratarlo mejor su esposo, siempre que la unidad familiar tenga unos ingresos de anuales aproximados de 40 mil €, más otros requisitos, llama al despacho al 915482289, pide cita y te oriento , saludos, Judith
Sene
4 julio, 2020 at 12:58 pmHola yo quiero trahir 5personna desde África con contrato
Judith Tabares Iglesias
6 julio, 2020 at 8:39 amHola: Pues hay que ver todo lo del contrato, llama al teléfono cita y ven al despacho, 915482289, saludos, Judith
Olga Gómez
15 junio, 2022 at 9:44 amHola para un hombre colombiano también es posible recibir el visado de trabajo?
Judith Tabares Iglesias
19 junio, 2022 at 3:11 pmHola: Los visados son para cualquier persona, mujer y hombre, el tema está en cuál visado quieres pedir y si reúnes los requisitos para que te lo den, saludos
Yelitza Mendoza
6 agosto, 2019 at 12:13 pmBuenos días. Tengo una oferta de empleo para Navarra, actualmente vivo en Venezuela y los ofertantes van a comenzar el trámite para solicitar la visa. Tengo 3 hijos menores de edad y esposo y quiero saber si la visa de trabajo que están tramitando para mí, permite que alguno de ellos o todos puedan vivir y estudiar en Navarra legalmente o tenemos que tramitar otro visado para ellos. Solo tenemos nacionalidad venezolana. Gracias
Judith Tabares Iglesias
5 septiembre, 2019 at 7:06 pmHola: LO primero es que debes tener algún tipo tipo de preferencia para que te puedan tramitar ese permiso de trabajo, ya que aqui hay 3 millones de parados y tienen preferencia los nacionales y residentes, a no ser que seas hijo o nieto de español o que el SEPE de esa localidad requiera ese puesto no creo te lo otorguen, que nos llamen los empleadores al teléfono consulta 807505577, saludos, Judith
Zhanet
24 agosto, 2019 at 10:41 amHola Judith, soy hija de ciudadana española nacionalizada, no puedo hacerme la residencia comunitaria porque mi madre no se encuentra actualmente viviendo en españa. yo estoy en España con una estancia por estudios, aun no he terminado mi año del curso que estoy haciendo. Hay un bar que me quiere contratar, este trabajo no tiene nada que ver con mis estudios, pero mi pregunta es si tengo que obligatoriamente volver a mi pais para pedir el visado de trabajo por cuenta ajena, o si desde aqui puedo aplicar para la residencia por contrato por cuenta ajena.
Muchas gracias de Antemano
Saludos
Zhanet
Judith Tabares Iglesias
5 septiembre, 2019 at 6:15 pmHola: Deberiamos ver el certificado de nacimiento de tu madre para ver si es española de origen o por residencia, si fuese de origen podrías solicitar un arraigo familiar por ser hija de española de origen; respecto a lo que comentas de volver a tu pais, podrías gestionar una solicitud por cuenta ajena que se tramita en España y si te lo otorgan es que vuelves a tu país para obtener el visado de residencia y trabajo, todo eso deberíamos verlo en nuestro despacho, ya que al ser hija de española te da opciones, llámanos al 915482289, pide cita, te registras y ya vemos todo, abrimos también el sábado, saludos, Judith
Karol
25 septiembre, 2019 at 11:26 amHola soy peruana tengo 2 años y medio estoy en situacion irregular, pero mi jefa me quiere hacer un contrato ya y no esperar los 3 años q demoraria mas, lo q me dicen es q tengo q ir a mi pais de origen una vez salga todo favorable.. mi duda es q si regreso con la oferta laboral en el consulado me podrian negar el wisado?
Judith Tabares Iglesias
25 septiembre, 2019 at 2:00 pmHola: Ojalá pudieras hacer un contrato ahora, pero no puedes, la ley de extranjeria así lo determina, no tu jefa, por tanto, mi recomendación es que hagas el arraigo social, porque si vuelves a Perú igualmente dependes de tus jefes para que acudan a extranjería y hagan contrato, además la resolución demora meses, por tanto, ya entraríamos a los 3 años, llama al despacho, pide cita en el 915482289 y ya te explicamos todo el proceso, saludos, Judith
Mitrain Romero Gomez
2 octubre, 2019 at 4:08 pmTengo una amiga que se fue a España a vivir un tiempo con su padre y me ha pedido que le solicite un documento que diga que ella no posee ninguna propiedad en Cuba. He investigado aca y nadie me sabe decir a que documento se refieren. Me podria usted dar alguna respuesta?
Gracias
Judith Tabares Iglesias
2 octubre, 2019 at 8:40 pmHola: Soy cubana, abogada, y nunca he escuchado de un documento específico que te acredite que no tienes propiedad, debe especificarte bien y porqué se lo piden, para qué trámite, pues no hay un Registro común que exponga si alguien tiene propiedades o no, que nos llame al teléfono consultas 807505577 y lo vemos para ayudarla, saludos, Judith
Manuela Rubio Matos
5 junio, 2023 at 1:04 amBuenas noches, Como puedo saber más información para poder realizar los requisitos para ver la manera de poder alcanzar los objetivos
Judith Tabares Iglesias
5 junio, 2023 at 11:39 amHola: Debes venir al despacho o enviar al empleador o algún familiar para darle los requisitos y ver todo, que llame y pida cita en el 915482289, saludos
Maritza
7 octubre, 2019 at 8:29 amBuenos días mi pregunta es yo tengo la nacionalidad puedo traer a mi hermano con una oferta de trabajo que me quiere hacer mi jefe para el somos de Ecuador si hay alguna posibilidad para ponerme en contacto con ustedes gracias
Judith Tabares Iglesias
11 octubre, 2019 at 7:49 amHola: Los hermanos son familiares colaterales, no directos, por tanto, no le das la preferencia que requiere para no competir con los parados nacionales, así que llama despacho, pide cita al 915482289 o 915484793 y ya vemos otras opciones para que vengas, saludos, Judith
Andrea
28 junio, 2023 at 5:09 amSoy de nacionalidad Boliviana, madre soltera con un niño de 3 años, el niño no tiene padre, tengo un familiar en Barcelona que quiere hacerme un contrato de trabajo, cual sería la forma de proceder? Cuento con todos los documentos de la custodia del niño. Saludos y gracias de antemano.
