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Derechos del pasajero ante una cancelación, pérdida equipaje, retraso vuelo y demás incidencias aeropuerto.

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Derechos del pasajero ante una cancelación, pérdida equipaje, retraso vuelo y demás incidencias aeropuerto.

Derechos del pasajero, reclamación.
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Si tiene algún tipo de problema como pasajero durante su viaje como puede ser cancelación de vuelo, retraso, pérdida de equipaje, robo o cualquier otro tipo de incidencia en el aeropuerto, nuestro despacho de abogados le podrá ayudar a tramitar su reclamación y avalar sus derechos como pasajero para que sea compensado por los daños y perjuicios ocasionados.

Normativa comunitaria para exigir sus derechos:

La legislación de la Unión Europea garantiza los derechos básicos de todos los pasajeros aéreos.

Estas normas se aplican a los pasajeros que salen de aeropuertos situados en el territorio de un Estado miembro y a todos aquellos que llegan a dichos aeropuertos desde un tercer país cuando el vuelo es operado por una compañía de la UE.

La legislación europea también estipula quién es responsable en caso de gran retraso, muerte, lesiones o equipaje extraviado, para asegurar que siempre obtendrás aquello a lo que tengas derecho.

  1. El Reglamento 261/2004 regula los derechos de los pasajeros para los casos de denegación de embarque, cancelación gran retraso y cambio de clase.

El Reglamento 261/2004 solo es aplicable a la compañía aérea que opera el vuelo o es la encarga de efectuar el vuelo.

El Reglamento no se aplicará si viaja gratuitamente o con un billete de precio reducido que no esté directa o indirectamente a disposición del público.

En el caso de incidencias NO relacionadas con denegación de embarque por sobreventa, cancelación y/o retraso del vuelo, o cambio de clase, se puede encontrar información de utilidad en

Incidencias no relacionadas con cancelaciones y retrasos.

Denegación de embarque:

Es la negativa a transportar al pasajero en un vuelo, pese a haberse presentado al embarque cumpliendo los requisitos establecidos en las Condiciones de Transporte, salvo que haya motivos razonables para dicha denegación, tales como razones de salud, seguridad , la presentación de documentos de viaje inadecuados. Un ejemplo de denegación de embarque es el overbooking.

En un caso de una denegación de embarque, por ejemplo por overbooking, la compañía deberá preguntar por voluntarios y acordar con ellos las contraprestaciones, pero si finalmente no hay voluntarios suficientes y se deniega el embarque contra la voluntad del pasajero los derechos que asisten son:

-Derecho a la información, que consiste en la entrega por parte de la compañía aérea de un impreso con las condiciones de asistencia y compensación.

-Derecho a asistencia. La compañía aérea debe proporcionar la asistencia necesaria: comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, a una o más noches de alojamiento así como al transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.

Derecho al reembolso o a transporte alternativo, donde el pasajero podrá elegir una de las siguientes 3 opciones que debe ofrecer la compañía:

1.-El reembolso del billete dentro de los siete días siguientes.

2.- El transporte hasta destino final lo más rápidamente posible y en condiciones de transporte comparables, o

3.-El transporte hasta destino final en una fecha posterior que convenga al pasajero, en función de los asientos disponibles. Derecho a ser compensado, entre 250€ y 600 €, dependiendo de la distancia del vuelo, aunque estas cantidades se pueden reducir en un 50% si la compañía aérea le ofrece transporte alternativo y cumple el retraso en la llegada a destino.

Cancelación de un vuelo:

Es la no realización del vuelo programado para el cual habíamos comprado un billete.

Los derechos en caso de una cancelación son los siguientes:

-Derechos a información, a asistencia y al reembolso o a transporte alternativo en los mismos términos que la denegación de embarque.

-Derecho a ser compensado, en términos similares a la denegación de embarque a no ser que se le haya informado de la cancelación con 14 días antes del vuelo programado o si la compañía aérea puede probar que la cancelación fue causada por circunstancias extraordinarias, como casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo y huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo.