Judith Tabares Iglesias
30 junio, 2023 at 10:49 amHola: Tengo que ver de que es el contrato, que nos llame tu familiar al 807505577 o ya que pìda cita en el 915482289 y le explico, lo del niño no tiene que ver con el contrato, es otro asunto, saludos
Yoannia Duran Mora
16 noviembre, 2019 at 9:48 pmBuenas, soy cubana, graduada de Enfermera Licenciada, busco trabajo en España, tendría alguna posibilidad
Judith Tabares Iglesias
17 noviembre, 2019 at 3:02 pmHola: Es imposible contestarte a esa pregunta, porque aqui a 3 millones de desempleados, pero nada es imposible, solo es una cuestión de que algún hospital o clínica te quiera contratar y puedas venir con permiso de residencia, saludos Judith
Paz
13 diciembre, 2019 at 9:28 pmHola, tengo una consulta, yo tuve un visado de estudios el cual en su momento tuve que solicitar una prorroga. durante la solicitud de prorroga, cuando aun no recibía una respuesta, me contrataron en la empresa donde trabajaba (visado cuenta ajena inicial, no cambio de estatus de estudiante porque no cumplía con los 3 años necesarios), mi abogada inicio el tramite (ingreso los papeles, acompañada con la compañía que me contrato), cuando yo aun estaba en madrid, ya que nunca me dijo que tenia que volver a mi país para iniciar este tramite, según lo que ella alega, yo no estaba en situación irregular porque mientras extranjería no respondiese mi solicitud de prorroga, yo estaba de manera regular. Mi tramite no fue exitoso y aun estoy a la espera de mi respuesta al recurso impuesto, pero hasta el momento no recibo respuesta, lo que yo quiero saber es si mi abogada actuó de la forma correcta o ha cometido un error? Cabe aclarar que para evitar problemas yo me retire de España para esperar mi visado en mi país y evitar cualquier respuesta negativa de extranjeria, y soy de nacionalidad peruana. Gracias
Judith Tabares Iglesias
14 diciembre, 2019 at 12:39 pmHola: ESo es un tema que debes verlo con tu abogada, según he visto,considero que está mal presentado y no procedía efectuar este tipo de solicitud, por tanto, no te lo van a dar tampoco en el recurso, si quieres volver a venir quizás es mejor que desde ESpaña se pueda gestionar una oferta estando tu allá, si deseas te lo gestionamos que nos llamen al 915482289, saludos Judith
Leandro Marcelo
19 diciembre, 2019 at 11:22 amBuenos días Judith, tengo una consulta: un muy amigo mío argentino, está por venir a principios del 2020 a Madrid a trabajar, con contrato de trabajo y visa en regla. Lo que él no sabe es si puede tramitar una visa de trabajo para su compañera, con la que tiene firmada una unión civil en Buenos Aires. Tal vez tú sepas…
Gracias!
Judith Tabares Iglesias
19 diciembre, 2019 at 7:17 pmHola: La autorización de residencia por cuenta ajena es individual, no se puede trasladar a otra persona, no sé por cuál régimen viene él, quizás sea como ciudadano de la unión por ser hijo de italiano pues tengo muchos así, pero todo depende de su tarjeta, pero normalmente no le beneficia a su pareja, ella debe venir con sus requisitos, lo mejor es que pidan cita en el despacho al teléfono 915482289 o llamen al teléfono consultas 807505577, saludos Judith
EDWIN JIMÉNEZ
10 febrero, 2020 at 4:54 pmBuenas tardes… tengo la siguiente inquietud, soy Colombiano y llevo un mes con mi NIE con permiso de residencia y trabajo, en los aspectos laborales del respaldo del documento indica: TEMPORAL CUENTA AJENA CAMAREROS ASALARIADOS NACIONAL. ¿Esto significa que solo puedo trabajar en esta actividad? ¿No puedo aplicar a otro tipo de empleo?
Judith Tabares Iglesias
16 febrero, 2020 at 9:55 pmHola: Normalmente jamás ponen la actividad, tendría que ver el origen de esa residencia, cómo la hiciste y dónde? Si te pone eso será que solo puedes trabajar el primer año en ese sector, por tanto, llama al teléfono consultas al 807505577 y me cuentas, saludos, Judith
TORO INCA FLORIZA
11 febrero, 2020 at 6:08 pmtengo contrato de trabajo mi esposo y yo, como puedo llevar a mis hijas menores de edad de 6 años y 7 meses
Judith Tabares Iglesias
16 febrero, 2020 at 9:30 pmHOla: NO es un tema de contrato sino de cuál residencia tienes para que puedas reagruparla, llama al despacho al 915482289 pide cita y te orientamos, saludos, Judith
karen Zegarra
7 marzo, 2020 at 12:01 amBuenas noches, soy Peruana y me han concedido un permiso de residencia inicial NO LUCRATIVO por circunstancias excepcionales (enfermedad sobrevenida – Cáncer) el cual vence en Junio de 2020, necesito trabajar, pero donde busco trabajo me dicen que sin papeles no puedo trabajar; deseo saber que puedo hacer para obtener un permiso de residencia y trabajo??; es necesario un contrato?? ó que otras opciones tengo??? porque la verdad que no conozco a nadie que quiera hacer un contrato por miedo a lo que conlleve;…..leí en un post que por los convenios suscritos entre Perú y España no es necesario tener el permiso de trabajo para poder trabajar aquí o es que es mas fácil tramitarlo???…agradecería me pudiesen ayudar….Gracias
Judith Tabares Iglesias
9 marzo, 2020 at 11:32 amHola: Efectivamente, para poder trabajar necesitas obligatoriamente un Contrato de trabajo y hacer la modificación, ya que lo que has solicitado es precisamente una residencia por enfermedad sin trabajo, por tanto, si quieres trabajar es otro tipo de residencia, llama al despacho al teléfono consultas 807505577 o pide cita en el 915482289, saludos Judith
Rudy
22 marzo, 2020 at 3:52 amHola Judith, mi nombre es Rudy y soy peruano tengo mi hermano nacionalizado español hace muchos años y el trabaja para una empresa de tele comunicaciones en España junto con su esposa, mi hermano tiene la intención de emprender un negocio (autónomo) pero sin dejar su trabajo actual.
Justamente quiere emprender el negocio para yo poder ir a trabajar en este negocio.
Que me sugieres o me recomiendas? seguir con este plan de iniciar el negocio con mi hermano, para yo conseguir el trabajo en cuanto llegue a España y luego de 2 años conseguir la visa de trabajo y residencia por ARRAIGO LABORAL.
Agradeceré tu respuesta y orientación a lo que planeamos hacer.
Saludos, gracias.
Judith Tabares Iglesias
24 marzo, 2020 at 7:06 pmHola: El arraigo laboral es para aquellos trabajadores que estén indocumentados en España, se demuestras que han tenido una relación laboral por 6 meses dentro de los dos años y que han sido objeto de Inspección de trabajo o de despido improcedente por el cual se ha reconocido su relación fraudulenta con la empresa en la cual trabajaban sin documentación, o sea, no tiene nada que ver con lo que planteas y no es la vía correcta para poder regularizarte.
Así que la mejor vía es que tu hermano me llame al teléfono consultas 807505577 y que vengas desde tu país ya con un visado de trabajo y residencia a través de un Contrato y nunca venir como turista, porque no podrás regularizar tu situación si entrases de esa manera, vale, que nos llame y le explico, saludos, Judith
Sil
12 mayo, 2020 at 5:43 amHola que sucede en el caso de un artista por ejemplo quiero contratar a un tatuador por su talento
Judith Tabares Iglesias
14 mayo, 2020 at 2:03 pmHola: Ese tatuados es extranjero indocumentado? está en España? de qué país es? Son muchas las interrogantes que primero debemos saber para poder contestarte con objetividad.
Por tanto, llama al teléfono Consultas: 807505577 o pide cita en el 915482289 y te consultamos, saludos, Judith
Steven Pichardo Ordoñez
20 mayo, 2020 at 6:47 pmHola una pregunta.
Estoy residiendo en españa con residencia de estudiante porque vine a hacer un master aca en madrid, el caso es que una empresa me quiere contratar, con ese contrato yo puedo pedir una renovacion de residencia? ya que la residencia de estudios se me caduca a finales de julio de este año.
Judith Tabares Iglesias
21 mayo, 2020 at 10:08 amHola: Estas un poco liada porque tu permiso es de estudios, no puedes trabajar solo media jornada y con autorización, máxime que se te vence en julio, lo primero es que quieras renovar a otro permiso de estudiante, o ya ver tema búsqueda de empleo u otra opción, llámanos al teléfono consultas 807505577 o al 915482289 y ya te registras, un saludos, Judith
Pedro Suárez
1 junio, 2020 at 3:03 pmHola,
Soy cubano, vivo en Cuba y quiero solicitar el permiso de residencia no lucrativa para mí y mi familia (esposa e hijo de 5 años). Tengo los medios económicos (400% del IPREM y 100% del IPREM por cada familiar). El problema es que el Consulado de La Habana hace a veces lo que quieren y dan respuestas negativas sin motivo. Quisiera saber si ustedes tienen experiencia con este tipo de solicitud o saben de otros casos que han obtenido este tipo de residencia en el Consulado de La Habana.
Yo soy profesional, graduado en computación, y tengo posibilidades de hacer una maestría en España, pero prefiero tener la residencia no lucrativa.
Gracias. Pedro
Judith Tabares Iglesias
3 junio, 2020 at 3:46 pmHola: Si tenemos algunas concedidas del consulado español en La Habana, para que te lo aprueben debes demostrar una cuenta bancaria con mucho dinero, es el centro del tema, no lo justo, sino, que sea mucho el monto, vale, y aparte lo demás, si quieres que te de requisitos, te los puedo dar, pero necesito que alguien pague la consulta, son 80€ iva incluido, que nos llame al despacho al 915482289 o escríbeme a mi correo:judithtabaresi@gmail.com saludos, Judith
Aldana
5 julio, 2020 at 11:49 pmHola tengo una pregunta la preferencia de Perú y Chile hasta que año es? Así mismo es posible que un residente legal en España contrate a dos peruanos? Soy peruana y el tío de mi novio vive en España y nos está ofreciendo a ambos un contrato para trabajar en su hogar, él ejerce su trabajo como doctor por lo cual cuenta con los ingresos suficientes para poder pagarnos , la cuestión es que ambos por ahora no queremos aceptar el trabajo ya que queremos terminar nuestras carreras en nuestro país las cuales estarían culminando en el 2023. Muchas gracias de antemano.
Judith Tabares Iglesias
6 julio, 2020 at 8:38 amHola: Estás bastante liada, el convenio no prescribe, no hay plazos, pero son para loq ue vienen de esos países y veo que estás aqui, por lo tanto, ven despacho urgente, llama al 915482289 y pide cita, abirmos de lunes a sábado, saludos, Judith
Elizabeth
7 agosto, 2020 at 5:39 pmHola buenas tardes, mi consulta es la siguiente mi hijo mayor de edad vive en Chile y quiere venir a España. Estoy casada con un español y 2 hijos en comun y tengo la nacionalidad española. Mi marido tiene una empresa familiar (explotación ganadera) nunca a tenido empleados, ya que es una sociedad.
Mi consulta es ¿ pude mi marido hacerle un contrato de trabajo a mi hijo como persona de confianza?. Y si despues mi hijo puede optar a la recidencia.
Judith Tabares Iglesias
7 agosto, 2020 at 5:53 pmHola. Al ser tu hijo de Chile no compite con el paro nacional y podría venir con contrato trabajo ya con residencia o según sea la edad puedes reagrupar lo y hacerle la tarjeta comunitaria, lo mejor es que pidas cita Despacho en el 915482289 o llama al teléfono consultas 807505577, saludos
Andrea Saenz Peña
13 agosto, 2020 at 12:05 pmBuenos días,
Soy peruana y estudiante de master en España, cuento con una aprobación de autorización de residencia y trabajo en España con fecha de Resolución 9 de junio 2020, sé que el procedimiento normal es que haga el trámite de la visa en la embajada de mi país (PERU), para luego volver con permiso de residencia, sin embargo, dada las circunstancias por el COVID, aun no puedo viajar pues PERU tiene las fronteras cerradas como medida de emergencia incluso hasta fin de año.
Quisiera saber que opciones o medidas están tomando frente a estos casos o que me sugieren que pueda hacer, pues entiendo que el proceso luego de tener la resolución aprobada es del plazo de 1 mes para hacer el trámite en la embajada, sin embargo, hasta la fecha no puedo irme y tomando en cuenta que los vuelos de repatriados de mi país solo están siendo para personas que vivirán permanentemente en PERU (lo cual no será mi caso) es que me pongo en contacto con ustedes para una pronta información y ayuda, pues ya no sé a quién más podría recurrir.
Agradezco desde ya su atención,
Saludos,
Andrea Saenz
Judith Tabares Iglesias
13 agosto, 2020 at 1:54 pmHola, el problema radica en que se supone estés en tu país, no en España, por tanto, esperemos que no te pases del tiempo de estancia desde el vencimiento nie estudiante, a no ser que lo hayas tramitado como Busqueda de empleo que no tienes que ir a tu país, por tanto, lo mejor es que pidas cita en el 915482289 o llames teléfono consultas 807505577, saludos
Joselyn
26 agosto, 2020 at 12:14 amTengo la tarjeta comunitaria, había solicitado la tarjeta d trabajador por cta ajena, peor me lo han denegado por impago de tasas, en noviembre cumplo 2 años acá y quiero pedir la nacionalidad, no habría ningún problema sigo teniendo la tarjeta de familiar de la UE, es decir no estoy ennirefular por el hecho de que hayan denegado la otra tarjeta, he pensado no interponer recurso y esperar a cumplir 2 años para solicitar nacionalidad, el miedo es que haya afecta mi permiso de residencia de comunitario, y por eso no pueda solicitar la nacionalidad o seguir trabajando de forma legal en España, espero pueda ayudarme con esa duda gracias.
Gracias por todo.
Judith Tabares Iglesias
26 agosto, 2020 at 5:00 pmHola: Lo que planteas es muy confuso, pues si te han denegado la Tarjeta y no has recurrido, estás indocumentado, y si es así no puedes solicitar la nacionalidad.
Por tanto, URGE vengas al despacho a ver tu situación legal en España, llama al 915482289, pide cita, porque lo fundamental para gestionar la nacionalidad es estar legal, saludos, Judith
Flavia Demko
10 noviembre, 2020 at 5:55 pmHola Dra, Somos de argentina, en mi grupo familiar somos tres, mi marido, mi hijo de 4 años y yo. Mi marido y yo trabajamos en forma remota, queria saber si era posible sacar una visa de trabajo por cuenta propia y poder migrar con la familia a españa con esta visa, o no es posible llevar a la familia con esta visa?
gracias.