Grandes retrasos en salidas:

Es el retraso del vuelo en el aeropuerto de origen en relación a la hora inicialmente programada en su reserva. Los derechos que se pueden invocar en caso de retraso en salidas son:

-Derecho a información, en los mismos términos que los dos casos anteriores.

-Derecho a la asistencia, derecho que está condicionado a los siguientes límites temporales en función de la distancia del vuelo.

Derecho a asistencia en caso de retraso del vuelo:

-dos horas o más para vuelos de 1.500 km o menos;

-tres horas o más para vuelos más largos dentro de la Unión Europea o para otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 km;

-cuatro horas o más para vuelos de más de 3.500 km fuera de la Unión Europea.

-Derecho al reembolso, cuando el retraso sea de cinco horas o más, y el pasajero decida no viajar, tendrá derecho al reembolso en siete días del coste íntegro del billete al precio al que se compró, correspondiente a la parte del viaje no efectuada y a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser. Cuando proceda, además, un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo más rápidamente posible.

El reembolso podrá efectuarse en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios.

Retrasos en llegadas:

Cuando se llegue al destino final tres o más horas después de la hora de llegada inicialmente prevista por la compañía aérea, el pasajero puede tener derecho a una compensación idéntica a la que le correspondería en caso de cancelación de un vuelo, salvo que la línea aérea puede demostrar que el retraso ha sido provocado por una circunstancia extraordinaria.

Las compensaciones económicas previstas se establecerán en función de la distancia al destino, siempre que el retraso sea al menos de tres horas o más.

Cambios de clase:

Cuando la compañía aérea acomoda al pasajero en una clase inferior por aquella por la que pagó, esta está obligada a reembolsar un porcentaje del precio del billete adquirido por el pasajero.

– Excepto vuelos entre el territorio europeo y los territorios franceses de ultramar que se les reembolsará el 75% del importe del billete.

Pérdida de equipaje:

En caso de incidencia con tu equipaje podrás reclamar hasta 1.400€ por pasajero.

Plazo para reclamar: 21 días desde el momento de entrega del equipaje en caso de retraso, 7 días si te han robado tu equipaje o te faltan pertenencias.

Si transcurridos 21 días desde que hiciste el parte de irregularidades a la compañía aérea y no ha sido devuelto tu equipaje, estamos ante una pérdida absoluta de equipaje, y tendrás derecho a 1131

Derechos Especiales de Giro, que dependerá del tipo de cambio pero está en una media de 1.400 euros.

Para iniciar el proceso de reclamación deberás tener el parte de irregularidades (o PIR), el talón de equipajes (es el cartón pequeño que lleva la tarjeta de embarque), la tarjeta de embarque y la lista de las pertenencias que deberás de valorar.

Antes de salir del aeropuerto, debes rellenar el PARTE DE IRREGULARIDAD de la compañía.

Retraso de Equipaje:

Si le demoran la entrega de su equipaje (menos de 21 días desde que realiza el parte de irregularidad) tendrás derecho a reclamar.

En estos casos el viajero tendrá que tener presente que existen plazos, que de no cumplirlos se perderá el derecho de reclamar. Por lo que en el momento que te entreguen el equipaje tendrás únicamente 21 días para realizar una reclamación fehaciente a la compañía aérea (reclamación por escrito a la compañía con sello de recibido de la compañía).

En estos casos, tienes derecho a reclamar todas aquellos gastos (compras de primera necesidad que hiciste mientras estuviste de viaje y no te entregaron el equipaje) mientras que estén acreditados mediante factura (con un límite máximo de 1.350 euros por pasajero).

Deterioro/Robo del Equipaje:

Para los casos de robo, deterioro, equipaje roto o dañado es importante que tengas presente los plazos legales que se establecen para reclamar estas incidencias. Si te entregan el equipaje en mal estado/o faltan objetos, solo tendrás 7 días para realizar una reclamación escrita a la compañía aérea (es recomendable que la reclamación sea entregada a la compañía aérea y te la sellen por que la reclamación debe de ser fehaciente).

Si es un robo además de la reclamación a la compañía aérea, siempre es recomendable realizar una denuncia a la policía nacional.

TELÉFONO CITA DESPACHO:91-5482289

“Actuando juntos, alcanzaremos tu verdad…”

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