Judith Tabares Iglesias
11 noviembre, 2020 at 9:58 amHola: Para una residencia no lucrativa deben demostrar que tienen ingresos de más de 25 mil euros anual y por lo menos 2 mil por cada uno, se solicita consulado español en tu país, mira allí, saludos, Judith
Megam Quiroz
18 noviembre, 2020 at 2:39 amHola Doctora, quisiera consultar si usted conoce cuanto tiempo tarda extranjería en tramitar un visado de trabajo por cuenta ajena para un ciudadano chileno. Le pregunto ya que he encontrado diversos tiempos de demora.
Saludos
Judith Tabares Iglesias
18 noviembre, 2020 at 12:27 pmHola: Por lo que dices ya has presentado en Silva esa contratación en origen? Imagino lo hayas hecho con abogado???? En mi despacho tarda unos dos meses o tres, todo depende, llama al 807505577 y lo vemos, saludos, Judith
Francisco
21 enero, 2021 at 10:04 pmHola, buenas tardes !! Ya tengo el contrato firmado con mi empleador. Ahora mi empleador presentó toda la documentación para gestionar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Una vez obtenida esta autorización, ¿Cómo hago para viajar en simultáneo con mi familia (Esposa e hijos de 5 y 9 años) ?. Que tipo de VISA debo gestionar para ellos ?. Muchas gracias.
Judith Tabares Iglesias
22 enero, 2021 at 9:28 amHola: La autorización de residencia o visado solo abarca a la persona autorizada, no al resto, por tanto, debes consultar sobre el tema, llamanos al 915482289 o escríbenos a: abogados@judithtabares.com, saludos
angelica zamudio carranza
28 enero, 2021 at 10:26 pmBuenas noches Judith, por favor si pudieras orientarme, te lo agradecería muchísimo. Mi hija de 24 años, nacionalidad peruana y residente legal en chile, madre de dos niñas de 1 y 5 años, es posible que venga con un contrato de trabajo como empleada de hogar? o empleada de confianza?. Gracias desde ya y quedo atenta a tus comentarios.
Judith Tabares Iglesias
29 enero, 2021 at 10:12 amHola: Si es posible porque hay convenio con Perú. Habría que ver los requisitos del contrato y demás gestiones que se hacen por Vía telemática con nosotros como abogados, así que pide cita en el 915482289 y ya vemos todo, saludos Judith
fernando cruz
27 marzo, 2021 at 9:59 pmbuenas noches!! tengo una duda… mi abuela era española pero falleció, yo tengo manera de conseguir todos los papeles de ella y de mi padre (su hijo), que es uruguayo pero también falleció.. con eso me alcanza para que alguien en España me quiera contratar y me vaya a trabajar allá? tengo un primo que vive allá hace años, es español, eso me puede beneficiar en algo?
muchas gracias por el tiempo de leerme!
Judith Tabares Iglesias
28 marzo, 2021 at 3:22 pmHola: Si podrías venir con un Contrato que puede ser como empleada de hogar o empresa siempre que sean solvente y no tengan deudas, que nos llame tu primo y pida cita en l 915482289 o al teléfono consultas 807505577, el trámite se efectúa en España con el empleador, saludos, Judith
Mariel
4 abril, 2021 at 10:10 pmHola doctora, quería saber si podía cómo autónomo poner un contrato de trabajo para mi hermano en Cuba.
Judith Tabares Iglesias
5 abril, 2021 at 8:07 pmHola: Para traer un trabajador de cualquier país extracomunitario debe tener algún tipo de preferencia que no compita con los 4 millones de parados en España, o sea, ser hijo no nieto de español de origen, etc.
Por tanto, no es el tema del contrato , sino que pueda ser contratado, así que debemos ver bien el tema y orientarte, llama y pide cita en el 915482289 o al teléfono consultas 807505577, saludos
Nicolás
8 abril, 2021 at 4:31 amBuenas, se que el articulo ya tiene algunos años, pero quería saber si el convenio bilateral para ciudadanos chilenos aun esta vigente y si es así ¿Cuál seria el articulo?
Judith Tabares Iglesias
8 abril, 2021 at 6:26 amHola: Sigue el convenio vigente, artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000, si tienes dudas pide cita en el 915482289 y te damos requisitos, saludos
Ariel Carbajal
10 abril, 2021 at 3:05 pmBuenas tardes,
Un cordial saludo.
Agradezco me puedan ayudar con mi caso. Yo soy Marino de nacionalidad Hondureña y he entrado a España ya dos veces bajo un contrato legal que oscila entre 7 y 9 meses. Quisiera saber si hay alguna posibilidad de optar a una residencia en España o algún documento que me permita empezar el tramite para optar a una nacionalidad en un futuro, ya que mis planes son trabajar unos cuantos contratos más y luego venirme a España a trabajar y a estudiar. Actualmente estoy empadronado, pero quiero ir empezando algún trámite que me permita estar legal en España para optar a un trabajo.
Agradezco me dejen alguna información respecto a mi caso o algún contacto donde pueda comunicarme con ustedes
Gracias de antemano por su pronta respuesta.
Saludos.
Judith Tabares Iglesias
11 abril, 2021 at 3:04 pmHola: Para poder trabajar legalmente en España de manera permanente debes tener preferencia para no competir con el paro nacional. Por tanto, lo mejor es ver cuál contrato tienes ahora y opciones.
Llama y pide cita en el 915482289, saludos
Loreannyoreanny Angelith
9 mayo, 2021 at 8:29 amHola, tengo una duda, mi jefe le ofrecio trabajo a mi esposo y el se encuentra en Venezuela, yo soy tengo residencia en julio cumplo 1 año con esta residencia. Mi pregunta es podría venir con el precontrato de mi jefe?. En calidad de personal de confianza?
Judith Tabares Iglesias
9 mayo, 2021 at 10:29 amHola: Se puede gestionar la cuenta ajena de tu esposo cuando estés renovando o cuando ya hayas renovado, para eso lo mejor es que pidas cita en el despacho en el 915482289 porque hace falta determinada documentación para gestionar el asunto desde España, el trámite se hace directamente aqui y necesitamos varia documentación, saludos, Judith
Mariana
25 abril, 2021 at 4:48 pmHola,
Mi empleador dijo que me iba a tramitar el permiso de trabajo para mudarme a España En teoría el 1ero de Junio. Actualmente vivo en Estocolmo. Mi pregunta es, puedo ir de vacaciones a España en lo que se tramita mi visa?
Judith Tabares Iglesias
28 abril, 2021 at 11:10 amHola: Puedes venir pero es mejor que antes de entrar fotocopies tu pasaporte entero para que no salga el sello de entrada a España por si te lo sellan, y nos llames al despacho para consultarte los requisitos del cuenta ajena, llama al 915482289, saludos
Silvia
3 junio, 2021 at 12:44 pmBuenas tardes Judith.
Soy española y vivo en Madrid. Casada con mi marido, tiene doble nacionalidad, dominicano y francés ( sus padres eran franceses). El caso es que nos gustaría que su «nana» viniera a mi casa como empleada del hogar y viniera a vivir con nosotros. Es posible? Tenemos empresa.
Gracias de antemano
Silvia
Judith Tabares Iglesias
4 junio, 2021 at 9:09 amHola: Lo mejor es que vengas despacho para ver asunto llama al 915482289 y pide cita o al teléfono 807505577 y te consultamos saludos, Judith
Dayni
23 junio, 2021 at 5:46 pmHola buenas tardes Judith.
Soy cubana quisiera saber con visado de residencia y trabajo por cuenta propia si es posible incluir a la familia esposa e hija en el proceso para la obtención de la visa y que la familia pueda viajar unificada.
Judith Tabares Iglesias
23 junio, 2021 at 6:58 pmHola: Para obtener ese visado en el consulado debes presentar un Proyecto de viabilidad de la empresa que quieres montar, así como ingresos bastantes considerables y demás requisitos. Es bien dificil que otorguen ese visado, pero si tienes suficientes medios económicos, tus familiares directos pueden solicitar un visado de residencia no lucrativa, es complejo lo que pretendes efectuar, lo mejor es que alguien de tu entorno nos llame y pida cita en el 915482289, saludos, Judith
Jacobo Martínez
1 julio, 2021 at 2:15 pmHola Judith, feliz día:
Mi consulta es la siguiente.
Resido en El Salvador, me han otorgado permiso de residencia y de trabajo por cuenta ajena a mi esposa y a mí .
¿Puedo viajar con mis hijos de 8 y 18 años de una vez? sin esperar la reagrupación familiar.
¿No tendré problemas al ingreso en el aeropuerto de España?
Gracias
Judith Tabares Iglesias
1 julio, 2021 at 8:10 pmHola: Tus hijos no entran como núcleo residente, ellos van aparte, podrían venir como turista y si están en España 2 años pueden sacar su residencia por ustedes, pero no tendrían documentación durante todos esos años,, vale, por tanto, deben ver si vienen así o lo reagrupan cuando renueven la primera tarjeta, nos llaman al 915482289 y se lo gestionamos todo, saludos
Jacobo Martínez
2 julio, 2021 at 8:34 pmGracias, por supuesto que así haremos, ellos como turistas y nosotros como residentes.
Ya llevo el contacto para España para solicitar sus servicios.
Saludos
Araceli Ramírez
13 julio, 2021 at 4:30 pmHola mi consulta es la siguiente, mi marido y yo tenemos un bar-cafetería .nos gustaría traernos al sobrino de mi marido de dominicana con una visa de trabajo.
Nosotros necesitamos para que se quede como persona de confianza en el local para poder estar con nuestra hija que tiene autismo .
¿Habría alguna manera de poder conseguirle la visa?
Un saludo
Judith Tabares Iglesias
16 julio, 2021 at 9:08 amHola: Solo pueden venir sin tener en cuenta el paro nacional los que tienen preferencia del artículo 40 ley extranjería, hijos o nietos español, casados residentes, etc, por tanto, llama al 915482289 y vemos el tema, saludos
Mavel García Pérez
17 octubre, 2021 at 8:53 pmHola soy hija y nieta de ciudadanos españoles quiero saber cómo puedo hacer para irme a vivir para España necesito un trabajo donde pueda hospedarme algo así como empleada del hogar pero también necesito saber si el empleador ayuda a costear el viaje y luego descuenta px soy cubana y por este motivo demás está decir que no tenemos capital para costear un viaje al extranjero sólo que tengo fuerzas para trabajar y salir adelante pero en mi país me es imposible. Saludos
Judith Tabares Iglesias
18 octubre, 2021 at 8:53 amHola: El hecho de ser cubana o de cualquier parte del mundo que también hay problemas y necesidades, no significa que el empleador o nadie deba simplificar un contrato o asumir gastos, lo digo para que seas consciente que no existe una ley para cubanos, o otro para marruecos o Honduras, etc., debes tramitar tu la búsqueda del contrato y el empleador tiene la obligación de contratarte nada más, pagarte tu sueldo, si quieres le digamos requisitos al empleador debe pedir cita en el 915482289, saludos
Joel Perez
16 julio, 2021 at 7:29 pmBuenas Tardes,
Mi consulta es la siguiente: Soy Medico y ademas poseo otros negocios, deseo traerme una sobrina de Rep. Dominicana para que trabaje en uno de los negocios que tengo, ella tiene preferencia para emigrar dado que su madre es nacionalizada española, la duda es puedo yo darle un contrato de trabajo a una sobrina ?
Gracias por responder.
Saludos
Judith Tabares Iglesias
24 julio, 2021 at 9:15 pmHola: Si la trabajadora, o tu sobrina, es hija de española si puede venir porque tiene preferencia, pero debo darte requisitos, llama al despacho y pide cita en el 915482289, saludos
Katia Huaman
4 agosto, 2021 at 7:16 amHola Buenos días,
Quiero traer a mi hermana (Peruana) a que me ayude en casa y con la niña. Si viene con un permiso de empleada domestica, después de un tiempo ella puede trabajar en su carrera en España? Ella es informática. Le vale el mismo permiso de trabajo?
Muchas gracias!
Katia
Judith Tabares Iglesias
12 septiembre, 2021 at 10:50 amHOla: Para ver bien los requisitos de tu consulta debe llamarnos y pedir cita al 915482289 o consulta en el 807505577, saludos
Jesús
22 agosto, 2021 at 10:25 pmHola,
Yo soy venezolano pero soy residente en Chile.
Me han ofrecido un contrato de trabajo, para trabajar en un restaurante. Es viable mi caso?
Un saludo,
Judith Tabares Iglesias
12 septiembre, 2021 at 10:44 amHOla: LLámanos y pide cita al 915482289 o consulta en el 807505577, saludos
SCARO
23 agosto, 2021 at 5:25 pmBUENAS TENGO UNA PREGUNTA, SOY COMUNITARIA DE ESPAÑA POR 10 AÑOS Y ESTOY CASADA CON UN ESPAÑOL, TENEMOS DOS HIJOS Y UNO TIENE DISCAPACIDAD Y QUEREMOS TRAER UN FAMILIAR EXTRANJERO PARA QUE NOS AYUDE CON NUESTROS HIJOS, ESPECIALMENTE EL QUE REQUIEER MAS ATENCION. QUEREMOS HACER UN CONTRATO DE EMPELADA DE HOGAR QUE CONVIVA EN NUESTRA CASA. NUESRO HIJO CON DISCAPACIDAD NECESITA TIRMPO COMLETO EN CUIDADOS Y AQUI LAS AYUDAS QUE NOS OFRECEN SON PARCIALES, POR QUE MUCHAS ENTIDADES SON PRIVADAS Y SU COSTE ES DEMASIADO ALTO. YO ESTOY SOLA CON MI ESPOSO Y LOS NIÑOS CON DISCAPACIDAD SON MUY VULNERABLES Y SE REQUIERE NO SOLO DE SER PROFESIONAL SINO ALGUIEN DE CONFIANZA. SE NCESITA DEMASIADA PASCIENCIA Y DEDICACION. POR MOTIVOS PERSONALES TENGO MAS CONFIANZA PARIENTES CERCANOS. Y POR ESO QUEREMOS SABER SI POR DISCAPCIDAD DE UNO DE LOS PEQUES PODAMOS HACER ARRIGO LABORAL. GRACIAS
Judith Tabares Iglesias
12 septiembre, 2021 at 10:44 amHOla: LLámanos y pide cita al 915482289 o consulta en el 807505577, saludos
Juanita
24 agosto, 2021 at 4:57 pmBuenas Tardes,
Soy Chilena hija de ciudadana española de origen, mi madre vive actualmente en Chile al igual que yo, pero mi intención es emigrar a España con una visa de residencia y trabajo postulando a través del articulo 40 LO 4/2000 pero al revisar los requisitos se indica que debo presentar certificado de nacimiento de mi madre en España, pero como les comente ella obtuvo la la nacionalidad por la Ley de Memoria histórica, por lo cual no tiene dicho documento. Es factible presentar solo el pasaporte?
El empleador debe realizar una oferta de trabajo o directamente un contrato ?
Judith Tabares Iglesias
12 septiembre, 2021 at 10:43 amHola: PAra acreditar que tu madre es española debe tener obligatoriamente la certificación de nacimiento que le dio el consulado español, si tienes una copia te sacamos una actualizada aqui en el registro central, escríbenos al correo : abogados@judithtabares.com, saludos
Lurdis Belen Pérez Mendoza
9 octubre, 2021 at 1:38 amMi nombre es lurdis Belen
Gracias por la información m como puedo traer a mi hija y ami nieta de Perú tengo residencia por favor ayúdenme yo trabajo muchas gracias
Judith Tabares Iglesias
11 octubre, 2021 at 11:59 amHola: A tu hija la puedes traer con un Contrato de trabajo, trámite que se efectúa con nosotros en el despacho y a tu nieta si ya es más dificil, sería con carta de invitación, llama y pide cita en el 915482289 o al teléfono consultas 807505577, saludos
Lurdis Belen Pérez Mendoza
9 octubre, 2021 at 1:40 amGracias por la ayuda es muy importante este tipo de orientación q Dan muchas gracias
Judith Tabares Iglesias
9 octubre, 2021 at 8:07 amGracias, saludos
Johana mendoza vera
14 octubre, 2021 at 10:28 pmHola .
Mi marido y yo queremos traer a mi hermano es de Ecuador mediante un contrato de trabajo?seria posible?
Judith Tabares Iglesias
18 octubre, 2021 at 8:57 amHola: Debes pedir cita en el 915482289 para ver circunstancias, saludos
marina garcia
24 noviembre, 2021 at 3:15 pmEs posible elegir a quien quieres traer a trabajar a tu propia empresa? Por ejemplo, amistades que no tiene familia ni ningun vínculo con españa?
Judith Tabares Iglesias
25 noviembre, 2021 at 10:04 amHola: La verdad no entiendo que me quieres preguntar??? Llama al 807505577 y me explicas, saludos
Wuilmen Martínez
17 diciembre, 2021 at 11:30 pmHola. Tengo oferta laboral en España, de hecho ya me están tramitando la visa de trabajo y residencia por parte de la empresa; una vez ya halla gestionado eso, que otros documentos necesito y cuáles son los lapsos de tiempo para poder i gresar a España. La otra duda sería, una vez llegue allá a Tudela, ya que es la ciudad donde voy a trabajar, que otro documento necesito sacar allá y que tiempo tarda para empezar a trabajar. Gracias
Judith Tabares Iglesias
19 diciembre, 2021 at 7:51 pmHola: Todo lo que preguntas es competencia de la empresa que te va a contratar!!!
Si tienen dudas que nos llamen al 807505577 y ya vemos el tema, no tengo los datos para darte una respuesta, saludos
Lola
4 enero, 2022 at 8:29 amHola, puedo contratar a mi pareja de hecho extranjero, que reside en Marruecos para venir a trabajar como empleado de hogar para atender a mi hijo como personal de confianza?. Gracias. Un saludo.
Judith Tabares Iglesias
4 enero, 2022 at 8:29 pmHola: Para que venga un extranjero extracomunitario debe competir con el paro nacional, no sé si es tu pareja legal, lo mejor es que me llames al teléfono consultas 807505577 o pidas cita en el 915482289 y vemos el caso, saludos
RENE VERA
12 febrero, 2022 at 2:10 amHOLA MI MAMA ES CIUDADANA NACIONALIZADA ESPAÑOLA Y ME HA CONSEGUIDO UN CONTRATO DE TRABAJO HAY ALGUNA POSIBILIDAD O ALGUNA LEY QUE ME PERMITA LLEVAR A MIS HIJOS MENORES DE EDAD.
Judith Tabares Iglesias
12 febrero, 2022 at 2:53 pmHola: Cuando cumplas un año de residencia y hayas renovado podrías reagrupar a tus hijos perfectamente. Si eres unos de los países que no requiere visado para entrar, puedes entrar a los menores con una carta de invitación y ya estando aqui a los dos años de permanencia en España de los menores ya podrías efectuar su solicitud de autorización de residencia, pero lo mejor es que nos llames y pidas cita en el 915482289, saludos
Vanessa
21 febrero, 2022 at 9:51 pm¡Hola Judith! Espero por favor puedas guiarme. Soy de Bolivia y tengo tarjeta de residencia desde julio de 2020 por mi mamá que me hizo la reagrupación familiar, porque ella obtuvo la nacionalidad española, al igual que mi papá que también vive aquí. Pero estuve fuera de España por casi 1 año por motivos de estudios y me dijeron que al momento de renovar mi tarjeta debo justificar esa ausencia.
Y la pregunta sería, ¿puedo reagrupar a mi prometido? O ¿podría venir con un contrato de trabajo? Además, ¿podemos casarnos aquí en España?
Muchas gracias por leer mi caso.
Judith Tabares Iglesias
23 febrero, 2022 at 10:03 amHola: No puede estar fuera de España más de 6 meses!!! Por tanto, efectivamente, a la hora de renovar le pueden requerir la justificación, así que lo mejor es que nos llame al 915482289 y ya le gestionamos nosotros la renovación, saludos
Maritza paredes
16 marzo, 2022 at 6:39 amHola judith!
Una consulta lo que pasa esq me van a mandar una carta de trabajo pero quiero saber como puedo hacer para llevar a mi hijo conmigo soy madre soltera
Judith Tabares Iglesias
18 marzo, 2022 at 11:32 amHola: No me explicas bien, que te van a enviar una carta de trabajo? pero qué trámite quieres hacer, llama y pide cita en el 915482289 o al teléfono consultas 807505577, saludos
Jose Luis
18 marzo, 2022 at 12:33 ambuenas Noches Judith me sirvió de mucho el articulo que publicaste y muchas gracias por ello:
no se si pudieras guiarme un poco por favor: yo tengo 23 años y soy de Bolivia ¿ Podría entrar a España con un Contrato de Trabajo en este 2022? entiendo que peruanos y chilenos tienen preferencia aunque no tengan un familiar español.. pero en este caso mi madre tiene la Nacionalidad Española y trabaja intentamos por reagrupación Familiar pero no teníamos como demostrar la dependencia económica por parte de mi madre ya que los giros que envía no llegan mínimo que requiere el tramite, entonces queremos ver esta opción por contrato de trabajo, ejemplo como empleado de hogar que no se encuentra en la lista de trabajos de difícil cobertura.. seria viable esa opción..??
muchas gracias y saludos cordiales ….!!!
Judith Tabares Iglesias
18 marzo, 2022 at 11:31 amHola: Efectivamente, si eres hija de español/a tienes preferencia, por tanto, puedes venir con un Contrato de trabajo, siempre que reúnas los requisitos del empleador y todo, que nos llame tu madre al 915482289 y pida cita, saludos
Ainoa Romero
8 abril, 2022 at 3:21 pmBuenas tardes, si soy autónoma, con nacionalidad española… ¿Podría contratar a un primo con nacionalidad Argentina, para cubrir un puesto de trabajo en catalunya?
Judith Tabares Iglesias
9 abril, 2022 at 8:26 amHola: Depende de la situación del SEPE en catalunya y del puesto a cubrir? DEbes hacer una oferta al SEPE y si no hay nadie, entonces podrías solicitar una oferta de trabajo, saludos
Leo
6 mayo, 2022 at 12:33 pmHola Judith,
En el caso de tener un Permiso de Residencia y Trabajo inicial por un año (Visa Personal Altamente Cualificado). ¿Qué pasa en caso de extinción del contrato laboral antes de finalizar el año? Ya sea por Renuncia o Despido.
¿Se puede renunciar y cambiar de empleador? O en caso de que te despidan, ¿se mantiene la estadía legal y se puede buscar trabajo desde territorio español?
Gracias
Judith Tabares Iglesias
8 mayo, 2022 at 7:51 pmHola. Si renuncias no tienes derecho a indemnización, y si no llegas al año tampoco podrás poder seguir residiendo en España y además no podrás renovar, por tanto, lo mejor es que cumplas el año y sigas en ese puesto, si tienes dudas llama al despacho al 915482289 o al teléfono de consultas 807505577, saludos
Alondra
20 mayo, 2022 at 3:36 amHola Judith,quisiera ver la posibilidad de que me guíes un poco porfavor, yo soy de Chile tengo 20 años y me gustaría irme a España a trabajar y la verdad es que no se por donde empezar…
Si pudieras ayudarme un poco te lo agradecería mucho. Saludos
Judith Tabares Iglesias
1 junio, 2022 at 11:28 amHola: Tendrías que conseguir un Contrato en España, algún empleador que no tenga deudas que te quiera contratar por ser de Chile se hace el proceso y ya vienes con una residencia, vale, saludos
Rolando
30 mayo, 2022 at 1:29 pmHola buenas tardes me llamo Rolando y soy de bolivia quería consultar si es posible traer a mi hermano cómo puedo hacer y si es viable y me aconseje espero su respuesta q tenga un buen día
Judith Tabares Iglesias
1 junio, 2022 at 11:20 amHola: Debemos ver opciones, si quieres con contrato o de estudio, etc, depende muchas cosas, lo mejor es que pidas cita en el 915482289 o ya al teléfono consultas 807505577, saludos
Steven
17 julio, 2022 at 2:35 pmHola estoy en Colombia y me van hacer un contrato de trabajo en españa para trabajar construcion será que si puedo entrar a españa sin ningún problema
Judith Tabares Iglesias
29 julio, 2022 at 9:04 pmHola, solo se podría hacer en determinadas circunstancias, hay que ver el Catálogo del sepe y condiciones empresa, así como las tuya, si tienes familiares directos aquí, etc, por tanto, que nos llame el empleador al 915482289 pide cita y vemos todo, saludos
Francisco
4 agosto, 2022 at 9:21 amTengo contrato de trabajo en España, soy de Perú, toda la documentación ok. Realizo procedimiento para solicitar usuario y contraseña para pedir cita en le embajada España en Lima, pasan los 10 días hábiles para contestación y no recibo respuesta alguna. Cuando envio email no recibo mensaje de acuse de recibo. Vuelvo a enviar email y tampoco recibo acuse de recibo. Sabe si hay algún problema? Gracias
Judith Tabares Iglesias
15 agosto, 2022 at 7:29 pmHola, eso ya es un tema interno del consulado de España en Lima que debes ver con algún abogado allí como lo solucionan, ok, desde España no se puede hacer nada, saludos
Elizabeth Anchundia
28 diciembre, 2022 at 10:34 pmBuenas tardes soy Ecuador quisiera saber como puedo hacer para ir a trabajar en España tengo mi cuñada que vive allá desde el 2016 cuales serian los pasos a seguir quisiera irme con mis hijos y mi esposo.
usted me puede ayudar por favor.
gracias
Judith Tabares Iglesias
1 enero, 2023 at 5:11 pmHola, que nos llame tu cuñada al despacho en el.915482289 o al teléfono consultas 807505577 y ya le consultamos opciones, saludos
Juan
11 enero, 2023 at 1:47 pmHola Judith, te hago una consulta, tengo ya tramitado el Visado PAC (Personal Altamente Cualificado) desde Octubre 2022 en conjunto con mi familia pero por temas personales no he podido transladarme a España.
Estoy viajando con mi familia a fin de este mes (Enero 2023) y me acaban de hacer una oferta de otra empresa (mucho mayor), mi pregunta es como debería proceder? Podría viajar igual con el Visado actual y luego la nueva empresa debería gestionar un nuevo Visado estando en España? O es recomendable hacerlo previo a viajar? Los pasaportes están ya sellados con el Visado PAC.
Gracias!
Judith Tabares Iglesias
13 enero, 2023 at 10:49 amHola: No puedes cambiar así de repente, porque te han otorgado ese visado y esa residencia porque la empresa reúne los requisitos exigidos, por tanto, puede que te encuentres con varios problemas, llama al 915482289 y vemos el asunto, saludos
Juan
13 enero, 2023 at 5:31 pmHola, por las dudas si no se entendió la nueva oferta también me tramita el PAC, lo que no me queda claro es como manejarme una vez llegado a España, que es lo que deberia hacer.
Hay otro medio de contacto que no sea por teléfono?
Gracias
Carolina P
17 marzo, 2023 at 7:04 amBuenas tardes
Soy de Ecuador. Mi padre es nacionalizado español hace 10 años. Tengo preferencia cuando el empleador solicte la autorización de residencia y trabajo?
Judith Tabares Iglesias
17 marzo, 2023 at 9:59 amHola: Efectivamente, que nos llame tu padre al 915482289 y te puede hacer un contrato, lo gestionamos aqui en el despacho, saludos
Luis Rondon
17 marzo, 2023 at 10:33 amHola Doctora! Mi situacion es la siguiente: estoy casado con una ciudadana francesa, cuales serian mis opciones o pasos para residir legalmente en España? Actualmente estamos en Argentina.
Judith Tabares Iglesias
24 marzo, 2023 at 1:56 pmHola, llama y pide cita en el 915482289 o al teléfono consultas 807505577 y así te consultamos, saludos Judith
Alex V
17 marzo, 2023 at 12:04 pmHola!
Si logro obtener un contrato de trabajo, puedo llevar a mi cónyuge conmigo?
Judith Tabares Iglesias
24 marzo, 2023 at 1:55 pmHola: No es así, tu conyuge es como tu, hay que hacerle un trámite independiente, cuando llegues España nos llamas al 915482289 y vemos el tema, saludos
Julia Lebreton Trujillo
17 abril, 2023 at 7:13 amBuenos días,
Quisiera saber si yo (con doble nacionalidad; española y ecuatoriana y residente en España desde hace 15 años, con contrato laboral en la Administración Pública) ¿puedo hacer una oferta y contrato de trabajo (de cuidado de persona mayor o cuidado de menores por ejemplo…) para mi hermana que vive en Ecuador, para solicitar visa de residencia y trabajo? o no está permitido por ser familiar directo?
Gracias
Judith Tabares Iglesias
21 abril, 2023 at 8:23 amHola: Perfectamente puedes hacer la oferta, si tienes los ingresos necesarios(unos 40 mil anual) y hay que ver los demás requisitos, llámanos y pide cita en el 915482289, saludos
yeiner leonel
19 junio, 2023 at 11:20 pmHola Judith muchas gracias por la info.tengo una pregunta}
Estoy en bcn con visa de turismo y llevo 1mes y viajare dentro de poco a Peru .
desde cuando empieza a contar los dias para que el consulado de una respuesta porque hay una regla de los 90 – 180 dias .. Muchas Gracias.
Judith Tabares Iglesias
21 junio, 2023 at 10:12 amHola: Llámame al 807505577 porque no sé exactamente qué necesitas saber, saludos
Adriana Martinez
30 junio, 2023 at 7:26 amHola. Soy marroquí y tengo un precontrato en España. ¿Podría entrar en España solamente con el precontrato o se necesita un contrato? Gracias.
Judith Tabares Iglesias
30 junio, 2023 at 10:38 amHola: El trámite y el proceso se debe hacer antes que entres, una vez ya concedido la residencia, es que buscas el visado en tu consulado, que nos llame el empleador al 807505577 y le explico, saludos
Mel
5 julio, 2023 at 2:54 pmHola Judith, soy chilena y trabajo en una empresa que se está preparando para operar en españa (como empresa nueva, ya está creada allá pero aún no comienza a funcionar). Actualmente NO cuento con titulo profesional ni con los 3 años de experiencia que se piden para ser personal altamente cualificado, pero mi empresa quiere llevarme para ejercer un cargo de importancia ya que soy persona de confianza y hemos trabajado juntos en la formacion de este proyecto. Mi pregunta es, ¿Al ser chileno existe algún beneficio para poder tener la visa y trabajar legalmente allá? o es neceario contar con el título profesional para que me puedan contratar? ¿Que opciones hay para poder ir legalmente?
Judith Tabares Iglesias
7 julio, 2023 at 11:35 amHola: Como chilena, hay un convenio que te favorece, pero hay que solicitar un autorización de trabajo por cuenta ajena, por tanto, que nos llamen y pidan cita en el 915482289, demora alh¡gunos meses la solicitud, saludos
stiven vargas
23 julio, 2023 at 10:57 amHola , Judith mi consulta es la siguiente tengo permiso de trabajo por cuenta ajena, ya llevo 5 meses en españa mi consulta es podría cambiar de empleador ? y en que supuestos
Judith Tabares Iglesias
24 julio, 2023 at 9:07 amHola: Todo depende, porque recuerda que has firmado un contrato por un año, por tanto, llama al 807505577 y vemos el tema, saludos
Ángel Vicente
27 julio, 2023 at 8:08 pmHola Yo soy boliviano, soy autónomo en construcción, puedo traer a mi hermano de Bolivia con contrato de trabajo? Yo tengo la nacionalidad española. Gracias
Judith Tabares Iglesias
15 agosto, 2023 at 9:51 amHola: NO le das preferencia tu hermano para venir a España como contrato porque eres un familiar colateral, por tanto, hay que publicar la oferta de empleo en el SEPE pero debo explicarte como se hace, llama y pide cita en el 915482289, saludos
Dagner Nogales Illanes
11 agosto, 2023 at 3:29 amBuen día, soy de Bolivia y tengo a mi madre en España y tiene la nacionalidad, que posibilidades tengo de poder ir con una visa de trabajo
Judith Tabares Iglesias
14 agosto, 2023 at 11:16 amHola: Puedes venir con un contrato legal que cumpla los requisitos, pero para eso es mejor darle los requisitos a tu madre, que nos llama y pida cita en el 915482289 saludos
Julia medina
6 septiembre, 2023 at 7:48 pmHola doctora actualmente tengo una oferta de trabajo en un restaurante en españa como limpiadora soy de republica dominicana .mi mama tiene la nacionalidad española desde hace 10 años cree usted que me aprobaran la autorizacion de trabajo por cuenta ajena en extranjeria gracias por su orientacion.
Judith Tabares Iglesias
8 septiembre, 2023 at 10:41 amHola: Es un proceso que hay solicitarlo perfectamente, lleva muchos requisitos, como tienes preferencia por tu madre no creo haya problema, pero la empresa debe estar al día en sus obligaciones tributarias, así que nos llame tu madre al 915482289 y le damos requisitos y consultamos, saludos
Lucía Orozco
13 enero, 2024 at 7:38 amBuenos días tengo una consulta tengo dudas en relación a las ofertas de trabajo nos ofrecen 2 contratos de trabajo en españa somos de Ecuador y somos un matrimonio hasta ahí todo correcto pero tenemos 2 hijos menores de edad que pasa con ellos?? podemos solicitar arraigo o cuál sería el proceso para que la familia venga al completo, también tenemos familia en primer grado de consanguinidad en España que actualmente está nacionalizada me pueden dar alguna idea???
Judith Tabares Iglesias
14 enero, 2024 at 4:27 pmHola: Si están en España y se van a legalizar via arraigo, tienen que esperar a renovar el NIE para poder reagruparlos, aunque debo ver edad porque hay otras opciones, llama al 915482289 y pide cita para consultar bien o llama al 807505577 y te consultamos , saludos
Jorge Luis Becerra
1 febrero, 2024 at 9:05 pmHola, mi hija está por abrir su negocio, ella cuenta en Valencia, quiere yo trabaje con ella en verano 2024, qué opciones tengo?
Judith Tabares Iglesias
7 febrero, 2024 at 9:19 amHola: Eres un familiar directo por tanto, hay que ver los requisitos y condiciones de estancia, llama al teléfono de consultas 807505577 o ya al 915482289 y vemos el tema, saludos
Alejandro Nolte
1 abril, 2024 at 3:30 amHola, soy peruano y tengo una oferta de trabajo. El empleado esta haciendo los tramites de residencia y trabajo, mi consulta va. una vez que este sea aprobado puedo viajar con mi esposa e hijos?, que requisitos necesitan ellos para poder viajar conmigo.
Judith Tabares Iglesias
2 abril, 2024 at 11:20 amHola: La autorización de residencia y trabajo es para ti, no es ampliada a tu familia, ya para ellos, cuando vengas, debes llamarnos al 915482289 y te explicamos, saludos